Otras modalidades de la representaci¨®n proporcional
Adem¨¢s de las modalidades de la RP expuestas en torno a los problemas b¨¢sicos de c¨®mo repartir los esca?os entre las distintas listas concurrentes y de c¨®mo distribuirlos en el interior de cada lista, existen otras dos que ofrecen ciertas peculiaridades de inter¨¦s: la integral y el voto ¨²nico transferible.La RP integral
Dada la esencia de la RP, parece evidente que cuanto mayor sea el n¨²mero de esca?os a cubrir en cada circunscripci¨®n, mayor y m¨¢s exacta ser¨¢ la proporcionalidad. As¨ª, mientras la proporcionalidad alcanzable en la atribuci¨®n de dos actas de diputado es escasamente apreciable, la m¨¢xima posible se obtiene si se considera a todo el pa¨ªs como circunscripci¨®n ¨²nica. Se aplica entonces el m¨¦todo del cociente nacional, m¨¢s arriba examinado, dividiendo el total de los sufragios expresados por el total de esca?os a proveer. Las listas son tambi¨¦n listas nacionales y conseguir¨¢n tantos diputados como veces est¨¦ contenido el cociente nacional en el n¨²mero de votos logrado por cada lista nacional. Para la distribuci¨®n de los restos se aplica la f¨®rmula del mayor resto. La representaci¨®n proporcional integral rige hoy en Israel y en Holanda.
El recurso al Colegio electoral ¨²nico se utiliza tambi¨¦n en otros pa¨ªses para la distribuci¨®n de restos. Es decir, en lugar de repartirse en cada circunscripci¨®n los restos no aprovechados de cada partido, se transmiten a un centro ¨²nico. En ¨¦l se suman todos los restos obtenidos en todo el pa¨ªs por el partido A, todos los obtenidos por el partido B, todos los obtenidos por el partido C, etc. Se acude entonces a la f¨®rmula del n¨²mero uniforme, previamente fijado por la ley, y se atribuyen a cada partido tantos diputados como veces est¨¦ comprendido dicho n¨²mero uniforme en la cifra que arroje la suma de todos sus restos. Para la distribuci¨®n de estos restos los partidos presentan, junto a las listas de cada circunscripci¨®n, listas nacionales. Este procedimiento, con alguna variante, fue puesto en pr¨¢ctica en, Alemania durante la Rep¨²blica de Weimar y se denomin¨® sistema autom¨¢tico de Baden, lugar de su origen desde donde se extendi¨® por toda Alemania. Para la distribuci¨®n de restos, se aplica en Italia.
El voto ¨²nico transferible
Es un tipo de representaci¨®n proporcional que excluye el escrutinio de lista. Fue ideado casi simult¨¢neamente por un pol¨ªtico dan¨¦s, C. C. G. Andrae, y un abogado londinense, Thomas Hare. De ah¨ª que frecuentemente se le designe como sistema de Andrae-Hare. Sus presupuestos b¨¢sicos son los siguientes: en circunscripciones pluripersonales, en las que, por tanto, han de elegirse varios diputados, cada elector tiene un solo voto y puede votar, consecuentemente, por un ¨²nico candidato, pero se le pide que en la papeleta indique un orden de preferencia con respecto a los otros candidatos. Desde esta perspectiva, el voto ¨²nico transferible se asemeja al voto alternativo o preferencial, del que como modalidad del sistema mayoritario nos ocupamos m¨¢s arriba. Su mec¨¢nica, sin embargo, es distinta.
Se comienza, como en todo RP, por obtener el cociente electoral dividiendo el n¨²mero de sufragios expresados por el n¨²mero de esca?os a cubrir, aumentando de una unidad y sumando una nueva unidad al resultado (cuota de Droop).
Supongamos, siguiendo el ejemplo de Cotteret y Emeri, una circunscripci¨®n en que deban elegirse tres diputados, se presentan cuatro candidatos y se emiten 100 votos. El cociente electoral ser¨¢, en este caso, 16.
Los candidatos obtienen los votos siguientes:
Areilza, con sus 33 votos, resulta elegido. Le sobran, sin embargo, 7 votos, cantidad que sobrepasa el cociente electoral. Se toman, entonces, las 33 papeletas en que Areilza aparece en primer lugar, es decir, como primera preferencia, y las segundas preferencias que en ellas figuran son transferidas a los otros tres candidatos. Satr¨²stegui aparece 20 veces como segunda preferencia; Tierno, 7 veces, y Fraga, 6 veces. En vez de sumar tales votos o segundas preferencias a los que ya ten¨ªan estos candidatos, se establece matem¨¢ticamente una proporci¨®n para repartir los 7 votos excedentarios de Areilza basada en la proporci¨®n de las segundas preferencias obtenidas. Tal proporci¨®n determina la atribuci¨®n de los siguientes votos:
Satr¨²stegui 24+4=28
Tierno Galv¨¢n 23+2=25
Fraga 20+1=21
(7 votos excedentarios de Areilza)
Satr¨²stegui, que ahora supera el cociente electoral, queda elegido.
