El Supremo rechaza el derecho al olvido del secretario judicial del proceso que conden¨® a muerte a Miguel Hern¨¢ndez
Los magistrados sostienen que la libertad de informaci¨®n, expresi¨®n e investigaci¨®n hist¨®rica prevalecen sobre la supresi¨®n total de informaciones sobre personas fallecidas
El Tribunal Supremo rechaza el derecho al olvido de Antonio Luis Baena Toc¨®n, el secretario judicial que intervino en la instrucci¨®n del proceso que conden¨® a muerte al poeta Miguel Hern¨¢ndez en 1940. La sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal desestima as¨ª el recurso presentado por el hijo del secretario judicial contra ...
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El Tribunal Supremo rechaza el derecho al olvido de Antonio Luis Baena Toc¨®n, el secretario judicial que intervino en la instrucci¨®n del proceso que conden¨® a muerte al poeta Miguel Hern¨¢ndez en 1940. La sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal desestima as¨ª el recurso presentado por el hijo del secretario judicial contra una sentencia de la Audiencia Nacional que validaba la negativa de Google y de la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos (AEPD) a eliminar 18 enlaces que vinculan al secretario judicial con el juzgado Especial de Prensa que sent¨® al poeta oriolano en el banquillo. Para los magistrados, el derecho a suprimir informaciones parcialmente inexactas sobre una persona fallecida, principal reclamaci¨®n del demandante, no prevalece sobre otros como ¡°el derecho a la libertad de informaci¨®n, expresi¨®n e investigaci¨®n hist¨®rica¡±. Lo contrario conducir¨ªa ¡°al absurdo de que las personas fallecidas¡± tendr¨ªan ¡°mayor protecci¨®n que las personas vivas¡±.
El secretario judicial en aquella ¨¦poca, adem¨¢s de hacer las providencias y diligencias que le ordenaba el juez, como en la actualidad, se encargaba de localizar y presentar pruebas contra los acusados. En este caso, art¨ªculos firmados por Miguel Hern¨¢ndez. Tambi¨¦n estaba presente en las declaraciones de testigos y acusados. Toda la informaci¨®n reunida, la inclu¨ªa el juez en un auto resumen, que se elevaba al Plenario del Consejo de Guerra.
El Supremo considera probado que Baena Toc¨®n intervino en el proceso contra Miguel Hern¨¢ndez, que es el meollo de todo el asunto. La sentencia de la Audiencia Nacional recurrida ya se?alaba, seg¨²n recuerdan los magistrados, que ¡°su intervenci¨®n como secretario judicial en el Juzgado Especial de Prensa que instruy¨® el sumario de Miguel Hern¨¢ndez, realizando diligencias de todo tipo, de instrucci¨®n e indagaci¨®n y dando fe de las actuaciones practicadas ha quedado acreditada¡±, mediante una prueba documental. Para la sala, la Audiencia acert¨® al indicar que esta informaci¨®n reviste ¡°un inter¨¦s p¨²blico incuestionable¡±, que forma parte de ¡°una investigaci¨®n hist¨®rica y cient¨ªfica, contenida en publicaciones de la Universidad¡± y que ¡°el transcurso del tiempo¡± no ha hecho decaer ¡°el inter¨¦s que suscita todo lo que rodea la muerte del famoso poeta¡±.
El hijo del secretario judicial apelaba a que en las informaciones que solicitaba retirar exist¨ªan otros datos que no se ajustaban a la realidad. Pero, a juicio tanto del fallo inicial como del dictamen del Supremo, estas inexactitudes ¡°se trataban de errores circunstanciales que no afectaban a la esencia de lo informado ni a la exactitud del conjunto de la informaci¨®n tratada¡±. Para los magistrados, en una ¡°informaci¨®n que afecta a una persona fallecida¡±, incorporada ¡°a una investigaci¨®n hist¨®rica y cient¨ªfica, la exigencia de exactitud se aminora¡±, siempre que no afecte al total de lo publicado. ¡°La ausencia de l¨ªmites¡±, contin¨²a el fallo del Supremo, ¡°permitir¨ªa suprimir la localizaci¨®n de datos de personas fallecidas con independencia del inter¨¦s p¨²blico del personaje y/o de la noticia publicada, generando una historia selectiva y sesgada a voluntad de los familiares o herederos del difunto¡±.
El recorrido judicial del heredero de Baena Toc¨®n empez¨® en junio de 2019, cuando solicit¨® a la Universidad de Alicante (UA) que el nombre de su padre fuera suprimido del repositorio de la entidad acad¨¦mica, en el que aparec¨ªa un art¨ªculo del catedr¨¢tico Juan Antonio R¨ªos llamado El caso Diego San Jos¨¦ y el Juez Humorista, donde se mencionaba la participaci¨®n del secretario judicial en la instrucci¨®n del proceso de Miguel Hern¨¢ndez. La UA accedi¨® en primera instancia a eliminar la referencia con nombre y apellidos, decisi¨®n que gener¨® una enorme pol¨¦mica en el ¨¢mbito de la investigaci¨®n hist¨®rica, que lo consideraba un ejercicio de censura. Un mes despu¨¦s, un informe encargado por el entonces rector, Manuel Palomares, destac¨® el inter¨¦s del texto de R¨ªos y rectific¨® su medida inicial. La AEPD aval¨® la decisi¨®n.
El hijo del secretario judicial llev¨® esta resoluci¨®n ante un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, que no apreci¨® sus argumentos. Paralelamente, el demandante solicit¨® la supresi¨®n del apellido de su padre tanto a Google como a la AEPD y, tras la negativa de ambas entidades, el caso lleg¨® hasta la Audiencia Nacional, cuyo fallo es el que ahora ha examinado el Supremo. Conocedor de esta segunda v¨ªa, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana se inhibi¨® en el recurso presentado por el hijo de Baena Toc¨®n en Alicante y dej¨® que ambos juicios, que se pod¨ªan considerar paralelos, pasaran bajo el escrutinio de los magistrados. Queda todav¨ªa pendiente una macrocausa contra 107 medios de comunicaci¨®n, periodistas, entidades y personas f¨ªsicas, entre ellas EL PA?S, en el que el hijo de Baena Toc¨®n pide un total de 11,5 millones de euros de indemnizaci¨®n por la intromisi¨®n ileg¨ªtima en el honor, as¨ª como en la intimidad personal y familiar de su padre. La vista previa tuvo lugar el pasado mes de febrero en la Audiencia provincial de C¨¢diz. No est¨¢ previsto que la causa llegue a juicio antes de octubre.