Lenguas nativas y sistema educativo
En la nueva Constituci¨®n espa?ola, as¨ª como en las normas que habr¨¢n de precisar el alcance de las autonom¨ªas regionales, figurar¨¢ necesariamente la referencia al empleo de la lengua nacional y de las lenguas nativas regionales en la ense?anza. Tema ¨¦ste muy propicio al apasionamiento y a la adopci¨®n de posiciones extremas exige como pocos la reflexi¨®n serena.La existencia de lenguas regionales en nuestro pa¨ªs, obvio es decirlo, es un hecho hist¨®rico y cultural; no es, en s¨ª mismo, un fen¨®meno pol¨ªtico, pero al hab¨¦rsele tratado como tal se ha creado un problema pol¨ªtico donde no lo hab¨ªa que, seg¨²n el criterio de determinados sectores, implicaba graves riesgos para la unidad nacional. La conocida frase ?el pensamiento no delinque? se ha aplicado, con sentido afirmativo esta vez, al idioma; en este caso a nuestras lenguas regionales.
En la realidad, la pluralidad ling¨¹¨ªstica de Espa?a, de arraigada tradici¨®n y de innegable riqueza literaria, constituye por su variedad un motivo de leg¨ªtimo orgullo y una herencia cultural muy valiosa que debiera conservarse y acrecentarse a trav¨¦s del sistema educativo. Si se acepta este planteamiento, tres cuestiones ofrecen un especial inter¨¦s: el derecho que todo individuo tiene al uso y estudio de su lengua materna; la armonizaci¨®n o compatibilidad del estudio de la lengua regional propia con el de la lengua nacional y los problemas pedag¨®gicos que esto origina.
El derecho a la utilizaci¨®n de la lengua materna en la ense?anza est¨¢ incluido en el principio del respeto a la identidad cultural inserto hoy en las convenciones internacionales m¨¢s progresistas y ?humanas? y figura entre las normas que regulan la pol¨ªtica educativa de numerosos pa¨ªses. En efecto, el biling¨¹ismo no es privativo de Espa?a: lo tienen, entre otras muchas naciones y lo han resuelto con mayor o menor acierto, B¨¦lgica, Canad¨¢, Francia, Estados Unidos, Inglaterra, Italia, Suiza y la Uni¨®n Sovi¨¦tica. Los intentos de limitaci¨®n o de eliminaci¨®n de ese derecho est¨¢n condenados al fracaso a la larga y motivan reacciones y movimientos muy amplios de protesta y rechazo que hacen contraproducente toda imposici¨®n que vaya en menoscabo de la lengua y la cultura propias. V¨¦ase el ejemplo de lo sucedido en nuestro Pa¨ªs: despu¨¦s de una pol¨ªtica restrictiva en ese orden, jam¨¢s tuvo el Pa¨ªs Vasco tantas ikastolas como ahora, ni ha habido nunca un inter¨¦s tan extendido en aprender y practicar el catal¨¢n, el valenciano o el gallego. Por otra parte, el uso de la lengua -materna en la escuela se justifica por razones sico-pedag¨®gicas y sociales. Su empleo contribuye a un desarrollo mental m¨¢s completo del ni?o, a la formaci¨®n de una personalidad equilibrada desde el punto de vista afectivo y social y favorece, al propio tiempo, la integraci¨®n familia, escuela y sociedad.Pero el cumplimiento efectivo de ese derecho al empleo de la lengua materna en la ense?anza debe ir acompa?ado del cultivo cuidadoso y exigente de la lengua castellana. Ser¨ªa un flaco servicio al ni?o espa?ol de las regiones biling¨¹es el que, en virtud de una reacci¨®n extrema, se adoptasen disposiciones en materia de ense?anza que fuesen en menoscabo de un conocimiento lo m¨¢s completo posible, de un dominio de la lengua castellana. Muchas y muy poderosas razones justifican el que se d¨¦ a ¨¦sta la mayor importancia: el hecho de que el castellano sea el v¨ªnculo de comunicaci¨®n com¨²n a todos los espa?oles; la espl¨¦ndida riqueza de su lengua y literatura; en fin, su valor a la vez pragm¨¢tico y sentimental por ser la lengua hablada en m¨¢s de veinte pa¨ªses de raigambre espa?ola y un idioma de primer orden en el concierto internacional. Sobre la Importancia real que eso tiene podr¨ªan dar testimonio valioso los exilados espa?oles de nuestra ¨²ltima guerra civil al comparar la diferencia en las posibilidades que se les ofrecieron de rehacer su vida entre los que fueron a pa¨ªses hispanoamericanos y los que quedaron en Europa. Ello no se debi¨® solamente a una actitud o acogida m¨¢s o menos generosa de ciertos pa¨ªses; lo hizo posible la existencia de una lengua.