Queda a¨²n un puesto por cubrir. Como ninguno de los dos candidatos restantes ha alcanzado el cociente electoral, se procede a eliminar al candidato que menos votos haya obtenido, es decir, Fraga, y a extraer de sus papeletas las segundas preferencias que en ellas consten y esta vez se suman a los votos con que ya cuentan los otros candidatos; en nuestro caso, solamente a Tierno Galv¨¢n, ¨²nico que queda despu¨¦s de la eliminaci¨®n de Fraga. Basta con que Tierno aparezca dos veces como segunda preferencia para resultar elegido, ya que tendr¨ªa 27 votos, superando as¨ª el cociente electoral.
De haber sido el ejemplo m¨¢s complicado y mayor el n¨²mero de candidatos a elegir, habr¨ªa que haber hecho m¨¢s recuentos y ?transferencias?. Para realizar ¨¦stas, pueden seguirse indistintamente dos m¨¦todos: o bien distribuir proporcionalmente entre los candidatos a¨²n no elegidos los votos que sobren a los candidatos que vayan resultando electos o bien ir eliminando, sucesivamente, a los candidatos que tengan menor n¨²mero de votos y proceder a repartir las segundas y ulteriores preferencias.
Los defensores de la RP alegan en su favor los siguientes argumentos: 1? Es un sistema electoral justo, pues da a cada uno lo que le corresponde y es plenamente conforme al principio democr¨¢tico, al permitir una representaci¨®n que refleja debidamente los diversos sectores de opini¨®n existentes. 2? Eleva el tono y la altura de la contienda electoral, pues hace que se vote por las ideas que cada partido abandera en lugar de por las personas de los candidatos. Es un ?escrutinio de ideas? y no un ?escrutinio de hombres?, por lo que la elecci¨®n escapa a las mezquindades y menudencias de una lucha localista y proporciona al elegido el car¨¢cter de aut¨¦ntico representante de la naci¨®n. 3? Finalmente, es un sistema electoral honesto en el doble sentido de que por una parte las posibilidades de fraude, dada la amplitud de las circunscripciones y su propia mec¨¢nica, son escasas; y, por otro lado, excluye los compromisos m¨¢s o menos vergonzantes y permite, por tanto, a los elegidos mantener los principios que han defendido durante su campa?a (cfr. P¨¦rez Serrano, Tratado de Derecho Pol¨ªtico, p¨¢g. 362. y Cotteret. op. cit., p¨¢g. 71).
Los inconvenientes de la RP que sus detractores destacan pueden sintetizarse de la siguiente manera: 1? Fomenta el alejamiento de los electores de la pol¨ªtica. rompiendo los lazos entre electores y elegidos como consecuencia del control que ejercen los partidos sobre el proceso electoral, especialmente en la selecci¨®n de los candidatos y en la confecci¨®n de las listas, tareas llevadas a cabo, al margen de los ciudadanos, por la alta burocracia del partido atendiendo frecuentemente a criterios de puro favoritismo. 2? Pulveriza la voluntad del electorado al propiciar la aparici¨®n de multitud de partidos, favoreciendo o agudizando al mismo tiempo el car¨¢cter conflictual de las sociedades pol¨ªticas. 3? Dificulta el establecimiento de gobiernos estables cuya formaci¨®n es tanto m¨¢s dif¨ªcil cuanto que el Parlamento aparece fraccionado por la existencia de muchos partidos con intereses y objetivos heterog¨¦neos (cfr. Loewenstein, Teor¨ªa de la Constituci¨®n, Barcelona, 1964, p¨¢g. 341).
En todos estos argumentos hay una parte de verdad. Pero debe tenerse en cuenta que el principal de sus inconvenientes -la disgregaci¨®n de partidos- es frecuentemente anterior a la instauraci¨®n de la RP y surge igualmente en pa¨ªses que aplican otros sistemas electorales. Por otra parte, no puede estimarse como argumento general v¨¢lido el de la inestabilidad gubernamental que origina. Hay muchos pa¨ªses, fieles a la RP y con gobiernos estables, tanto m¨¢s estables, al margen de las meras crisis ministeriales, cuanto que la RP impide, por su propia naturaleza, los cambios bruscos en la renovaci¨®n de los Parlamentos y de los Gobiernos y en ocasiones favorece la creaci¨®n de alianzas o coaliciones durables. Asociar cambios ministeriales frecuentes con inestabilidad gubernamental no siempre es correcto cuando son los mismos partidos los que gobiernan. Pero incluso en pa¨ªses como Holanda, Noruega, Suecia o Suiza. la RP no ha provocado inestabilidad gubernamental alguna, sino m¨¢s bien todo lo contrario.
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