Asi se vota
A las ocho de esta ma?ana los presidentes, los dos adjuntos de cada mesa electoral y sus correspondientes suplentes se reunir¨¢n en sus respectivos colegios electorales. Entre las ocho y las ocho y media, el presidente y los adjuntos recibir¨¢n las credenciales de los interventores que se presenten y las confrontar¨¢n con los talones que tendr¨¢n en su poder. Los interventores controlar¨¢n, en nombre de cada uno de los partidos, la limpieza de las diferentes fases de la votaci¨®n. Cada partido podr¨¢ nombrar dos interventores por mesa electoral.El acta de la mesa.- A las ocho y media, el presidente extender¨¢ el acta de la que constar¨¢n los nombres de todos los miembros de la mesa electoral, incluidos los interventores; acta que ser¨¢ firmada por todos. Los interventores podr¨¢n pedir al presidente un certificado de este acta y el presidente estar¨¢ obligado a entreg¨¢rselo.
Comienza la votaci¨®n.- La votaci¨®n comenzar¨¢ a las nueve en punto de la ma?ana. El elector, que previamente habr¨¢ comprobado su inscripci¨®n en el censo, se dirigir¨¢ al colegio electoral que le corresponda con una acreditaci¨®n de su identidad, como pueda serio el documento nacional de identidad (vale caducado), el carnet de conducir, el pasaporte o cualquier documento expedido por un organismo p¨²blico, siempre que tenga foto. Es muy importante no olvidar este requisito, sin cuyo cumplimento no se podr¨¢ votar.
Frente al colegio. - Ni en el interior de los colegios, ni en, las inmediaciones de los mismos se podr¨¢ repartir propaganda electoral. Tampoco se podr¨¢ admitir la presencia de grupos que entorpezcan el acceso a los locales o que ejerzan coacciones. Si no son electores, las fuerzas de orden p¨²blico no podr¨¢n entrar en los colegios a no ser que las requiera el presidente de la mesa. Nadie podr¨¢ entrar en los colegios con armas ni instrumentos susceptibles de ser usados como tales. El presidente ordenar¨¢ la inmediata expulsi¨®n de quienes infrinjan este precepto , expulsi¨®n que implicar¨¢ en todo caso la privaci¨®n del derecho a votar en la elecci¨®n.
La cabina y las papeletas. -Una vez dentro del colegio electoral, el elector (si es que no lleva ya las papeletas. debidamente cumplimentadas de casa) se dirigir¨¢ a una mesa auxiliar donde se encuentran las papeletas y los sobres para el voto (los casilleros previstos dentro de las cabinas han resultado peque?os, y las papeletas se caen). En esa mesa podr¨¢ coger papeletas distintas, para asegurarse as¨ª el secreto de su voto y con ellas, y los correspondientes sobres, se dirigir¨¢ a la cabina, que se cierra mediante una cortinilla.
C¨®mo votar.- Las papeletas electorales destinadas a la elecci¨®n de diputados (Congreso), de color blanco, deber¨¢n expresar la denominaci¨®n, y, en su caso, la sigla o s¨ªmbolo, del partido, asociaci¨®n, federaci¨®n, coalici¨®n o agrupaci¨®n de electores y los nombres de los candidatos seg¨²n el orden de colocaci¨®n establecido en la candidatura. En este caso, el elector no tiene m¨¢s que escoger la papeleta representativa del partido por el cual piensa votar, meterla en el sobre de su mismo color (blanco) y cerrar el sobre. Cualquier papeleta con tachaduras se considerar¨¢ nula.
Las papeletas electorales destinadas a la elecci¨®n de senadores (Senado), de color sepia, deber¨¢n expresar, por orden alfab¨¦tico, los nombres de los candidatos proclamados en el distrito. Junto a cada nombre, que ir¨¢ acompa?ado de la denominaci¨®n o s¨ªmbolo del partido al cual representa, habr¨¢ un peque?o recuadro. En esta ocasi¨®n el elector tendr¨¢ que hacer uso del bol¨ªgrafo y del peque?o pupitre que habr¨¢ en el interior de las cabinas. El elector deber¨¢ colocar una cruz en los recuadros que precedan a los candidatos que piensa votar. Y s¨®lo -en el caso general- podr¨¢ votar a tres candidatos. Una papeleta con m¨¢s de tres cruces, con tachaduras o con a?adidos, se considerar¨¢ nula. El elector, sin embargo, podr¨¢ votar s¨®lo uno o dos candidatos si as¨ª lo prefiere, salvo en los casos que se?alaremos m¨¢s adelante. Finalizada esta operaci¨®n, el elector introducir¨¢ la papeleta en su sobre correspondiente (color sepia).
Las dos urnas. - Con los dos sobres y el documento acreditativo de su identidad en la mano, el elector se dirigir¨¢ a la mesa electoral. Sobre ella, las dos urnas. Transparente y blanca la que deber¨¢ contener los votos para el Congreso, y transparente color sepia la que recibir¨¢ los votos para el Senado.
Analfabetos e impedidos. -S¨®lo una persona a la vez podr¨¢ entrar en la cabina. Los electores que no supiesen leer o que, por defecto f¨ªsico, estuviesen impedidos de elegir la papeleta o colocarla dentro del sobre y de entregarla al presidente de la mesa, podr¨¢n servirse de una persona de su confianza.
