Los juristas, esc¨¦pticos ante las penas de c¨¢rcel para la pirater¨ªa
Los expertos apoyan el endurecimiento de sanciones pero desconf¨ªan de su aplicaci¨®n
El Consejo de Ministros aprobar¨¢ hoy previsiblemente una reforma del C¨®digo Penal que incluye toda una bater¨ªa de medidas destinadas a frenar la sangr¨ªa econ¨®mica que la pirater¨ªa genera a?o tras a?o en el seno de la industria cultural. El nuevo texto, que no entrar¨¢ en vigor hasta, como pronto, la pr¨®xima primavera, incluir¨¢ penas de hasta seis a?os de c¨¢rcel para quienes atenten contra los derechos de autor. Las penas actuales por delitos contra la propiedad intelectual se agravan; y adem¨¢s, por primera vez, se perseguir¨¢ tambi¨¦n a los due?os o administradores de las llamadas webs de enlaces.
La medida ha causado gran revuelo entre la comunidad de creadores (que observan con cierto escepticismo la en¨¦sima pirueta de la administraci¨®n para proteger sus contenidos) y algunas dudas entre los juristas. ?Se llegar¨¢n a aplicar esas condenas de c¨¢rcel? ?Cu¨¢les son exactamente los l¨ªmites del delito? ?Son excesivas las penas? ?Servir¨¢ de algo la reforma anunciada?
En Internet circulaban ayer varias comparativas entre delitos que normalmente llevan aparejadas condenas de prisi¨®n (robos, agresiones, delitos sexuales) y las que conllevar¨¢ ser el administrador de una web de enlaces. Entre muchas otras cosas, esas comparaciones ¡ªque obvian otros elementos que intervienen en la valoraci¨®n de las penas¡ª denotan tambi¨¦n la extra?eza que genera todav¨ªa en la poblaci¨®n espa?ola asociar delitos penales al uso ilegal de derechos de autor protegidos. Los juristas consultados coinciden en que era esperable un C¨®digo Penal de este tipo. Pero genera dudas su efectividad. Adem¨¢s, resaltan la tendencia de los jueces a rechazar penas de c¨¢rcel para delitos socioecon¨®micos. Costar¨¢ aplicarlo. La parte positiva, coinciden, radica en la aceleraci¨®n del proceso de cierre de las webs que incumplan la norma.
¡°Est¨¢ claro que la propiedad intelectual hay que protegerla porque no est¨¢ tutelada suficientemente. La criminalizaci¨®n deber¨ªa ser el ¨²ltimo recurso, pero la ley tiene que ser disuasoria. Adem¨¢s, la regulaci¨®n de los enlaces es complicada y su aplicaci¨®n pr¨¢ctica puede dar lugar a muchos problemas. Puede perjudicar negocios o limitar el desarrollo de la sociedad de la informaci¨®n. Habr¨ªa que buscar otros m¨¦todos como el follow the money¡±, explica Carolina Pina, abogada experta en propiedad intelectual del despacho Garrigues, en referencia a la posibilidad de atacar la financiaci¨®n de dichos negocios considerados delictivos.
Nuevas penas
Reproducci¨®n, plagio, distribuci¨®n o comunicaci¨®n p¨²blica de una obra o prestaci¨®n literaria, art¨ªstica o cient¨ªfica sin la autorizaci¨®n de sus autores: prisi¨®n de seis meses a cuatro a?os y multa. En casos agravados: prisi¨®n de dos a seis a?os, multa e inhabilitaci¨®n.
La misma pena ¡ªde seis meses a cuatro a?os o, en casos agravados, de dos a seis a?os de prisi¨®n¡ª para quien "facilite el acceso o la localizaci¨®n de obras ofrecidas il¨ªcitamente en Internet" con ¨¢nimo de lucro (webs de enlaces), siempre que se den ciertas circunstancias. El juez podr¨¢ ordenar adem¨¢s la retirada de contenidos, la interrupci¨®n y excepcionalmente el bloqueo de la web.
Comercializaci¨®n ambulante u ocasional (top manta): prisi¨®n de seis meses a dos a?os. No obstante, "atendidas las caracter¨ªsticas del culpable y la reducida cuant¨ªa del beneficio econ¨®mico", el juez podr¨¢ sustituir la prisi¨®n por multa o trabajos en beneficio de la comunidad.
