Rectificaciones de Julio Rey, Fernando Rey y de Vanessa Veiga
Rectificaciones publicadas en cumplimiento de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n¨²m. 55 de Madrid
En relaci¨®n con la noticia publicada el 8 de enero de 2019 bajo el t¨ªtulo ¡°Iv¨¢n Hierro, el traficante que quiere olvidar que delat¨® a sus clientes¡± en la que se afirmaba que ¡°los env¨ªos de Hierro que tuvieron lugar en 2013 y 2014, seg¨²n la polic¨ªa, Penas recibi¨® cinco paquetes; Fuentes Pila, cuatro, y los hermanos Rey, seis, todos ellos enviados a Toledo al domicilio de la maratoniana Vanessa Veiga, pareja del mayor de los Rey¡¡±
Rectificaci¨®n de Vanessa Veiga
¡°Los env¨ªos de Hierro cuyas fechas desconocemos, en ning¨²n caso fueron enviados a Toledo al domicilio de la maratoniana Vanessa Veiga, pareja del mayor de los Rey, y dicha informaci¨®n es absolutamente falsa¡±.
En relaci¨®n con la noticia publicada el d¨ªa 8 de enero de 2019 bajo el t¨ªtulo ¡°Iv¨¢n Hierro, el traficante que quiere olvidar que delat¨® a sus clientes¡± en la que se afirmabaque ¡°la ¨²nica soluci¨®n que se le ocurri¨® a Hierro para evitarlo fue la de cambiar de abogado, acudir a la Fiscal y decirle que ¨¦l se hab¨ªa equivocado con los nombres e interponer un recurso de nulidad parcial de la Sentencia. Bastaba, dijo, con que se borrara a los atletas citados. La maniobra interrumpi¨® el expediente sancionador abierto en uni¨® pasado por la AEPSAF a Margarita Fuentes Pila, Lolo Penas y los hermanos Fernando y Julio Rey, entre otros. Todas las actuaciones quedaron paralizadas y dej¨® de surtir efecto la suspensi¨®n cautelar con que hab¨ªan sido ya castigados¡±.
Rectificaci¨®n de Julio y Fernando Rey de Paz:
¡°Las actuaciones y el alzamiento de la medida cautelar no han quedado sin efecto por los recursos presentados por Iv¨¢n Hierro ante la Audiencia Provincial de Cantabria, sino por la Resoluci¨®n estimatoria del Tribunal Administrativo del Deporte (en adelante TAD) de fecha 21 de septiembre de 2018, por la que se acord¨® estimar el recurso interpuesto por los hermanos Fernando y Julio Rey, acordando anular la suspensi¨®n provisional de la licencia federativa al considerar que no estaba debidamente justificada la tipificaci¨®n de la infracci¨®n que se les quer¨ªa imputar.
En el mismo sentido, se pronunci¨® posteriormente la AEPSAD en la providencia de fecha 27 de septiembre de 2018, por la que el Instructor del expediente acord¨® levantar la suspensi¨®n provisional de la licencia federativa al estimarse por Resoluci¨®n del TAD de fecha 21 de septiembre de 2018 el recurso presentado por los interesados¡±.
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