La Junta Electoral rechaza la petici¨®n de inhabilitar ya a Quim Torra
El organismo adopta la decisi¨®n con el voto en contra de uno de sus vocales
La Junta Electoral de Barcelona ha descartado la inhabilitaci¨®n inmediata del presidente de la Generalitat, Quim Torra, tal como hab¨ªan solicitado el PP, Ciudadanos y Vox. El organismo de control electoral ha rechazado este martes la petici¨®n de retirar a Torra su condici¨®n de diputado y, por tanto, de presidente del Gobierno catal¨¢n antes de que haya sentencia firme. La resoluci¨®n, que puede recurrirse, cuenta con el voto particular de uno de sus vocales.
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) conden¨® por desobediencia a Torra a un a?o y medio de inhabilitaci¨®n para ejercer cargos p¨²blicos. La pena no se ejecuta hasta que la sentencia sea firme y Torra ya ha anunciado su intenci¨®n de recurrir al Tribunal Supremo. La ley electoral, sin embargo, considera ¡°inelegibles¡± a los condenados por ciertos delitos ¡ªincluida la desobediencia¡ª incluso cuando la sentencia no es definitiva. Con esa premisa, los partidos solicitaron su inhabilitaci¨®n expr¨¦s.
Tras un intenso debate jur¨ªdico, la Junta Electoral de Barcelona concluye que ¡°no hay precedentes¡± de un caso an¨¢logo. El informe cita los casos de cuatro pol¨ªticos que fueron apartados por la v¨ªa de la ley electoral, pero se trata de alcaldes condenados por corrupci¨®n a penas de c¨¢rcel. En el caso de Torra, cometi¨® un delito ¡°de car¨¢cter menos grave¡±, al que va aparejada una pena de inhabilitaci¨®n y el pago de una multa.
El organismo se ci?e al principio de ¡°proporcionalidad¡± ante una norma que ¡°restringe los derechos de representaci¨®n pol¨ªtica¡± a quienes, como Torra, gozan a¨²n ¡°del principio de presunci¨®n de inocencia¡±. El informe recuerda que Torra es diputado pero, adem¨¢s, ¡°presidente del Gobierno de una comunidad aut¨®noma¡± y se?ala que se debe ser ¡°especialmente respetuoso y favorable¡± a los derechos pol¨ªticos, incluido el de ser escogido como representante de los ciudadanos.
La Junta Electoral admite que ha tenido que ¡°armonizar la aplicaci¨®n de dos leyes de igual rango¡±: por un lado, la ley electoral ¡ªque abre la puerta a la petici¨®n de PP, Ciudadanos y Vox¡ª y, por otro lado, el Estatut, que establece con claridad las causas para destituir a un presidente; entre ellas, la existencia de una ¡°pena de inhabilitaci¨®n por sentencia judicial firme¡±, recuerdan.
Pablo Nuevo, vocal de la junta y doctor en Derecho por la Universidad San Pablo CEU, ha emitido un voto particular. Considera que s¨ª existen precedentes y que la junta no debe ¡°entrar a ponderar¡± las diferencias con otros casos porque eso conduce a la ¡°pura inaplicaci¨®n¡± de la ley electoral.
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