Condenada a 20 a?os de c¨¢rcel la auxiliar que mat¨® a una anciana
La mujer ha sido condenada por un delito de asesinato en relaci¨®n con la muerte en agosto de 2017 de una paciente ingresada en el Hospital Pr¨ªncipe de Asturias
La Secci¨®n 3? de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a la auxiliar de enfermer¨ªa del hospital Pr¨ªncipe de Asturias de Alcal¨¢ de Henares (Madrid) Beatriz L¨®pez Doncel, de 39 a?os, a 20 a?os de c¨¢rcel por un delito de asesinato en relaci¨®n con la muerte en agosto de 2017 de la paciente Consuelo Doblado Fern¨¢ndez, de 86 a?os. El magistrado ha desestimado la prisi¨®n permanente revisable que solicitaba la acusaci¨®n popular, ejercida por la Asociaci¨®n el Defensor del Paciente (Adepa), al entender que no se puede utilizar dos veces la circunstancia agravante de alevos¨ªa.
La sentencia recoge de este modo el veredicto del jurado emitido el mi¨¦rcoles 26 de junio, por el que se consideraba culpable a la auxiliar de enfermer¨ªa de un delito de asesinato y se la exculpaba de otro ocurrido en julio de 2015 con una paciente de 92 a?os y de una tentativa de un tercero en diciembre de 2013, con una enferma de 79 a?os. Los integrantes del jurado consideran que no hab¨ªa pruebas suficientes para condenarla "ni aisladamente ni en conjunto". El magistrado ponente de la sentencia y presidente de la Secci¨®n 3?, Eduardo V¨ªctor Berm¨²dez Ochoa, as¨ª lo recoge en su fallo.
El fallo judicial tambi¨¦n impone a la ya condenada la medida de libertad vigilada consistente en la prohibici¨®n de desempe?ar actividades como auxiliar de cl¨ªnica en cualquier Hospital o Centro m¨¦dico durante un per¨ªodo de 10 a?os, con lo que se recoge la petici¨®n de todas las partes acusadoras, incluido el ministerio fiscal. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de 10 d¨ªas.
La defensa, por su parte, pidi¨® que se le impusiera la pena menor recogida en el art¨ªculo 140 del C¨®digo Penal (que recoge condenas de entre 15 y 25 a?os), dado que las pruebas eran muy endebles. La acusada mantuvo en todo momento que ella era inocente y que no era "el ¨¢ngel de la muerte", como fue bautizada por algunos medios. "Yo estoy aqu¨ª para dar la vida y no para quitarla", lleg¨® a decir durante el juicio, con l¨¢grimas en los ojos.
El juez mantiene en la sentencia que hubo un claro inter¨¦s en matar a Consuelo Doblado. "El ¨¢nimo con el que actu¨® la acusada se infiere no solo y con toda evidencia del resultado materialmente producido, sino tambi¨¦n de la mec¨¢nica empleada mediante la introducci¨®n de gas en el organismo a trav¨¦s del sistema venoso. Se trata de un supuesto n¨ªtido de dolo directo, que adem¨¢s excluye a todas luces la hip¨®tesis de una entrada accidental". Esta hip¨®tesis de que el aire entr¨® de manera incidental o incluso tras la muerte fue negada por los forenses durante la vista oral del juicio. En caso de haberlo producido el propio cuerpo, la presencia estar¨ªa en todo el organismo y no solo en la zona venosa, seg¨²n los forenses.
El juez tambi¨¦n descarta que fuera una enfermera la que introdujo el aire en el cuerpo de la paciente. Las grabaciones de las c¨¢maras de vigilancia instaladas en el pasillo de la unidad de Medicina Interna con autorizaci¨®n del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 4 de Alcal¨¢ de Henares permiten comprobar que la sanitaria tan solo estuvo 16 segundos sola en la habitaci¨®n, cuando Beatriz L¨®pez Doncel permaneci¨® 97 segundos, tiempo m¨¢s que suficiente para introducir de manera masiva el gas en el organismo de la paciente.
La sentencia llega sin que se sepan los motivos acerca de por qu¨¦ lo hizo ni siquiera queda claro el m¨¦todo utilizado para introducir de manera masiva ese gas en el cuerpo: "El mecanismo concretamente utilizado por la acusada para la introducci¨®n del gas no se puede determinar con total seguridad, aunque probablemente se vali¨® del conducto de ox¨ªgeno existente en la cama de la paciente adapt¨¢ndolo a la v¨ªa intravenosa que ten¨ªa instalada, m¨¦todo que parece el m¨¢s probable tanto por la mayor rapidez como por la estabilidad que permite en su inoculaci¨®n".
El fallo tambi¨¦n condena a L¨®pez Doncel a indemnizar a un hermano de la fallecida con 3.000 euros y al otro, Carlos, con 40.000. La diferencia estriba en que el primero no ten¨ªa casi trato con su familiar, mientras que el segundo se encarg¨® de buscarle una residencia cuando no pod¨ªa valerse por s¨ª misma e iba hasta tres veces al d¨ªa a verla al hospital.
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