Garant¨ªas antes del refer¨¦ndum
Tal vez muchos se pregunten por qu¨¦ la Oposici¨®n democr¨¢tica tiene tanto inter¨¦s en negociar con el Gobierno, antes del refer¨¦ndum, la futura normativa electoral. No se trata, como algunos piensan, de un inter¨¦s partidista ni de un recelo o desconfianza hacia el Poder. Bastante de eso hay, ciertamente, y es leg¨ªtimo que lo haya, pero lo que une hoy -o debiera unir al Gobierno y a los dem¨®cratas es la necesidad de colaborar a la constituci¨®n de un r¨¦gimen nuevo en el que participen todos los espa?oles. En este sentido, ni el refer¨¦ndum es un puro tr¨¢mite de la legalidad franquista ni el restablecimiento de las libertades democr¨¢ticas es algo que pueda producirse en no importa qu¨¦ momento. Existe una l¨®gica que hace de las conversaciones Poder-Oposici¨®n antes del refer¨¦ndum, el primer paso -imprescindible e insustituible- del proceso democr¨¢tico constituyente de nuestro pa¨ªs.Lo que hace m¨¢s grave, en primer lugar, la responsabilidad del Gobierno y la leg¨ªtima desconfianza de la Oposici¨®n e! el hecho radical que, en los ¨²ltimos siglos Espa?a s¨®lo ha vivido dos procesos democr¨¢ticos constituyentes, r¨¢pidamente abortados por las fuerzas conservadoras reaccionarias. En 1868 y 1931 se iniciaron unos intentos de constituir el estado desde la base, lo! cuales aunque -llegaron a alumbrar sendas constituciones, no pudieron consolidar la democracia, pues el aparato de poder de las fuerzas conservadoras no fue desmantelado ni ¨¦stas se prestaron a respetar la democracia tan d¨¦bil y respetuosa. Si en 1868 y 193 1, los dem¨®cratas cayeron en la trampa de no hacer una revoluci¨®n pol¨ªtica aut¨¦ntica, y por eso fueron barridos en seguida, hoy temen caer en el juego de una falsa democracia, dominada por las eternas fuerzas de la conservaci¨®n.
En segundo, el proyecto de ley de Reforma Pol¨ªtica que ha de someterse a refer¨¦ndum es, objetivamente, el marco de juego impuesto por el franquismo a la incipiente democracia espa?ola. Tal marco no s¨®lo asegura que esta ¨²ltima llegue a producirse, sino que tiende a dificultarla y adulterarla, a no ser que medien ?correctivos? democr¨¢ticos eficaces.
El proyecto citado hace de la ley de expresi¨®n, de la soberan¨ªa popular, y de las Cortes el ¨®rgano creador de la ley. A su vez, las Cortes habr¨¢n de ser bicamerales, y elegirse seg¨²n procedimientos todos ellos favorables a los grupos conservadores. El proyecto nada dice de que las pr¨®ximas Cortes hayan de ser constituyentes. Tan s¨®lo prev¨¦ la posibilidad de una reforma de las actuales leyes fundamentales y regula previamente su procedimiento de un modo que hace del proceso reformador un acto complejo, prolongado y dif¨ªcil. Para colmo, y pese a que la primera consecuencia l¨®gica del refer¨¦ndum del d¨ªa 15 ser¨ªa la dimisi¨®n del actual Gobierno (pues democracia y Gobierno no representativo se excluyen), no podr¨¢ nombrarse tal tipo de Gobierno hasta que las Cortes aprueben constitucionalmente. su formaci¨®n ya que las instituciones franquistas siguen vigentes mientras no se deroguen.
De todo ello se deduce que un verdadero proceso constituyente democr¨¢tico requiere, como m¨ªnimo, que las fuerzas del cambio superen con ¨¦xito las dificultades ?t¨¦cnicas? que el proyecto de reforma pol¨ªtica ha colocado sabiamente para hacer del cambio un largo proceso reformista eficazmente frenado por los ex franquistas y bajo el control del actual Gobierno. La necesidad, por tanto, de que los partidos democr¨¢ticos no s¨®lo no vean disminuida su presencia, sino incluso compensada o potenciada, es indudable. Aun con libertad plena, su fuerza no se ver¨¢ nunca reflejada correctamente en las futuras Cortes y, en consecuencia, el peligro de que no se apruebe en su d¨ªa constituci¨®n democr¨¢tica alguna es enorme.
Se comprende el temor patri¨®tico de los dem¨®cratas. Estos podr¨ªan abstenerse en la ?operaci¨®n reforma? y esperar a que la fuerza de la conflictividad social Y pol¨ªtica les llevara al Poder por abandono final de unos reformistas ciegos, a la necesidad de equilibrar democr¨¢ticamente el gran poder inc¨®lume del franquismo. Pero dije antes que los dem¨®cratas aspiran a una constituci¨®n que regule estable y duradera la resoluci¨®n de todos esos conflictos. Por eso exigen, como m¨ªnimo, la posibilidad de ponerse a elaborar (aun con dificultades) una constituci¨®n moderna y democr¨¢tica, en la que quepan todos, incluidos los que no creen en la democracia o la temen.
Si el sistema electoral mayoritario asegura ya en el Senado la fuerte presencia del pasado y los ?correctivos? del proporcional buscan su no ausencia en el Congreso, ?c¨®mo no exigir las m¨¢ximas garant¨ªas electorales previas para ir a un tipo de Cortes ya impuesto en el proyecto cuyo refer¨¦ndum se pide? ?C¨®mo no abstenerse a denunciar esta primera consulta si el no hacerlo significar¨ªa aceptar un proceso electoral que no podr¨ªa concluir en una constituci¨®n democr¨¢tica y s¨ª, en cambio, en la legitimaci¨®n seudodemocr¨¢tica de quienes se empe?an -pues nadie los ha vencido todav¨ªa- en seguir monopolizando el poder del que se apropiaron hace cuarenta, cien, o 150 a?os.
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