La introducci¨®n de la ense?anza biling¨¹e presenta en la pr¨¢ctica problemas de cierta complejidad cuya soluci¨®n exige criterios flexibles, medidas pedag¨®gicas originales, diversas y... tiempo. Obligan a ello las diferentes caracter¨ªsticas del biling¨¹ismo seg¨²n las regiones, y a¨²n en el interior de cada una de ellas, en lo que respecta a la extensi¨®n del uso de la lengua propia. Seg¨²n unas encuestas que figuran en la obra La cuesti¨®n regional espa?ola, que acaba de publicar la editorial ?Cuadernos para el Di¨¢logo?, mientras que en Catalu?a habla el catal¨¢n, el 68% de la poblaci¨®n, en el Pa¨ªs Vasco m¨¢s del 54% de sus habitantes no entienden el euskera; en Galicia hablan su lengua propia el 81 %, porcentaje que se reduce en Valencia al 60% para el uso del valenciano. Los porcentajes mencionados disminuyen considerablemente en lo que se refiere al conocimiento y pr¨¢ctica de la lengua escrita. Entre los sectores de poblaci¨®n que no hablan la lengua de la regi¨®n en que residen figuran contingente numerosos de emigrantes que pueden estar, o no, interesados en que sus hijos reciban la ense?anza en la misma. Esto plantea una cuesti¨®n de principio y un problema pedag¨®gico: en el primer caso se trata de si debe existir una posibilidad opcional, seg¨²n el criterio de los padres; en segundo t¨¦rmino, el de cu¨¢les ser¨¢n los m¨¦todos m¨¢s apropiados de ense?anza en las clases a las que concurren ni?os que hablan en sus casas la lengua nativa y otros en cuyos hogares se emplea una lengua distinta. A todo esto, que muestra la complejidad que entra?a la ense?anza biling¨¹e, hay que agregar, entre otros elementos o factores el de la preparaci¨®n del profesorado necesario para ello, el respeto a los derechos del profesorado que ejerce en las regiones biling¨¹es sin poseer el conocimiento de las respectivas lenguas, a qu¨¦ niveles educativos debe extenderse dicha ense?anza y con qu¨¦ intensidad, y la necesidad de textos, entre otros elementos. Esas cuestiones ser¨¢n objeto de comentario en otro art¨ªculo, pero al finalizar ¨¦ste reproducimos, por el car¨¢cter ilustrativo que puede tener para la reflexi¨®n sobre la importante materia del biling¨¹ismo, el texto del art¨ªculo cincuenta de la Constituci¨®n de la Segunda Rep¨²blica espa?ola: ?Las regiones aut¨®nomas podr¨¢n organizar la ense?anza en sus lenguas respectivas, de acuerdo con las facultades que se concedan en sus estatutos. Es obligatorio el estudio de la lengua castellana, y ¨¦sta se usar¨¢ tambi¨¦n como instrumento de ense?anza en todos los centros de instrucci¨®n primaria y secundaria de las regiones aut¨®nomas ... ?
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.