Aprobado el informe sobre la reforma pol¨ªtica
La secci¨®n primera del Consejo Nacional del Movimiento finaliz¨® ayer el estudio del informe sobre el proyecto de ley de reforma pol¨ªtica, y aprob¨® el correspondiente dictamen que ser¨¢ elevado al Pleno del Consejo, que hab¨ªa sido convocado, con car¨¢cter de urgencia, para el pr¨®ximo viernes, d¨ªa 8. El dictamen, no vinculante, establece leves variaciones en el proyecto del Gobierno, ninguna de ellas de fondo.
En la sesi¨®n de ayer. que dur¨® menos de una hora, y a la que asistieron escaso n¨²mero de consejeros, se aprob¨® una propuesta contenida en el informe, que hab¨ªa quedado pendiente tras la discusi¨®n del d¨ªa anterior, con el siguiente texto: ?El Consejo estima conveniente que se incluya en el proyecto de ley de reforma pol¨ªtica una disposici¨®n derogatoria que determine con suficiente claridad los preceptos de las Leyes Fundamentales vigentes, derogados o modificados por la nueva Ley Fundamental, cuyo proyecto se informa?.
A propuesta del se?or L¨®pez Rod¨®, la secci¨®n aprob¨® tambi¨¦n la introducci¨®n de un nuevo p¨¢rrafo en la ¨²ltima parte del pre¨¢mbulo del informe, referido a la preocupaci¨®n del Consejo por lo establecido en el art¨ªculo quinto del proyecto. En este art¨ªculo se dice que el Rey puede someter directamente al pueblo, para que ¨¦ste decida mediante refer¨¦ndum, una materia competencia de las Cortes y que, si ¨¦stas no est¨¢n de acuerdo con el resultado del refer¨¦ndum, quedar¨¢n disueltas, procedi¨¦ndose a la convocatoria de nuevas elecciones.
El se?or L¨®pez Rod¨® argument¨® que parec¨ªa l¨®gico que sean las Cortes las que comiencen por elaborar la correspondiente ley y que, en su caso, se someta posteriormente a refer¨¦ndum. En el texto propuesto por el ex ministro, y que fue aprobado, se a?ad¨ªa que ?no parece conveniente la marginaci¨®n de las Cortes en este punto. Su disoluci¨®n s¨®lo deber¨ªa fundamentarse en la discordancia entre la voluntad de las C¨¢maras y la voluntad popular?.
El debate se centr¨® posteriormente en la propuesta del se?or Pedrosa Latas de incluir una alusi¨®n a la potestad de disoluci¨®n de las Cortes por el Rey. La mayor parte de los consejeros que intervinieron en torno a este tema se mostraron contrarios a esta inclusi¨®n, por considerar que este punto no hab¨ªa sido sometido a su consideraci¨®n por el Gobierno.
El se?or L¨®pez Rod¨® a?adi¨® que, en todo caso, se pod¨ªa reconocer esta facultad leal de disoluci¨®n, siempre que las Cortes pudieran derribar al Gobierno. El se?or Garicano argument¨® que la responsabilidad de disoluci¨®n de las C¨¢maras debe ser del Gobierno y nunca del Rey y el se?or Fern¨¢ndez Sordo se mostr¨® contrario a la inclusi¨®n de este p¨¢rrafo. La ponencia, representada por Eduardo Navarro, rechaz¨® la propuesta y la secci¨®n aprob¨® que no se incluyera.
A las doce del mediod¨ªa, el presidente de la secci¨®n, se?or Fueyo, levant¨® la sesi¨®n, dando por finalizado el estudio del informe, que pasar¨¢ el d¨ªa 8 al Pleno del Consejo, para su aprobaci¨®n.
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