Adecuar la legalidad a la realidad sindical
?Una mirada realista y juiciosa al panorama sindical de nuestros d¨ªas no puede desconocer que bajo la imposici¨®n legal de la unidad o del unitarismo viven y act¨²an desde hace tiempo en los centros labora les del pa¨ªs un n¨²mero, cada vez m¨¢s amplio y potente, de asociaciones, grupos y siglas sindicales, cuya existencia, acci¨®n y actuaci¨®n se desarrolla al margen de cualquier acusaci¨®n de ilegalidad o de clandestinidad?, dijo Enrique de la Mata, ministro de Relaciones Sindicales, en su defensa, ante el Pleno de las Cortes, del proyecto de ley de regulaci¨®n del derecho de asociaci¨®n sindical.El se?or De la Mata fundament¨® su argumentaci¨®n en dos pilares b¨¢sicos: la necesidad de adecuar la legalidad a la realidad y la necesidad de corregir el desfase entre esa realidad y la legislaci¨®n sindical desarrollada en los ¨²ltimos a?os.
Con este proyecto, seg¨²n dijo el ministro, ?se est¨¢ reconociendo, en el terreno de los derechos, lo que hab¨ªa nacido y estaba viviendo y creciendo -de manera espont¨¢nea, pero incontenible- en el terreno de los hechos?.
Justific¨® m¨¢s adelante la prioridad de la reforma pol¨ªtica sobre la sindical, ya que ¨¦sta se encuadra en la m¨¢s general que dibuja aqu¨¦lla, y a?adi¨® que ?as¨ª como la ley que proclama las libertades pol¨ªticas no es una ley de la reforma, sino para la reforma, tambi¨¦n esta ley que hoy os presento -dijo- no es en si misma la ley de la reforma sindical, sino el texto legal m¨ªnimo y primario que permitir¨¢ acometer la reforma desde unas posiciones de libertad?.
Reforma aut¨¦ntica
Insisti¨® en la idea de que desde el m¨ªnimo de libertad que ofrece la ley debe acometerse la reforma sindical aut¨¦ntica, y analiz¨® despu¨¦s c¨®mo el proyecto que se propon¨ªa es conforme con las Leyes Fundamentales, necesario, suficiente y oportuno.Para la primera de las interrogantes critic¨® la ley Sindical de 1971, afirmando que no agotaba, ni mucho menos, las posibilidades que le ofrec¨ªa la modificaci¨®n del Fuero del Trabajo, hecha por la Ley Org¨¢nica del Estado de 1967. Y asegur¨® que la ley es necesaria ?porque la normativa actual ha quedado desfasada?; suficiente, ?porque lo que se necesita, por ahora, es el establecimiento de un marco legal que permita el juego de las libertades y reconozca las fuerzas reales que operan en el sindicalismo?; opertura, ?porque no puede retrasarse por m¨¢s horas el reconocimiento de un derecho que, de permanecer ahogado y reprimido, supondr¨ªa no ya el mantenimiento de hipot¨¦ticas ataduras y frenos sobre el desarrollo de las fuerzas productivas del pa¨ªs, sino una incitaci¨®n permanente a la anarqu¨ªa, al confusionismo y a la violaci¨®n sistem¨¢tica de la ley?.
Despu¨¦s de valorar positivamente la actuaci¨®n del sindicalismo vertical y de hacer un canto a la conflanza en la madurez y el ansia de libertad del pueblo espa?ol, termin¨® con estas palabras: ?S¨®lo hay una manera de aprender democracia, y este ¨²nico camino es precisamente, el de ejercitar la democracia todos los d¨ªas. ?
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