El problema es la precisi¨®n con la que la ley describe ese tipo de webs. Deben tenerse en cuenta el da?o que hacen, su volumen y la audiencia. ¡°Peca de inconcreci¨®n. Requerir¨¢ una ardua tarea por parte de la jurisprudencia. Para constituir delito se va a requerir que la vulneraci¨®n del derecho de la propiedad intelectual sea de forma significativa. ?D¨®nde se va a situar el nivel de audiencia? ?Qu¨¦ volumen ser¨¢ el requerido para que sea delito? Eso habr¨¢ que pulirlo. Se ha mejorado la t¨¦cnica legislativa, pero tiene lagunas. Deja muchas preguntas en el aire. Estoy completamente a favor de proteger los derechos de autor, pero debe estar acompa?ado de m¨¢s seguridad jur¨ªdica¡±, se?ala David Vel¨¢zquez, socio de derecho penal del despacho Cuatrecasas. Para este especialista, adem¨¢s, la reforma solo tendr¨¢ eficacia si se aplican las medidas que propone. ¡°Est¨¢ demostrado que saber que al final del camino hay una sanci¨®n, previene¡±.
Este endurecimiento, seg¨²n la abogada especialista en propiedad intelectual Paloma Llaneza, era de esperar. Y remarca la particularidad de que se hayan quedado fuera los buscadores, webs que tambi¨¦n se sirven de enlaces pero con objetivos distintos. ¡°Ante la incapacidad de la ley Sinde y el C¨®digo Penal anterior, han querido tipificar espec¨ªficamente las webs de enlaces y dejan fuera a los buscadores. Requieren que haya links y que est¨¦n ordenados y categorizados. Adem¨¢s, se sigue requiriendo ¨¢nimo de lucro para que haya il¨ªcito penal. La discusi¨®n despu¨¦s ser¨¢: ?¨¢nimo de lucro de qu¨¦ tipo? La ley Sinde hablaba de lucro indirecto o directo, es decir que si los contenidos que se ofrecen a trav¨¦s de link hacen que no se compre el producto original se considera ¨¢nimo de lucro indirecto. En este nuevo C¨®digo Penal sucede lo mismo: habla de beneficio directo o indirecto, y el concepto de lucro indirecto es muy peligroso porque no est¨¢ definido en la legislaci¨®n penal¡±.?Resulta excesivo imponer penas de hasta seis a?os de c¨¢rcel por este tipo de delitos? Ante esa cuesti¨®n la opini¨®n est¨¢ dividida. Jos¨¦ Luis D¨ªez Ripoll¨¦s, catedr¨¢tico de Derecho Penal de la Universidad de M¨¢laga, considera que el C¨®digo Penal utiliza la c¨¢rcel de manera excesiva en delitos como hurto agravado o robos, pero no en los delitos socioecon¨®micos. ¡°La diferencia de penas entre delitos de toda la vida y estos es muy llamativa. A las clases medias y altas de la sociedad no se las trata como a los grupos m¨¢s desfavorecidos. La prueba es que en este caso se imponen penas m¨ªnimas de c¨¢rcel de seis meses. No veo inconveniente en que se proteja a trav¨¦s del derecho penal¡±, dice.
Tampoco considera que sea ning¨²n problema convertir en delito la administraci¨®n de webs de enlaces a contenidos protegidos Jos¨¦ Mar¨ªa L¨®pez Coira, especialista en derecho mercantil y propiedad intelectual. ¡°Me parece estupendo avanzar de verdad, con penas efectivas. Con la propiedad intelectual todo se queda en agua de borrajas. Los jueces se mueven solo en la esfera de lo econ¨®mico. Me he sentido defraudado por muchas decisiones judiciales. Me parece bien que se endurezca la ley y que se desarrolle. Lo de la c¨¢rcel es la ¨²nica manera de ahuyentar. Indemnizar con parte de lo que te has llevado no tiene repercusi¨®n en el defraudador¡±, explica. Para L¨®pez Coira, Espa?a todav¨ªa est¨¢ muy lejos del mundo anglosaj¨®n, donde ¡°todo el mundo sabe que si comete estos delitos lo menos que le puede pasar es ir a la c¨¢rcel¡±.
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