El Senado no'paiiicipan en la elaboraci¨®n del borrador constitucional
La Mesa del Senado ha desestimado la petici¨®n presentada por el grupo parlamentario de Progresistas y Socialistas Independientes (PSI), en el sentido de que se creara una comisi¨®n mixta Congreso-Senado encargada de elaborar el proyecto de Constituci¨®n. La decisi¨®n de la Mesa se basa en el art¨ªculo tercero de La ley de Reforma Pol¨ªtica, que atribuye-exclusivamente la iniciativa en materia constitucional al Gobierno y al Congreso de Diputados.
En la carta enviada por el presidente del Senado, Antonio Font¨¢n, al portavoz del PSI, Manuel Villar Arregui, explicando las razones de esa desestimaci¨®n, se se?ala que por el momento su propuesta no ser¨¢ sometida a discusi¨®n.
Seg¨²n manifest¨® a Cifra Joaqu¨ªn Satr¨²stegui, miembro de dicho grupo, la negativa de la presidencia del Senado ha sorprendido al PSI. ?Si esta negativa se mantiene -—dijo habr¨¢ que esperar a que se redacte el reglamento de las Cortes para volver a plantear el tema.?
Los trabajos de las respectivas ponencias para elaborar un borrador de reglamento para el Congreso y el Senado continuaron ayer a lo largo de todo el d¨ªa.
La ponencia del Senado estudi¨® el procedimiento para el estudio del proyecto de Constituci¨®n, que, como se sabe, ser¨¢ remitido a esa C¨¢mara una vez que haya sido discutido y aprobado en el Congreso.
Los senadores, seg¨²n el borrador del reglamento, tendr¨¢n cinco d¨ªas para el estudio del proyecto y presentaci¨®n de enmiendas, las cuales deber¨¢n estar suscritas al menos por diez senadores. La Comisi¨®n del Senado encargada del tema constitucional fijar¨¢ su criterio para despu¨¦s someterlo al pleno, en el que se debatir¨¢n primero las enmiendas a la totalidad y despu¨¦s las relativas al articulado.
Durante la discusi¨®n de las normas constitucionales podr¨¢n realizarse correcciones de viva voz de las enmiendas presentadas por escrito, lo que constituye una novedad con respecto a las normas de las Cortes org¨¢nicas. Igualmente constituye una novedad el que, a propuesta del presidente del Senado, del Gobierno o de diez senadores, la C¨¢mara pueda resolver, por mayor¨ªa absoluta, que un art¨ªculo est¨¢ lo suficientemente debatido, sin que proceda la discusi¨®n de otras enmiendas ni rectificaciones.
Tambi¨¦n se estudi¨® el procedimiento de elecci¨®n de los cuatro senadores y cuatro suplentes que habr¨¢n de formar parte de la comisi¨®n mixta Congreso-Senado, establecida en la ley de Reforma Pol¨ªtica para el caso de que exista desacuerdo entre ambas C¨¢maras respecto a puntos importantes del texto constitucional. La ponencia de reglamento piensa que cada grupo parlamentario proponga uno o m¨¢s candidatos, y que la elecci¨®n se realice con papeletas pudiendo votar cada senador a un solo candidato.
Uno de los temas m¨¢s debatidos ayer en dicha ponencia fue el de la fijaci¨®n del orden del d¨ªa. Al parecer. Uni¨®n de Centro Democr¨¢tico ha presentado una propuesta seg¨²n el cual el Gobierno podr¨¢ decidir qu¨¦ asuntos son de inscripci¨®n prioritaria en el mismo.
Los trabajos de la ponencia de reglamento del Congreso se anuncian especialmente arduos en el tema del control parlamentario del Gobierno. Una propuesta presentada especifica que los votos de censura que se intenten contra el Gobierno o contra alguno de sus miembros tendr¨¢ que fundarse en su gesti¨®n ministerial, y que deber¨¢n estar suscritos por cincuenta diputados como m¨ªnimo.
Por otra parte, es posible que las ponencias que estudian los reglamentos de ambas C¨¢maras celebren una sesi¨®n de trabajo conjunta, al objeto de intercambiar opiniones. Entre las primeras diferencias que se observan en los borradores del reglamento del Senado y del Congreso figura la de creaci¨®n de comisiones siguiendo un criterio de ¨¢rea de trabajo o de departamentos ministeriales.
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