Depositar el voto. - Una vez ante la mesa electoral, el elector manifestar¨¢ su nombre y apellidos. Despu¨¦s de cerciorarse por el examen de las listas del censo de que en ellas figura el nombre del votante, as¨ª como de su identidad, el elector entregar¨¢ por su propia mano al presidente los dos sobres. A continuaci¨®n el presidente, sin ocultar el sobre ni un momento a la vista del p¨²blico, dir¨¢ en voz alta el nombre del elector y, a?adiendo ?vota?, depositar¨¢ en las urnas uno y otro sobre.
Problemas.- Si el interventor tiene dudas sobre la identidad del votante, puede negarse a que vote, decidiendo la mesa por mayor¨ªa, sin perjuicio de que el interventor haga su protesta por escrito. El interventor debe cerciorarse tambi¨¦n de que, efectivamente, el nombre del votante figura en el censo y de que, a un lado, el presidente coloca una se?al, pues nadie, bajo ning¨²n concepto, puede votar si no est¨¢ inscrito, ni votar dos veces. Tampoco ning¨²n elector podr¨¢ votar en otra secci¨®n que aquella a que corresponda, seg¨²n el censo electoral, salvo en los casos de interventores de la mesa electoral que figuren en el censo de otra secci¨®n, quienes s¨®lo podr¨¢n emitir su sufragio en aqu¨¦lla donde les corresponda ejercer sus funciones.
Cierre. - La mesa electoral procurar¨¢ que haya disponibles, al alcance de los electores, papeletas suficientes de todos los partidos. Si faltan papeletas de alguno, debe interrumpirse la votaci¨®n hasta reponerlas. Los colegios electorales se cerrar¨¢n a las ocho en punto de la tarde. A partir de esta hora s¨®lo podr¨¢n emitir su voto aquellas personas que se encontrasen haciendo cola en el interior del colegio.
Qu¨¦ se elige. - En estas elecciones generales se elige a los que conformar¨¢n el Congreso de Diputados (350 diputados) y parte del Senado (207 senadores). Unos 6.000 nombres se presentan para los 557 esca?os de las dos C¨¢maras. Madrid (veintis¨¦is listas) y Barcelona (veintitr¨¦s) ofrecen el mayor abanic¨® electoral.
Senadores.- Los candidatos para el Senado son votados de forma individual en n¨²mero de tres como m¨¢ximo por provincia, salvo en Mallorca, Gran Canaria, Tenerife, Ceuta y Melilla, donde se vota dos candidatos como m¨¢ximo, y en Menorca-Ibiza, Formentera, Lanzarote, Fuerteventura, La Palma y Gomera-Hierro, en que s¨®lo puede votarse a un candidato. Salen elegidos los cuatro candidatos -en el caso general- que hayan obtenido m¨¢s votos. Este sistema se denomina sufragio restringido, porque cada elector vota un candidato menos de los que tiene derecho a elegir su provincia.
Diputados.- Para la elecci¨®n de diputados, la provincia es el distrito elector, con las excepciones de Ceuta Y Melilla, que eligen un diputado cada una. El n¨²mero de diputados que corresponde a cada provincia es:
Tres diputados: Soria, Guadalajara, Segovia, Teruel, Palencia, Avila y Huesca.
Cuatro diputados: Cuenca, Zamora, Alava, Logro?o, Albacete, L¨¦rida, Burgos y Salamanca.
Cinco diputados: Almer¨ªa, Huelva, Castell¨®n, Lugo, C¨¢ceres, Orense, Gerona, Valladolid, Toledo, Tarragona, Ciudad Real, Navarra y Santander.
Seis diputados: Le¨®n, Baleares y Las Palmas.
Siete diputados: Badajoz, Ja¨¦n, Santa Cruz de Tenerife, Guip¨²zcoa, C¨®rdoba y Granada.
Ocho diputados: Zaragoza, Pontevedra, M¨¢laga., Murcia y C¨¢diz.Nueve diputados: Alicante y La Coru?a.
Diez diputados: Oviedo y Vizcaya.
Doce diputados: Sevilla.
Quince diputados: Valencia.
Treinta y dos diputados: Madrid.
Treinta y tres diputados: Barcelona.
Este n¨²mero de dinutados norcada provincia es el resultado de conceder dos a cada, una al margen de su poblaci¨®n, y atribuir despu¨¦s un diputado m¨¢s a cada provincia por cada 144.500 habitantes o fracci¨®n superior a 70.000.
El escrutinio.- Comienza el escrutinio. El presidente saca los sobres, uno a uno, y lee los votos en voz alta. Cada papeleta es examinada por los adjuntos e interventores. Se consideran nulos los votos emitidos en papeleta o en sobre no oficial, las papeletas sin sobre o las papeletas que, en n¨²mero superior a una, vayan en un mismo sobre: nulo tambi¨¦n el voto para el Congreso en el que se hubiera tachado o modificado alguno de los nombres o su orden; nulo el voto para el Senado.en el que se designe a m¨¢s de tres candidatos. Se consideran votos en blanco los votos a favor de una candidatura. legalmente retirada. Si existen dudas en alguna papeleta para el Senado, la decisi¨®n se dejar¨¢ para el final y se adoptar¨¢ por mayor¨ªa del presidente y adjuntos.
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