Condiciones para solicitar viviendas sociales
A partir de ma?ana, 20 de diciembre se admite la presentaci¨®n de solicitudes de calificaci¨®n subjetiva, para todas aquellas personas interesadas en la adquisici¨®n de viviendas sociales pertenecientes al plan previsto por el Ministerio de la Vivienda y sancionado por los reales decretos de 30 de julio y 16 de septiembre de este a?o.Las condiciones que los solicitantes habr¨¢n de reunir se ci?en sobre aquellos casos en los que los interesados perciban anualmente unos ingresos no superiores a 430.000 pesetas entre ambos c¨®nyuges, despu¨¦s de las deducciones por impuestos y cuotas de la Seguridad Social. En casos relativos a familias numerosas, los ingresos habr¨¢n de ser inferiores a 752.000 pesetas anuales para los de tercera categor¨ªa, 645.000 pesetas para las de segunda, y 537.000 para las de primera categor¨ªa.
Asimismo, se dar¨¢ prioridad a. las solicitudes en las cuales los solicitantes, o bien necesiten viviendas para constituir hogares independientes, o bien se encuentren en situaci¨®n de matrimonio inminente; que. los que soliciten estas viviendas- ocupen pisos que no re¨²nan condiciones adecuadas de habitabilidad o sean insuficientes para atender a las necesidades familiares, o se hallen en trance de desalojar sus viviendas por razones de expropiaci¨®n forzosa o de desahucio. Todas las solicitudes tendr¨¢n que cumplimentarse, necesariamente, en un Impreso oficial que se expide en la Delegaci¨®n Provincial de la Vivienda, en la calle de Bas¨ªlica, 23, de Madrid.
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