Se aplaza el canon de coincidencia
Una moratoria que finalizar¨¢ el 31 de julio de 1 presente a?o ha sido concedida para el abono del importe del canon de coincidencia correspondiente al segundo trimestre. El abono no cuenta con el recargo establecido por orden ministerial de febrero de 1959, el cual se aplicar¨¢ ¨²nicamente a los ingresos que se efect¨²en con posterioridad a la fecha indicada.
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