Fuego cruzado entre las entidades de gesti¨®n y los usuarios por las tarifas
Los operadores piden regular las tasas sobre los derechos de propiedad intelectual
La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) est¨¢ dando los ¨²ltimos pasos de su tramitaci¨®n antes de su aprobaci¨®n este mi¨¦rcoles en el Senado. El pulso entre los usuarios de derechos de repertorios culturales y las entidades de gesti¨®n ha provocado una catarata de enmiendas. Las ocho entidades ¡ªlas administradoras de una parte de los derechos de propiedad intelectual¡ª se agrupan en torno a ADEPI, organizaron hace unas semanas un acto p¨²blico contra algunos puntos de la denominada Ley Lassalle ¡ªen referencia al secretario de Estado de Cultura, Jos¨¦ Mar¨ªa Lassalle¡ª por algunos aspectos que afectan al sector, como el IVA cultural. En estos puntos recibi¨® el apoyo un¨¢nime de toda la industria, pero ese respaldo se resquebraja en otras reivindicaciones, como con el canon digital.
Las actuaciones de las entidades de gesti¨®n, que recaudaron el a?o pasado 359 millones, han provocado enmiendas a la LPI por una parte importante de la industria creativa, educativa y cultural, tanto como titulares de derechos como usuarios de los repertorios que administran las entidades.
Las entidades de gesti¨®n son de autores, editores musicales y de texto (SGAE , CEDRO, VEGAP, y DAMA), de derechos conexos al de autor, que agrupa a artistas, dobladores, int¨¦rpretes y ejecutantes (AIE, AISGE), y de productores discogr¨¢ficos y audiovisuales (AGEDI, EGEDA). La mayor parte de sus ingresos proceden de las tarifas generales que cobran por sus repertorios y que pagan promotores de conciertos, radios y televisiones p¨²blicas y privadas, universidades, teatros, hoteles, museos, editores, bares, cines o las empresas de venta y de distribuci¨®n digital, entre otros.
Estas sociedades act¨²an casi en r¨¦gimen de monopolio en el mercado, seg¨²n explican fuentes de la industria. La propia Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido un informe en el que reconoc¨ªa que era mejorable la competencia en el sector para evitar que las entidades de gesti¨®n "ejerzan su poder de mercado en el ¨¢mbito tarifario". Las entidades de gesti¨®n rechazan esta acusaci¨®n y argumentan que el n¨²mero de entidades es abierto.
Estas asociaciones fijan las tasas de forma unilateral sin control de los organismos p¨²blicos, se quejan los usuarios de derechos. Fuentes de las entidades de gesti¨®n niegan esta afirmaci¨®n y justifican que en caso de disputas se someten al control de la Comisi¨®n de Propiedad Intelectual (CPI) del Ministerio de Cultura.
Obtienen sus ingresos de las tarifas tanto por los derechos exclusivos o por la reproducci¨®n y la distribuci¨®n de soportes (m¨²sica, cine, DVD, discos) o por la reproducci¨®n instrumental y comunicaci¨®n p¨²blica de m¨²sica, v¨ªdeos musicales, pel¨ªculas, series de televisi¨®n, musica en comercios o estadios de f¨²tbol, redes sociales o plataformas webs.
La Asociaci¨®n Espa?ola de Radios Comerciales, integrada por unas 2.000 emisoras (entre ellas la cadena SER, Cope y Onda Cero), interpuso una demanda ante la CNMC por considerar las tarifas "abusivas" por los planes de las entidades de derechos conexos distintos de los de autor, AGEDI-AIE, que pretenden subir los precios m¨¢s del 100%.
Los usuarios de los repertorios reclaman que la ley regule el mecanismo para fijar las tarifas para que no se apruebe, como hasta ahora, de forma unilateral. Tambi¨¦n cuestionan el sistema porque las entidades de gesti¨®n perciben remuneraciones por duplicidad de pagos en un mismo acto de explotaci¨®n. Y recuerdan que existe gran disparidad de precios para iguales categor¨ªas de servicios o distribuciones. Los usuarios se quejan de que en algunas ocasiones tienen que abonar dos veces por un mismo derecho. E incluso tienen que desembolsar cantidades por usar derechos cuyos titulares no son identificados o no se puede acreditar su propiedad. Por eso, reclaman la devoluci¨®n de ese dinero as¨ª como la aplicaci¨®n del principio de reciprocidad para evitar pagos dobles, como pasa en Espa?a y Portugal, en relaci¨®n con derechos inexistentes en terceros pa¨ªses.
Estos usuarios reclaman que los repartos [es habitual que solo la mitad de lo que pagan por una obra musical vaya al autor y el otro 50% a un editor musical. Este reparto se mantiene hasta 70 a?os despu¨¦s de la muerte del autor] se determinen con criterios de equidad.
