Un juzgado de Alicante da la raz¨®n a los toreros en sus demandas contra el SEPE
La sentencia reconoce de hecho la consideraci¨®n del colectivo como artistas en espect¨¢culos p¨²blicos
El Juzgado de lo Social n¨²mero 2 de Alicante ha revocado las resoluciones del Servicio Estatal de Empleo (SEPE) en esa provincia, por las que deneg¨® al banderillero Juan Carlos Pascual el derecho a la prestaci¨®n extraordinaria por desempleo a artistas en espect¨¢culos p¨²blicos establecida tras el estado de alarma, seg¨²n informa la Uni¨®n Nacional de Picadores y Banderilleros (UNPBE).
La sentencia del juzgado estima la demanda que present¨® en su d¨ªa el subalterno, deja sin efecto las dos negativas que el SEPE de Alicante dictamin¨® los pasados meses de mayo y septiembre, y declara el derecho del demandante a percibir dicha prestaci¨®n en los t¨¦rminos previstos en el Real Decreto del 5 de mayo de 2020.
Asimismo, el juzgado condena al organismo oficial ¡°a estar y pasar por dicha declaraci¨®n y al abono de la prestaci¨®n correspondiente¡±, aunque especifica que ante este fallo cabe a¨²n recurso de suplicaci¨®n en la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
La demanda del banderillero alicantino es una m¨¢s del casi centenar que los profesionales taurinos de los estamentos m¨¢s modestos interpusieron el pasado a?o ante varias delegaciones provinciales del SEPE, que no les inclu¨ªa en esas ayudas destinadas a los artistas afectados por la crisis de la covid.
Las asociaciones sindicales del sector, entre ellas la UNPBE, consideraron desde el primer momento esta resoluci¨®n como una ¡°grave discriminaci¨®n pol¨ªtica por parte del Ministerio de Trabajo¡±, ya que argumentan que los toreros est¨¢n reconocidos e incluidos en la categor¨ªa de ¡°artistas en espect¨¢culos p¨²blicos¡± desde el Real Decreto del 1 de agosto de 1985.
Adem¨¢s de interponer decenas de demandas, picadores, banderilleros y mozos de espadas se manifestaron durante tres jornadas del pasado mes de julio a las puertas del Ministerio de Trabajo para reivindicar su derecho a recibir dichas prestaciones.
Antonio Jos¨¦ Mart¨ªnez, abogado de la UNPBE, ha declarado que esta victoria ¡°reconoce a los toreros como artistas, e impide la discriminaci¨®n que por ideolog¨ªa ha pretendido hacer el Ministerio de Trabajo. Esperamos que sirva para contener nuevos ataques y que se respeten los derechos de los profesionales taurinos¡±.
El pasado 5 de mayo, el Real Decreto Ley 17/2020 de apoyo al sector cultural recog¨ªa unas prestaciones extraordinarias al desempleo dirigidas al colectivo de artistas en espect¨¢culos p¨²blicos, entre los que se encuentran los profesionales taurinos, incluidos en esta categor¨ªa por el Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto. Sin embargo, esta prestaci¨®n fue denegada desde entonces por distintas oficinas de empleo.
Ante la disparidad de criterios entre los ministerios de Cultura y Trabajo, Victorino Mart¨ªn, presidente de la Fundaci¨®n Toro de Lidia, destaca que se abrieron distintas v¨ªas para acabar con esta discriminaci¨®n: ¡°Hemos interpuesto querellas, recursos, mantenido reuniones en el Congreso con los distintos grupos parlamentarios para recabar apoyos y presentamos un escrito el 8 de junio ante el Defensor del Pueblo solicitando su intervenci¨®n¡±.
En este sentido, la FTL resalta que la resoluci¨®n del Defensor del Pueblo aval¨® la tesis de la inmotivada discriminaci¨®n hacia los profesionales taurinos por parte del Ministerio de Trabajo y Econom¨ªa Social, lo que reforz¨® los m¨²ltiples procedimientos administrativos y penales llevados a cabo en colaboraci¨®n con la UNPBE.
A pesar de que el pasado 3 de noviembre se cre¨® una prestaci¨®n espec¨ªfica para que los profesionales taurinos pudiesen tener acceso a ayudas extraordinarias a las que tienen derecho, la FTL y la Uni¨®n Nacional de Picadores y Banderilleros Espa?oles (UNPBE) consideran que los profesionales taurinos est¨¢n incluidos en la categor¨ªa de artistas y que, por tanto, tienen derecho a una prestaci¨®n extraordinaria desde que esta se aprobara en mayo de este a?o.
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