Libertad bajo fianza para el tercer exjugador de la Arandina acusado de abuso sexual
La Audiencia Provincial de Burgos decret¨® ayer martes libertad provisional para los otros dos acusados
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucci¨®n 1 de Aranda de Duero (Burgos) ha acordado de oficio la libertad provisional bajo fianza de 6.000 euros del tercer investigado por agresi¨®n sexual a una menor de 16 a?os, C.C. El juzgado ha tomado esta decisi¨®n bas¨¢ndose en el criterio de la Audiencia Provincial de Burgos, que ayer martes acord¨® la libertad, tambi¨¦n bajo fianza de 6.000 euros, de dos de los investigados, R.C.H. y V.R.R, al entender que s¨ª han variado las circunstancias por las que se orden¨® en su d¨ªa la prisi¨®n provisional, comunicada y sin fianza.
El juzgado ha hecho suyas las obligaciones y las medidas cautelares contenidas en la parte dispositiva de la resoluci¨®n notificada ayer martes por la Audiencia Provincial de Burgos, seg¨²n informan fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n.
En concreto, el auto de la Audiencia Provincial se?alaba lo siguiente: "Las circunstancias tenidas en cuenta para su adopci¨®n se encuentran atenuadas por el tiempo transcurrido desde que se acord¨® la situaci¨®n restrictiva de la libertad [casi 3 meses], lo que unido al hecho de que ya ha finalizado el riesgo de obstrucci¨®n de las fuentes de prueba y que los investigados gozan con domicilio en esta comunidad aut¨®noma y v¨ªnculos econ¨®micos con sus padres, se considera m¨¢s adecuada la libertad provisional de los mismos, pues con ello entendemos que se logra asegurar su sometimiento a la administraci¨®n de justicia mediante la prestaci¨®n de fianza carcelaria, previa y como condici¨®n para la excarcelaci¨®n de los mismos que se fija, para cada uno de ellos, una fianza de 6.000 euros, que podr¨¢ ser prestada en cualesquiera de las formas admitidas en derecho".
Se han fijado comparecencias quincenales ante el juzgado o ante dependencias de las fuerzas de seguridad de su domicilio en Espa?a, debiendo de comunicar al juzgado instructor cualquier cambio de domicilio, aun temporal, con retirada del pasaporte y prohibici¨®n de salir del territorio nacional.
Como medida de protecci¨®n de la v¨ªctima, se acuerda la prohibici¨®n para los denunciados de aproximarse a la denunciante, al domicilio de esta o cualquier lugar en que se encuentre a una distancia no inferior a 1.000 metros, as¨ª como la comunicaci¨®n con la misma por cualquier medio, durante la tramitaci¨®n de la causa o se dicte una resoluci¨®n firme en este procedimiento.
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