Los tres neofascistas italianos niegan pertenecer a "Ordine Nuovo"
Con la acusaci¨®n de la defensa al Gobierno italiano de perseguir de forma clara y pertinaz a sus defendidos, por ser fascistas, por querer a su patria y por honrar a aquellos de sus compatriotas que vinieron a ayudar a Franco, concluy¨® ayer en la Audiencia Nacional la vista de la extradici¨®n de los neofascistas italianos Heliodoro Pomar, Elio Massagrande y Marco Pozzan. Uno de los defensores pidi¨® al tribunal que no se hiciera c¨®mplice de la obstinada persecuci¨®n del Gobierno italiano, que ha utilizado el chantaje y se ha aprovechado de las especiales circunstancias pol¨ªticas de Espa?a para intentar conseguir la entrega de los tres s¨²bditos italianos.
El debate se centr¨® en establecer si los delitos que les imputa el Gobierno italiano son o no de naturaleza pol¨ªtica. Las autoridades italianas han cursado la petici¨®n de extradici¨®n al Gobierno espa?ol en base a que los tres neofascistas italianos habr¨ªan intentado reconstruir el Partido Fascista, mediante la creaci¨®n de la organizaci¨®n Ordine Nuovo, y, en lo que se refiere a Pozzan, de haber cometido varios atentados con la secuela de numerosas v¨ªctimas, entre otros la explosi¨®n que tuvo lugar el 12 de diciembre de 1969 en el Banco de Agricultura de Mil¨¢n, que caus¨® diecis¨¦is muertos. Los tres negaron, a preguntas del ministerio fiscal, que hubieran pertenecido, a Ordine Nuovo, aunque s¨ª al Frente Nazionale. En el caso de Pozzan se puso de manifiesto su buena conducta en Espa?a, hasta el punto de que la Direcci¨®n General de Seguridad le eximi¨® a los pocos meses de su estancia en Espa?a de presentarse ante las autoridades policiales peri¨®dicamente.El ministerio fiscal se opuso a la extradici¨®n de Pomar y Massagrande, ya que, a su juicio, la acusaci¨®n de pertenecer a Ordine Nuovo, aunque esta organizaci¨®n tenga la finalidad de atacar el orden institucional de Italia, debe ser considerada de tipo pol¨ªtico y, en consecuencia, excluida de los supuestos previstos en las leyes que regulan la extradici¨®n. En lo que se refiere a Pozzan, el ministerio fiscal mantuvo la procedencia de la extradici¨®n, pero s¨®lo en base a los presuntos delitos de terrorismo (atentados y explosiones) que se le imputan. ?Su comportamiento y hechos que se le imputan por los tribunales italianos -dijo- deben producir horror, aun en las mentes m¨¢s insensibles. Ha cometido m¨²ltiples delitos de terrorismo, con muerte de muchas personas y da?os cuantiosos.?
Los defensores de Pomar y Massagrande se ratificaron en el informe del fiscal, poniendo de manifiesto, en lo que se refiere al segundo, que ya hab¨ªa sido juzgado en Italia por los hechos que se le imputan, siendo absuelto. El defensor de Pozzan, por su parte, se opuso a la petici¨®n de extradici¨®n porque ?se pretende hacer delitos comunes de delitos pol¨ªticos?. Agreg¨® que tanto el C¨®digo Penal de Italia como la Constituci¨®n de este pa¨ªs, establecen que son pol¨ªticos no s¨®lo los delitos de esta naturaleza, sino incluso los comunes que sean realizados con finalidad pol¨ªtica.
La vista ha quedado pendiente de resoluci¨®n, que deber¨¢ ser hecha p¨²blica en el t¨¦rmino de -tres d¨ªas. Pomar y Massagrande est¨¢n implicados en Espa?a en el sumario de la f¨¢brica de armas de la calle de Pelayo, en el que tambi¨¦n est¨¢ implicado el dirigente de los guerrilleros de Cristo Rey, Mariano S¨¢nchez-Covisa. En el caso de que se acordase su extradici¨®n, ¨¦sta no podr¨ªa llevarse a efecto hasta que concluyese el anterior proceso.
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