La Iglesia admite el divorcio para los no cat¨®licos
?Si se planteara en un futuro la propuesta de una legislaci¨®n civil que admitiera el divorcio y la legitimaci¨®n de las nuevas nupcias de los divorciados, los cat¨®licos tendr¨ªan que adoptar una l¨ªnea de conducta coherente conforme con las exigencias de la propia fe.? Este es uno de los puntos del documento elaborado por la Comisi¨®n para la Doctrina de la Fe, sobre el matrimonio. El documento, que ha sido dado a la luz p¨²blica despu¨¦s de seis redacciones previas, es el resultado de un encargo de la Conferencia Episcopal Espa?ola a la Comisi¨®n para la Doctrina de la Fe. Una vez redactado, pas¨® nuevamente a la Permanente del Episcopado, quien confi¨® su publicaci¨®n a la de la Doctrina de la Fe para que lo hiciera bajo su propia responsabilidad.
La Iglesia afirma que cuando un hombre y una mujer contraen matrimonio se deben el uno al otro fidelidad para siempre. El matrimonio implica, por su misma naturaleza, deberes y derechos de los c¨®nyuges entre s¨ª y en relaci¨®n con los hijos y con la sociedad, que no pueden quedar subordinados a la versatilidad del coraz¨®n humano. Cuando var¨®n y mujer contraen matrimonio establecen entre s¨ª un v¨ªnculo de car¨¢cter permanente. El matrimonio as¨ª establecido rebasa los intereses privados de los c¨®nyuges y aunque ellos fueron libres para contraerlo, no lo son para romper el v¨ªnculo que naci¨® del mutuo consentimiento. De este modo, todo matrimonio queda sustra¨ªdo a la voluntad privada de los c¨®nyuges y es por ello, de suyo, indisoluble.La indisolubilidad que deriva de la condici¨®n sacramental del matrimonio cristiano alcanza su plena firmeza en el matrimonio rato y consumado. Este es un punto de necesaria convergencia de todos los cat¨®licos que quieran seguir siendo fieles a la doctrina y a la pr¨¢ctica de la Iglesia. La autoridad de la Iglesia no se reconoce competente para disolver tal matrimonio.
Los cristianos y la legislaci¨®n civil
Teniendo en cuenta que notable parte de nuestros conciudadanos contraen matrimonio seg¨²n la Iglesia, imbuidos de la significaci¨®n religiosa y cristiana del mismo, la Iglesia considera que el reconocimiento civil del matrimonio can¨®nicamente contra¨ªdo es una opci¨®n leg¨ªtima y realista avalada por nuestra tradici¨®n hist¨®rica. As¨ª parece exigirlo el mismo car¨¢cter p¨²blico de la Iglesia y de la fe cristiana dentro de la sociedad. Esto no significa que la Iglesia pretenda hoy que los cat¨®licos se sientan. obligados al matrimonio can¨®nico por el imperio de la ley del Estado.El respeto a la libertad religiosa pide en esa misma l¨ªnea una razonable evoluci¨®n de la legislaci¨®n civil espa?ola hacia una normativa en este campo basada en el pleno reconocimiento del derecho civil a la libertad religiosa de todos los ciudadanos dentro de las exigencias del bien com¨²n.
Si se planteara en un futuro la propuesta de una legislaci¨®n civil que admitiera el divorcio y la legitimaci¨®n de nuevas nupcias de los divorciados, los cat¨®licos tendr¨ªan que adoptar una l¨ªnea de conducta coherente con las exigencias propias de la fe.
La estabilidad inherente al v¨ªnculo matrimonial es un bien sumamente importante para la vida afectiva de los esposos, para la firmeza de la familia y, al mismo tiempo, un elemento integrante fundamental del bien com¨²n deja sociedad. El divorcio vincular pone en peligro estos, bienes; es de suyo un mal para la sociedad. Esta debe esforzarse por lograr un ordenamiento jur¨ªdico sobre la instituci¨®n matrimonial que proteja eficazmente, en la medida de lo posible, la firmeza del vinculo conyugal. El bien de la comunidad pol¨ªtica exige que las normas legales constituyan, en el grado en que esto sea factible, una defensa s¨®lida de la estabilidad propia de todo matrimonio.
La experiencia de otros pa¨ªses demuestra que la mera posibilidad legal del divorcio es ya una incitaci¨®n al mismo. Este tipo de legislaci¨®n es pr¨¢cticamente irreversible, mueve a los propios legisladores a deslizarse por el plano inclinado de la progresiva multiplicaci¨®n de las causas que legitima la ruptura del compromiso matrimonial, induce a muchos a identificar lo legalmente admitido con lo ¨¦ticamente l¨ªcito.
Esto no significa que el legislador est¨¦ obligado siempre a elevar a la categor¨ªa de norma legal todo lo que es una exigencia ¨¦tica, o que deba reprimir todos los males en la sociedad. La tutela de ciertos bienes y la exclusi¨®n de males mayores pueden originar un conflicto de valores ante el cual el gobernante ha de poner en juego la prudencia pol¨ªtica en orden al bien com¨²n, que si no puede prescindir de los valores, ¨¦ticos, tampoco debe desconocer la fuerza de las realidades sociales. Para llegar a un juicio prudencial en esta materia es preciso tener una informaci¨®n objetiva del alcance real de los problemas planteados y de las variadas soluciones posibles, y ponderar las consecuencias que derivan, para la familia y para la sociedad, de las diversas opciones viables. El impacto de campa?as inspiradas en ocasiones por intereses ajenos a toda preocupaci¨®n ¨¦tica no debe servir de norma cuando se trata de respetar exigencias del bien com¨²n y del justo orden p¨²blico. Por lo dem¨¢s, el cristiano debe seguir siempre los imperativos de la fe, sea cual fuere la evoluci¨®n de las leyes del Estado sobre el matrimonio.
Dada la importante gravedad de los problemas relativos a la estabilidad de la familia y del matrimonio, exhortamos a todos a saber tratar estos temas con sentido de responsabilidad y con profundo respeto para las diversas posiciones. El cristiano aceptar¨¢ con gozo la ense?anza de la Iglesia, pero sabr¨¢ respetar las convicciones de quienes discrepan de ella. Tambi¨¦n nosotros como creyentes tenemos derecho a que sean respetadas las nuestras. No se construye la paz hiriendo la conciencia de los ciudadanos. En esto, como en otras materias, siempre es posible y deseable el camino del di¨¢logo constructivo sin abdicar de los propios principios y el esfuerzo de todos por armonizar los derechos y deberes de las personas que mantienen concepciones diversas.
Acci¨®n educativa y pastoral de la Iglesia
La responsabilidad de los cristianos en relaci¨®n con la instituci¨®n matrimonial no se reduce al esfuerzo por lograr unas normas legales justas y unas estructuras econ¨®micas, sociales y educativas que contribuyan a la estabilidad de la familia como cauce de realizaci¨®n personal y de vida comunitaria. Los cristianos, como miembros activos de la Iglesia, est¨¢n llamados a realizar hoy, en el seno de sus propias familias, y en favor de las dem¨¢s, una intensa actividad educativa y apost¨®lica. Para la Iglesia es de vital importancia que los bautizados tomen conciencia de lo que significa para su vida, la Iglesia y la sociedad, el sacramento del matrimonio visto a la luz de la fe.
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