Futbolistas inv¨¢lidos de 30 a?os
El Tribunal Supremo rechaza que la carrera de un futbolista acabe en la treintena y reconoce una pensi¨®n vitalicia a un profesional lesionado antes de esa edad
?Cu¨¢ndo acaba la carrera de un futbolista? ?Es de recibo pagar con las cotizaciones de la Seguridad Social una pensi¨®n vitalicia a un jugador que por su profesi¨®n tendr¨¢ una vida laboral corta? Hasta este momento la barrera de los 30 a?os era considerada un l¨ªmite por los tribunales de justicia y la Seguridad Social para delimitar si un futbolista ten¨ªa derecho a una pensi¨®n al lesionarse de gravedad antes de esa edad y no poder seguir desempe?ando su profesi¨®n. El Tribunal Supremo acaba de reconocer la invalidez a un futbolista, Amevou Ludovic, lesionado de gravedad con 25 a?os y que a los 30 solicit¨® al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo.
Seg¨²n se recoge en la sentencia, Ludovic jug¨® como profesional en el Ciudad de Murcia y el Granada 74 entre febrero de 2006 y junio de 2008. Dos meses y medio despu¨¦s de incorporarse al Granada 74, el futbolista sufri¨® una grave lesi¨®n en su rodilla cuando jugaba un partido con la selecci¨®n de Togo en el Mundial 2006 de Francia. Tras ser operado, estuvo de baja m¨¢s de un a?o. En la temporada 2010-11 perteneci¨® al Limonest franc¨¦s, donde no jug¨® ni un partido. El 16 de diciembre de 2010, el futbolista solicit¨® al INSS la incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo. Aleg¨® que la ¨²ltima empresa donde hab¨ªa trabajado fue el Granada 74.
El organismo rechaz¨® su propuesta al entender que no prestaba servicios para una empresa espa?ola. El juzgado de lo Social n¨²mero 14 de Barcelona, sin embargo, estim¨® en parte la demanda del futbolista y declar¨® la situaci¨®n de incapacidad permanente total para su profesi¨®n, derivada de accidente de trabajo. Conden¨® a la Seguridad Social a abonarle el 55% de su base reguladora de 34.772,40 euros anuales. Ludovic recibir¨¢ una pensi¨®n de algo m¨¢s de 19.000 euros anuales. A los 55 a?os, esta pensi¨®n ser¨¢ del 75% de su base reguladora hasta la fecha de su jubilaci¨®n.
Al estimar el recurso presentado por la Mutua de Accidentes de Trabajo, el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a revoc¨® la sentencia se?alando que en diciembre de 2010, fecha en la que el futbolista solicit¨® la incapacidad por sus problemas de rodilla, ya hab¨ªa cumplido los 30 a?os. Ahora, la Sala Social del Supremo deja sin valor esta sentencia del tribunal catal¨¢n. ¡°No existe norma alguna que impida a un futbolista el ejercicio de su profesi¨®n a la edad de 30 a?os. Es razonable que a esta edad puede ejercerse¡±, reconoce el Tribunal Supremo en su sentencia..
¡°Esta sentencia supone una unificaci¨®n importante de doctrina. Los tribunales no eran un¨¢nimes en cuanto a la edad como elemento definitivo para validar el final de la carrera de un futbolista. Ni los decretos leyes ni el Estatuto de los Trabajadores colocan una edad l¨ªmite para dejar de ser futbolista. La edad ya no ser¨¢ baremo para impedir la invalidez¡±, afirma Jos¨¦ Mar¨ªa Borreguera, director de estudios y proyectos jur¨ªdicos de la AFE, la Asociaci¨®n de Futbolistas Espa?oles. ¡°Es una sentencia de sentido com¨²n. Hay futbolistas reventados que aguantan con 32, 33, 34 o 35 a?os porque no se atreven a pedir una invalidez. Eso cambia a partir de ahora¡±, a?ade el representante de la AFE.
Desde esta sentencia, si un futbolista cumple con los requisitos para el reconocimiento de su incapacidad, no podr¨¢ utilizarse en su contra la presunci¨®n de la finalizaci¨®n de su carrera por motivos de la edad. En la pr¨¢ctica, y despu¨¦s de que la Seguridad Social denegara muchas pensiones desde el inicio de la crisis econ¨®mica en 2008, los juzgados no podr¨¢n exponer la edad como elemento incapacitante. Jugadores lesionados de gravedad con 27 o 28 a?os, que luego intentan jugar sin ¨¦xito, pueden solicitar la pensi¨®n de invalidez con 30, 32 o 33 a?os o m¨¢s. Y seg¨²n esta sentencia unificadora del Supremo la Seguridad Social les debe conceder la pensi¨®n por invalidez. Los futbolistas est¨¢n sujetos desde 1986 al r¨¦gimen general de la Seguridad Social y tienen los derechos de cualquier trabajador. La cuesti¨®n clave reside en saber en cu¨¢nto ha incidido una lesi¨®n grave para propiciar la retirada o el adi¨®s se debe al desgaste t¨ªpico de un futbolista. Lo que no servir¨¢ ya de pretexto ser¨¢ la edad del futbolista.
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