El Gobierno regula la actividad pol¨ªtica y sindical de los militares
El Gobierno volvi¨® a tomar ayer la iniciativa pol¨ªtica, utilizando con decisi¨®n la f¨®rmula del decreto-ley propugnada por la Oposici¨®n y por sectores ref¨®rmistas del sistema, a fin de evitar asi el desgaste del paso por las Cortes para los importantes prop¨®sitos reformistas. El Consejo de Ministros de ayer, que consumi¨® sesiones de ma?ana y tarde, aprob¨®, por fin, la supresi¨®n de la ventanilla gubernativa para los partidos: s¨®lo el Tribunal Supremo podr¨¢ denegar la inscripci¨®n de un partido. Se sustituyen as¨ª las atribuciones concedidas en la reforma Arias a la Administraci¨®n por funciones judiciales. Asimismo, mediante cinco decretos-leyes, que afectan a las Fuerzas Armadas, se inicia, la reorganizaci¨®n y profesionalizaci¨®n a fondo de los Ej¨¦rcitos, propugnada por el vicepresidente primero para Asuntos de la Defensa, teniente general Guti¨¦rrez Mellado, y se regula el ejercicio de actividades pol¨ªticas y sindicales de los militares.
En la ampliaci¨®n de referencia oficial facilitada se destacan los m¨¢s importantes decretos-leyes aprobados por el Gobierno y que afectan a las Fuerzas Armadas.Por el primero de ellos se regula el ejercicio de actividades pol¨ªticas y sindicales de los componentes de las Fuerzas Armadas. Recuerda el Gobierno que la ley Org¨¢nica del Estado se?ala la funci¨®n de estas fuerzas, que constituyen ?una instituci¨®n sus tantiva fundamental en el orden de la sociedad, cimiento y garant¨ªa del Estado, de su supervivencia y de su vida, es decir, del orden institucional y de la actividad pol¨ªtica?.
A?ade la ampliaci¨®n que la naturaleza de su misi¨®n est¨¢ m¨¢s all¨¢ de las opciones pol¨ªticas concretas. A este respecto, el vicepresidente primero del Gobierno para Asuntos de la Defensa record¨® hace dos d¨ªas en Sevilla -refiri¨¦ndose precisamente a esta disposici¨®n que esperaba ver pronto publicada- que ?la obligada neutralidad de los Ej¨¦rcitos ante las opciones pol¨ªticas temporales de gobierno que respeten la legalidad y admitan los principios fundamentales de soberan¨ªa, unidad, integridad, seguridad de la Patria y libertad de sus ciudadanos?, y aludi¨® tambi¨¦n a la concordancia con el pacto internacional de derechos civiles y pol¨ªticos recientemente suscrito por Espa?a.
La nota oficial que ampl¨ªa los acuerdos gubernamentales de ayer, a?ade que las Fuerzas Armadas est¨¢n directa y entra?ablemente unidas al pueblo, del que nacen, y a sus instituciones fundamentales, y son depositarias de su confianza y seguridad.
?Las Fuerzas Armadas -a?ade- no son ajenas a la pol¨ªtica en su m¨¢s fundamental acepci¨®n, es decir, a aquellas actividades orientadas a defender un orden que asegure el inter¨¦s general de la naci¨®n. Por ello las Fuerzas Armadas deben mantenerse unidas para cumplir su elevada misi¨®n. Este deber impone a todos los componentes de las Puerzas Armadas el debido respeto a cualquier opci¨®n pol¨ªtica de las que tienen cabida en el orden institucional, sin que les sea l¨ªcito, en consecuencia, participar ni mostrar p¨²blicamente su referencia por cualquiera de ellas. ?
Para el desarrollo de estas ideas fundamentales, el Gobierno anuncia que la parte dispositiva del importante real decreto-ley dicta las normas correspondientes.
De entre los restantes decretos-leyes sobre cuestiones militares, el Gobierno destaca el que institucionaliza la Junta de Jefes de Estado Mayor y regula sus atribuciones, funciones y responsabilidades, y fundamenta la disposici¨®n con estas palabras: ?Instituidas las figuras de los jefes de Estado Mayor de los Ej¨¦rcitos de Tierra, Mar y Aire como prirneras autoridades de las respectivas cadenas de mando militar conjunto, que bajo el superior de su Majestad el Rey garantice la integraci¨®n de los tres Ej¨¦rcitos en la consecuci¨®n del objetivo com¨²n, definiendo ' con precisi¨®n su dependencia, Composici¨®n, funciones y responsabilidades. ?
Como presidente de la Junta de Jefes de Estado Mayor se nombra al teniente general Carlos Fern¨¢ndez Vallesp¨ªn, hasta ahora jefe del Alto Estado Mayor. Como complemento necesario de este ¨²ltimo decreto-ley, el. Gobierno aprob¨® tambi¨¦n otros dos, por los que se regulan los Consejos Superiores de los Ej¨¦rcitos de Tierra y del Aire, respectivamente.
En relaci¨®n con esta reorganizaci¨®n militar el teniente general Guti¨¦rrez Mellado manifest¨® el pasado lunes en la Capitan¨ªa General de Sevilla que, ?sin menoscabo de la l¨®gica dependencia de los Ej¨¦rcitos al poder ejecut¨ªvo, como no puede menos de suceder en cualquier sociedad civilizada, abierta y libre, se hace a cada jefe de Estado Mayor responsable de que ese Ej¨¦rcito cumpla la misi¨®n asignada?.
El Consejo de Ministros aprob¨® tambi¨¦n un real decreto-ley sobre concesi¨®n de varios cr¨¦ditos extraordinarios, por un importe total de 4.000 rnillones de pesetas, para la modernizaci¨®n del material de las Fuerzas Armadas encargadas del orden p¨²blico.
M¨¢s informaci¨®n en p¨¢g. 11
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