En pleno debate sobre el castigo desigual a Sinner y Barquero, el Tribunal de la Uni¨®n Europea cuestiona la estructura endog¨¢mica de la justicia deportiva
La abogada general de la corte europea se?ala que va contra el derecho de los ciudadanos la disposici¨®n que hace del TAS la ¨²ltima instancia para resolver conflictos en el mundo del deporte
El s¨¢bado pasado la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) anunci¨® una sanci¨®n m¨ªnima de tres meses pactada extrajudicialmente con el tenista Jannik Sinner. El acuerdo salv¨® a ambas partes ¡ªel tenista n¨²mero uno del mundo y el organismo que vigila y exige el cumplimiento del C¨®digo Mundial Antidopaje¡ª del riesgo y los costes de someter el contencioso a los ¨¢rbitros del Tribunal Arbitral del Deportes (TAS). La AMA esperaba conseguir una sanci¨®n de uno o dos a?os por...
El s¨¢bado pasado la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) anunci¨® una sanci¨®n m¨ªnima de tres meses pactada extrajudicialmente con el tenista Jannik Sinner. El acuerdo salv¨® a ambas partes ¡ªel tenista n¨²mero uno del mundo y el organismo que vigila y exige el cumplimiento del C¨®digo Mundial Antidopaje¡ª del riesgo y los costes de someter el contencioso a los ¨¢rbitros del Tribunal Arbitral del Deportes (TAS). La AMA esperaba conseguir una sanci¨®n de uno o dos a?os por un positivo por el anabolizante clostebol y el tenista solicitaba una completa proclamaci¨®n de inocencia. La AMA dudaba del ¨¦xito de su reclamaci¨®n no solo porque un primer tribunal, el de la Federaci¨®n Internacional de Tenis se hab¨ªa negado a sancionar al tenista, sino por los movimientos pol¨ªticos que observaba alrededor del caso. Todo un ¨¦xito para el abogado de Sinner, Jamie Singer, del bufete londinense Onside Law y criado en IMG, el gigante de la representaci¨®n deportiva y la organizaci¨®n de competiciones y contratos publicitarios, uno de los poderes f¨¢cticos del deporte mundial.
La resoluci¨®n, comparada con el fin desigual de otros deportistas refleja las debilidades del sistema de justicia deportiva internacional creado a finales del siglo pasado a iniciativa de Juan Antonio Samaranch, presidente del Comit¨¦ Ol¨ªmpico Internacional (COI), convertido en un soporte protector del sistema pol¨ªtico-deportivo y criticado por el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE). Tambi¨¦n temerosa de que ante el TAS la AMA la aplastara con su poder, y desbordada por los costes del procedimiento, la patinadora madrile?a Laura Barquero acept¨® un acuerdo extrajudicial de seis a?os por sus positivos con el mismo clostebol que Sinner. No menor fue el sentimiento de trato desigual en el caso del ciclista brit¨¢nico Chris Froome, a quien no castig¨® la Uni¨®n Ciclista Internacional (UCI) un positivo por salbutamol en la Vuelta de 2017, apabullada por el gabinete legal del ganador de cuatro Tours, dirigido por el bufete londinense de Mike Morgan, y su despliegue de informes cient¨ªficos, m¨¢s de 8.000 folios. Seg¨²n miembros del comit¨¦ ejecutivo de la m¨¢xima autoridad ciclista, la raz¨®n de la marcha atr¨¢s no fue tanto el valor cient¨ªfico de lo alegado por Froome para demostrar la invalidez del m¨¦todo de cuantificaci¨®n del salbutamol en orina utilizado por los laboratorios antidopaje. Fue m¨¢s el miedo a que una posible derrota posterior en el TAS condenara a una millonaria indemnizaci¨®n a un ciclista cuyo salario anual es de cinco millones de euros.
El TAS es un tribunal privado y especializado, el brote jur¨ªdico del COI, impulsado y financiado por Juan Antonio Samaranch en 1981, reci¨¦n elegido entonces presidente del movimiento ol¨ªmpico. Y su fin era, en su origen, resolver r¨¢pida y gratuitamente las disputas contenciosas ligadas al deporte sin necesidad de recurrir a los lentos y costosos tribunales ordinarios. Sus responsables son escogidos por el movimiento ol¨ªmpico y las federaciones internacionales. Desde el principio, se estableci¨® que la jurisdicci¨®n del TAS no deb¨ªa imponerse de ninguna manera a los atletas o federaciones, sino que deb¨ªa permanecer libremente a disposici¨®n de las partes.
