Comienza la reestructuraci¨®n de las fuerzas de Orden P¨²blico
El Gobierno aprob¨® ayer un decreto sobre demarcaci¨®n territorial y funcional de las fuerzas de orden p¨²blico, as¨ª como estudi¨® varios proyectos de normas que afectan a la polic¨ªa gubernativa. Otros de los acuerdos m¨¢s destacados del Consejo de Ministros que presidi¨® Adolfo Su¨¢rez en el palacio de la Moncloa, se refieren a la creaci¨®n del Fondo Nacional de Cooperaci¨®n Municipal, y a facilitar la plena operatividad de la libertad de asociaci¨®n sindical, poniendo fin a la sindicaci¨®n y a la cuota sindical obligatoria.
Al comienzo de la reuni¨®n gubernamental -de excepcional duraci¨®n, casi once horas, con algunas interrupciones-, se acord¨® expresar el agradecimiento a Torcuato Fern¨¢ndez-Miranda por su labor como presidente de las Cortes, as¨ª como felicitarle por las distinciones de que ha sido objeto.La demarcaci¨®n territorial y funcional de las fuerzas de orden p¨²blico tiene como consecuencia -seg¨²n la informaci¨®n oficial facilitada- que la polic¨ªa gubernativa actuar¨¢ en las capitales de provincia y en aquellas ciudades de m¨¢s de 20.000 habitantes. Se fijan las funciones de vigilancia y protecci¨®n asignadas a cada uno de los cuerpos, y se prev¨¦ la modificaci¨®n del Reglamento de Armas y Explosivos. La Polic¨ªa Armada y la Guardia Civil prestar¨¢n sus servicios de uniforme, como regla general, con excepciones previstas reglamentariamente.
Sobre el tema de la excarcelaci¨®n de presos pol¨ªticos -que se esperaba con gran inter¨¦s en la opini¨®n p¨²blica-, la ampliaci¨®n de la referencia no aclara el alcance de los ?expedientes de extradici¨®n, indulto y libertad condicional?.
Entre los dem¨¢s acuerdos, de contenido administrativo y econ¨®mico-social, destaca tambi¨¦n la aprobaci¨®n de un decreto-ley para la plena operatividad de la libertad de asociaci¨®n sindical, cuyo alcance tampoco se detalla, si bien se especifica que, con esta norma, el Gobierno adapta su legislaci¨®n interna a los convenios internacionales.
La norma citada pone fin a la sindicaci¨®n obligatoria y a la cuota sindical, y asimismo aborda la reconversi¨®n del organismo aut¨®norno de la Administraci¨®n Institucional de Servicios Socioprofesionales (AISS), y la transferencia de servicios al Estado, as¨ª como el r¨¦gimen jur¨ªdico de los funcionarios sindicales, con garant¨ªa de sus derechos profesionales y la autorizaci¨®n al Gobierno para la reforma de las estructuras sindicales.
M¨¢s informaci¨®n en p¨¢gs. 45 y ¨²ltima
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