El Gobierno ha introducido cambios en la ley para que las tarifas sean aprobadas con un informe de Competencia y sean validadas por la Comisi¨®n Delegada para asuntos econ¨®micos del Ejecutivo. Las entidades de gesti¨®n se oponen y aducen que las tarifas deber¨ªan ser controladas por la CPI del Ministerio de Cultura.
Coalici¨®n Canaria (CC) ha presentado cambios para que se proh¨ªban los dobles pagos a las entidades de gesti¨®n. Tambi¨¦n ha planteado mejoras para evitar que se pague por derechos no reconocidos en pa¨ªses extracomunitarios que a¨²n as¨ª exigen las entidades de gesti¨®n. Adem¨¢s, reclama fijar las tarifas con criterios profesionales y concretos. As¨ª, el precio de las tasas se valorar¨¢ teniendo en cuenta aspectos como que la explotaci¨®n del servicio sea principal, secundaria o accesoria; las caracter¨ªsticas propias de cada tipo de derecho (sea exclusivo, de remuneraci¨®n, de autor o conexo, uso real y efectivo del repertorio) y la audiencia u ocupaci¨®n efectiva en lugar de la audiencia potencial del acto.
Otra de las preocupaciones es la pirater¨ªa de derechos audiovisuales. El Grupo del PSOE ha registrado una enmienda para perseguir cualquier "enlace o redireccionamiento que vulnere los derechos de las operadoras". Adem¨¢s, aboga por otro cambio para que se considere el bloqueo como una medida ordinaria y no subsidiaria e incluye la posibilidad de que los prestadores de alojamiento de Internet puedan bloquear el servicio infractor.
El canon digital
La Ley de Propiedad Intelectual (LPI), que actualmente se tramita en el Senado, pretende consolidar la compensaci¨®n por copia privada en los Presupuestos en contra del criterio de las entidades de gesti¨®n. Estas administradoras de una parte de los derechos culturales han interpuesto recursos contra la decisi¨®n del Gobierno de eliminar los derechos de copia, a pesar de que los consumidores estaban en contra del canon digital. Los usuarios de los derechos de repertorios y algunas operadoras respaldan la supresi¨®n del canon que les obligaba a pagar por algunos de sus dispositivos.
En diciembre de 2011, nada m¨¢s llegar el PP al poder decidi¨® eliminarlo. Al a?o siguiente estableci¨® una dotaci¨®n presupuestaria. Actualmente, la partida para compensar a estas entidades se ha reducido a cerca de cinco millones de euros.
El canon digital surgi¨® como una tasa para compensar a los autores, editores y distribuidores por el derecho a la copia privada. Se cre¨® en un momento en que en Espa?a era habitual bajarse m¨²sica de manera pirata y grabarlas en soportes electr¨®nicos o CDs. El primer canon digital se aprob¨® en 2003 para aplicarlo precisamente a DVDs y CDS v¨ªrgenes, gracia a un acuerdo entre la patronal Asimelec y las entidades de gesti¨®n. Estas llegaron a ingresar cerca de 300 millones por este canon.
En 2005, un juez dict¨® la primera sentencia contra estas tasas ya que consideraba que los soportes digitales no deb¨ªan soportar el canon si no se demuestra que est¨¢n destinados a la copia privada de material protegido. La Ley de Propiedad Intelectual de 2006 ampl¨ªa la lista de soportes sobre los que se puede aplicar el canon. Pero no es hasta junio de 2008 cuando se publican las nuevas tasas. Por ejemplo, las compa?¨ªas de m¨®viles ten¨ªan que pagar 1,1 euros por cada tel¨¦fono que vendiera, 3,15 euros por cada Mp3. O Canal+ deb¨ªa abonar 12 euros por cada dispositivo de iPlus.
El canon digital naci¨® con grandes enemigos. En 2008, la Asociaci¨®n de Internautas recurri¨® la tasa al considerarla inconstitucional. Mientras los recursos se acumulaban en los tribunales, en 2010 los m¨²sicos cobrar¨¢n m¨¢s por esta tasas que por la venta de discos.
En octubre de 2010, el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea consider¨® el canon como un abuso y sentencio que no cumple con la normativa europea. Sosten¨ªa que solo puede aplicarse a los particulares y no a las empresas
A finales de 2012, el Ejecutivo elimin¨® el canon por una figura que bautiz¨® como "compensaci¨®n equitativa por copia privada", una partida de los Presupuestos Generales del Estado, dotado con cinco millones. El Tribunal de la UE cuestiona el cambio de modelo. Los magistrados del tribunal expresan sus serias dudas de que este nuevo modelo y la supresi¨®n del anterior sean compatibles con la directiva de Bruselas.
El Gobierno tiene como aliados algunos editores y medios en su pulso contra la entidades de gesti¨®n por el canon digital, que en principio seguir¨¢ suspendido.
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