La gratuidad desapareci¨® r¨¢pidamente. Hay fijadas cuotas de miles de francos suizos simplemente para cubrir gastos administrativos y los honorarios (400 francos la hora), dietas (150 francos diarios en comidas, 350 en hoteles) y gastos de viaje de los ¨¢rbitros son elevados, y corren a cargo de los pleiteantes, lo mismo que la traducci¨®n al ingl¨¦s o el franc¨¦s de toda la documentaci¨®n aportada. Los mejores abogados, los que se conocen y hablan con los ¨¢rbitros y comparten despachos, los mejor relacionados, son caros, y m¨¢s caros los expertos que preparan informes cient¨ªficos exculpatorios en los casos de dopaje. En 2011, se calcul¨® que a Alberto Contador la disputa ante el TAS por su caso de dopaje le hab¨ªa costado un mill¨®n de euros; tambi¨¦n ¨¦l hab¨ªa contratado con el bufete de Morgan, como Froome.
Tampoco dur¨® mucho la libertad de los deportistas para aceptar que sus disputas las resolviera un tribunal arbitral. Las federaciones internacionales incluyeron, en su mayor¨ªa, el siguiente art¨ªculo en sus estatutos: ¡°Cualquier disputa que surja de los presentes Estatutos y Reglamentos que no pueda resolverse de forma amistosa ser¨¢ resuelta en ¨²ltima instancia por un tribunal compuesto de conformidad con el Estatuto y los Reglamentos del Tribunal de Arbitraje Deportivo, con exclusi¨®n de cualquier recurso a los tribunales ordinarios. Las partes se comprometen a cumplir con dicho Estatuto y Reglamentos, y a aceptar de buena fe el laudo dictado y a no obstaculizar en modo alguno su ejecuci¨®n¡±.
Se abr¨ªa as¨ª el TAS, hijo de las federaciones, a juzgar la justicia de las decisiones de la propia federaci¨®n sobre sus federados (recursos de apelaci¨®n en casos de dopaje, habitualmente) y se cerraba, al mismo tiempo, al posible recurso de los descontentos por el resultado del arbitraje obligatorio a los tribunales ordinarios. Solo admite, el recurso al Tribunal Supremo Suizo, pues en Suiza est¨¢ establecido el TAS, en Lausana, pero nunca para resolver sobre el fondo de las decisiones. Y es el TAS y su bolsa de 451 ¨¢rbitros, abogados procedentes de los mismos bufetes que asesoran a las federaciones internacionales, conforman sus comit¨¦s y defienden a los deportistas sancionados, el ¨®rgano que dirime, sin posibilidad de m¨¢s instancias, los recursos que eleva contra decisiones federativas la Agencia Mundial Antidopaje, tambi¨¦n brote directo del olimpismo y las federaciones y sus aparatos jur¨ªdicos con abogados intercambiables. Pura endogamia jur¨ªdica-justiciera.
M¨¢s all¨¢ de la contradicci¨®n de que el mismo organismo sancionador decida sobre la justicia de su decisi¨®n, la limitaci¨®n de la posibilidad de recurso ha llamado la atenci¨®n del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE), cuya abogada general, Tamara Capeta, dentro del ejercicio de sus funciones (el Abogado General es un miembro del TJUE encargado de proporcionar opiniones jur¨ªdicas de car¨¢cter no vinculante sobre los casos que se le asignan) ha opinado con claridad: la Uni¨®n Europea garantiza a todos los ciudadanos el derecho a una tutela judicial efectiva que debe ser garantizada por un tribunal o corte, y, en este sentido, el TAS no puede ser considerado ni lo uno ni la otra.
La intervenci¨®n de Capeta se produce despu¨¦s de que un tribunal belga considerara ya como cosa juzgada el caso de la apelaci¨®n ante el TAS del club de f¨²tbol Seraing y el fondo de inversiones y financiador de clubes Doyen contra una sanci¨®n de la FIFA. El tribunal deportivo dio la raz¨®n a la federaci¨®n internacional y el tribunal civil belga les neg¨® el derecho a recurrir. Para Capeta, esto, y el estatuto del TAS, va contra el Derecho europeo. La norma de la cosa juzgada, anclada en casi todos los ordenamientos jur¨ªdicos nacionales europeos, constituye una violaci¨®n directa del principio de protecci¨®n judicial del derecho de la UE en la medida en que el TAS no puede asimilarse a un tribunal ordinario.
Es tan complicado salir de la telara?a jur¨ªdico-deportiva, y la ara?a ya asoma detr¨¢s, que a la atleta sudafricana con DSD (diferencia de desarrollo sexual) Caster Semenya no le qued¨® m¨¢s salida que recurrir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos contra la decisi¨®n de World Athletics de prohibirle competir si no se medicaba para rebajar la elevada tasa de testosterona que su cuerpo produce. Ni el TAS ni el Supremo suizo atendieron su reclamaci¨®n. Cuatro a?os despu¨¦s de iniciar el procedimiento jur¨ªdico en Estrasburgo, Semenya, de 34 a?os, a¨²n est¨¢ esperando una sentencia definitiva tras una primera decisi¨®n a su favor en mayo de 2023.