El TSJC denuncia a Ortega por ejercer un cargo del Govern, a pesar de estar inhabilitada por el 9N
El tribunal da por cumplida la pena de Irene Rigau
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha denunciado ante el juzgado a la exvicepresidenta de la Generalitat Joana Ortega por haber sido contratada como asesora del Departamento de Empresa mientras estaba inhabilitada por organizar la consulta del 9N. El tribunal considera "incompatible" el contrato como personal eventual en la Generalitat con la pena de inhabilitaci¨®n que se le hab¨ªa impuesto.
En un auto, la sala civil y penal del TSJC acuerda remitir el caso a los juzgados de Barcelona, para que investiguen a Ortega por un delito de quebrantamiento de condena al ejercer de asesora de la conselleria de Empresa desde el 17 de mayo, pese a que su inhabilitaci¨®n expiraba el 19 de octubre pasado.
El pasado mes de febrero, el TSJC dict¨® un auto ordenando que se ejecutara, al ser firme, la sentencia que le conden¨® a un a?o y un mes de inhabilitaci¨®n al expresidente catal¨¢n Artur Mas por organizar la consulta del 9-N. Tambi¨¦n fueron condenadas la exvicepresidenta Joana Ortega a nueve meses de inhabilitaci¨®n y a la exconsejera Irene Rigau, a seis meses. Esto supon¨ªa que las penas se cumpl¨ªan en febrero de 2020 en el caso de Mas, el 19 de julio de 2019 en el de Rigau y el pasado 19 de octubre para Ortega.
Antes de dar por cumplidas las penas de las exconsejeras, el tribunal ha comprobado que no hayan recibido retribuciones p¨²blicas durante el periodo de inhabilitaci¨®n. Rigau lo ha cumplido, pero Ortega no. El TSJC constata que esta ¨²ltima fue contratada como asesora del Departamento de Empresa de mayo a octubre de 2019, cargo con el que ingres¨® 32.110 euros brutos. Adem¨¢s, mantuvo contrato con la Corporaci¨®n Catalana de Medios Audiovisuales (CCMA) entre el 3 de septiembre de 2018 y el 31 de julio de 2019, que le report¨® 875 euros.
El fiscal sospecha que estas actividades pueden constituir "un delito de quebrantamiento de condena", mientras Ortega defendi¨® ante el juez que estas acciones "no estaban comprendidas entre las prohibidas en la pena". El TSJC, en cambio, argumenta Ortega no pod¨ªa ostentar "un cargo p¨²blica durante el tiempo que dure la condena". El tribunal no ve problema con el contrato de la CCMA porque Ortega ejerc¨ªa de tertuliana, pero s¨ª sobre el del Departamento de Empresa. "Se trata de una actividad que, ciertamente, no es cargo p¨²blico electivo ni supone ejercicio personal directo de gobierno, pero presenta todas las trazas requeridas para ser tenida como actividad o cargo an¨¢logo al desempe?o de funciones de gobierno auton¨®mico, impedidas por la pena de inhabilitaci¨®n impuesta", argumenta el TSJC en su auto.
Desde el pasado octubre, Joana Ortega ejerce de secretaria general de la Asociaci¨®n Catalana de Municipios.
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