Se reabre la causa de la pitada al himno en la final de la Copa del Rey
La Audiencia Nacional entiende que pudo haber sido un delito por el "ambiente institucional" derivado de las aspiraciones independentistas del Gobierno catal¨¢n
La Audiencia Nacional ha ordenado al juez Fernando Andreu que reabra la investigaci¨®n por la pitada al himno en el Camp Nou durante la final del pasado a?o de la Copa del Rey entre el Bar?a y el Athletic Club de Bilbao, al entender que los hechos pueden ser delictivos atendiendo al "ambiente institucional" derivado de las aspiraciones independentistas del Gobierno catal¨¢n.
La secci¨®n tercera de lo Penal, a instancias de la Fiscal¨ªa, ha revocado as¨ª el archivo de esta causa al discrepar con Andreu de que se trate de un hecho similar al ocurrido en 2009, cuando se produjo la pitada al himno en el estadio de Mestalla en Valencia, y respecto del que la Fiscal¨ªa no vio entonces que fuera delito, lo que llev¨® al juez a interpretar que en la del a?o pasado tampoco lo hubo.
Sin embargo, la Sala -Alfonso Guevara, Antonio D¨ªaz Delgado y Ferm¨ªn Echarri- cree que este nuevo caso, que se abri¨® a ra¨ªz de una querella del sindicato Manos Limpias (cuyo l¨ªder Miguel Bernad ingres¨® el lunes en prisi¨®n), es distinto "considerando que el ambiente institucional respecto de la independencia de Catalu?a en el a?o 2009, es muy diferente del de 2015".
"Basta ver como hecho notorio, los acontecimientos y sobre todo las decisiones pol¨ªticas de los ¨®rganos de Gobierno de Catalu?a que se han adoptado en los ¨²ltimos dos a?os con el prop¨®sito de conseguir la independencia de Catalu?a respecto a Espa?a", observan los magistrados.
Entienden de este modo que si bien del "deseo de independencia de una parte de la comunidad de Catalu?a de Espa?a nada puede decirse; lo que no puede compartirse es la vejaci¨®n a los s¨ªmbolos de la naci¨®n espa?ola, como es su himno, y al jefe del Estado -el rey Felipe VI presidi¨® el encuentro- de una manera planificada" como sucedi¨® en la pitada de 2015.
Por ello, ordenan a Andreu a reabrir este caso e investigar la planificaci¨®n de la pitada "junto con la circunstancia de que a la entrada del evento deportivo repartieron silbatos entre los asistentes para magnificar el acto lesivo", lo que la Sala cree que probar¨ªa la "voluntad coordinada hacia el menosprecio a los s¨ªmbolos de Espa?a".
"La cuesti¨®n es si se planific¨® la pitada de tal manera, que el himno nacional espa?ol se hiciera de todo punto inaudible que es tanto como si no se hubiera ejecutado siendo a su vez una forma de menosprecio y vejaci¨®n a la figura del rey", destaca el auto.
Libertad de expresi¨®n
En cuanto a la libertad de expresi¨®n, la Sala hace suyos los argumentos de la Fiscal¨ªa en el sentido de que ese derecho no ampara el insulto o la difamaci¨®n, por lo que es esencial determinar "si los actos ejecutados con una desproporci¨®n no justificada para la defensa de las ideas propias, obedecieron a un plan determinado y predeterminado para ofender y despreciar al Jefe de Estado y al himno nacional".
Andreu archiv¨® en febrero la querella que interpuso por estos hechos Manos Limpias, al entender que no eran constitutivos de infracci¨®n penal, pese a que la Fiscal¨ªa de la Audiencia Nacional hab¨ªa considerado que la pitada pod¨ªa suponer un delito de injurias al Rey y a los s¨ªmbolos o emblemas de Espa?a.
Debido a la similitud entre ambos casos, en los que la convocatoria de la pitada parti¨® de Catalunya Acci¨®, Andreu sostuvo que son "¨ªntegramente aplicables los razonamientos entonces expuestos" por la Fiscal¨ªa, que esgrimi¨® que "la libertad de expresi¨®n es la piedra angular de los principios de la democracia".
Seg¨²n los argumentos que defendi¨® entonces la Fiscal¨ªa, es "de la m¨¢xima importancia no desmotivar a los miembros del p¨²blico, por miedo a sanciones penales" de expresar sus opiniones y que requieren "un plus de protecci¨®n de conformidad" con la funci¨®n que cumple la libertad de expresi¨®n.
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