El ins¨®lito "Club de La Herrer¨ªa"
Obvio parece que un club de golf no constituya noticia ni proporcione argumento al comentario propio del arte, a no ser que haya sido fundado a expensas de alg¨²n tesoro hist¨®rico-art¨ªstico directamente vinculado a un Patronato que debiera velar por ¨¦l como parte integrante del patrimonio nacional, acervo com¨²n de todos los espa?oles. El caso se har¨ªa a¨²n m¨¢s parad¨®jico si, adem¨¢s de la caprichosa concesi¨®n de los terrenos, del lado de la autoridad, los propios subordinados o encargados de atender a dicho tesoro dedicaran su empleo a cuidar de unas instalaciones deportivas, o que imprescindibles servicios, como el del agua, recabasen atenciones prioritarias de ¨¦stas, en perjuicio de aqu¨¦l.?Se imagina usted que, desde hace unos cuatro a?os, el Jard¨ªn de los frailes, del monasterio de El Escorial, haya quedado convertido, por falta de riego, en una especie de erial o barbechera, en tanto el club de marras, dependiente del patrimonio de dicha entidad, mon¨¢stica, nada en la abundancia del l¨ªquido elemento para el buen cuidado de pistas y praderas y ornato conveniente de los jardines de su chalet social? ?Creer¨ªa que, al propio tiempo, los jardines de las Casitas de arriba y de abajo (soberbias obras, ambas de Juan de Villanueva) se hallan m¨¢s que desatendidas, con las estufas abandonadas y sin la debida reposici¨®n de ¨¢rboles en los paseos?
?Se le hace a usted concebible que, frente a la patente penuria acu¨¢tica en el recinto hist¨®rico-art¨ªstico, se haya reconstruido la presa del Bat¨¢n, con el adecuado complemento de un dep¨®sito elevado, a fin de mantener en perenne verdor (que dijo el cl¨¢sico) las pistas y jardines de un llamado complejo deportivo? ?Cabe en la cabeza de usted, o de cualquier razonable ciudadano, que los dichos golfistas hayan ocupado parte del jard¨ªn de la Casita del infante don Gabriel y hasta hayan derribado algunos de sus muros para instalar el chalet de los ni?os (de los abonados) y dar paso a una calle de juego? ?Dar¨ªa cr¨¦dito al hecho de que los jardineros del club sean los mismos del Real Sitio, o que los pintores del monasterio cumplan funciones de ba?eros en la piscina de la tal entidad deportivo-social, pero menos?
Autonom¨ªa econ¨®mica y jur¨ªdica
Este y no otro es el caso del autotitulado Complejo Deportivo de La Herrer¨ªa, primordialmente destinado al ejercicio golf¨ªstico y acogido a tal denominaci¨®n por hallarse enclavado en una buena parte de la finca as¨ª bautizada, propiedad del Patrimonio Nacional, a trav¨¦s del Patronato del Monasterio de San Lorenzo El Real de El Escorial, desde que lo instituyera el rey Felipe II en cumplimiento de un voto de gratitud por la victoria obtenida, en San Quint¨ªn, sobre las tropas francesas, el 10 de agosto de 1557, festividad de San Lorenzo. Un caso m¨¢s de las mangas y capirotes que del Patrimonio Nacional se han venido haciendo a favor de su particular r¨¦gimen de absoluta independencia econ¨®mica e indivisible unidad jur¨ªdica, de acuerdo con la ley fundacional de 7 de marzo de 1940.En el pre¨¢mbulo de dicha ley se nos dice textualmente: ?Los bienes constitutivos del antiguo Patrimonio de la Corona estuvieron asignados al uso y servicio del Jefe del Estado, como la m¨¢s elevada representaci¨®n nacional. Al modificarse ¨¦sta con la Rep¨²blica, la ley de 22 de marzo de 1932 los desvincul¨® de su antiguo y propio destino, d¨¢ndoles aplicaciones varias, sin sentido ¨²til algunas, partidistas y sectarias las otras. Recobrada por la Jefatura del Estado la plenitud de su tradicional significaci¨®n, debe volver el antiguo Patrimonio de la Corona a servir en el alto fin para que fue constituido.?
Sin entrar ni salir en la rectitud de intenciones del texto preambular, se me ocurre dejusticia se?alar que de esas aplicaciones varias (por sectarias, partidistas e in¨²tiles que al nuevo legislador le parecieren) no fueron pocas las que con la Rep¨²blica hallaron un destino m¨¢s com¨²n o menos privatizado que con los reg¨ªmenes precedente y subsiguiente. Justicia obliga igualmente a reconocer que en el per¨ªodo republicano pudo la Hacienda P¨²blica ejercer sobre ellos alg¨²n control legal, frente a la absoluta autonom¨ªa econ¨®mica e independencia jur¨ªdica que el nuevo r¨¦gimen especial regalaba en bandeja al Patrimonio Nacional a la gesti¨®n de sus m¨¢s directos responsables.
A todo ciudadano consciente ha de patecerle justa y necesaria la idea de desamortizaci¨®n, concesi¨®n, venta o alquiler de aquellas propiedades del Patrimonio Nacional que se avengan a p¨²blicas demandas o tiendan a remediar perentorias exigencias sociales. No creo, sin embargo, que obedezcan a unas u otras, algunas concesiones como las del Club de Campo o de Puerta de Hierro, o la tala y venta sistem¨¢tica de las maderas de Valsain (los m¨¢s codiciados pinos del pa¨ªs), m¨¢s el prop¨®sito de urbanizar alguna de sus zonas, o inesperadas transformaciones como la operada en terrenos de El Buen Suceso (pese a lo que diga el cartel que preside actualmente el solar), o la privatizaci¨®n de parcelas tan significativas como las de La Florida y Puerta de Hierro, en Madrid, con destino a viviendas, y no precisamente de las llamadas sociales.
En este estado de cosas es donde hay que situar la peregrina instituc¨ª¨®n del Complejo Deportivo de que se ocupa mi comentario, vulgarmente conocido, por razones ya dadas, como Club de GoTde, La Herrer¨ªa. Se iniciaron las costosas obras del campo de gol en 1964, sobre terrenos del Patronato del monasterio de San Lorenzo El Real de El Escorial, y con fondos del Patrimonio Nacional, due?o y se?or, a la postre, de lo uno y lo otro. Se concluy¨® en 1967, incluyendo actualmente el chalet social, instalaciones propiamente golf¨ªsticas y otras de diverso esparcimiento deportivo, piscinas, pistas de tenis...), adem¨¢s de la ya citada presa y conducciones destinadas al riego.
De las quinientas hect¨¢reas que conforman la finca de La Herrer¨ªa, ochenta han sido ocupadas por el Complejo Deportivo que ha usurpado su t¨ªtulo. El paso del ferrocarril produjo un corte en los terrenos de dicha finca, en la zona, concretamente, denominad¨¢ La Manguilla, donde en 1960, y no sabemos al amparo de qu¨¦ ley, se afinc¨® una urbanizaci¨®n, al tiempo que parece promoverse otra en la demarcaci¨®n comprendida entre el l¨ªmite del ferrocarril, la carretera de Avila y la ya urbanizada extensi¨®n del Prado Tornero. A tenor de lo visto y lo que a¨²n ha de verse, no es osado premonizar que, en breve tiempo, de la hist¨®rica Herrer¨ªa no va a quedar m¨¢s que el nombre.
La entidad usufructaria
No imagino que a nadie le pa rezca desacertado el que esta y otras extensas parcelas del Patrimonio Nacional se acomoden a naturales esparcimientos y pr¨¢cticas deportivas, siempre y cuando sean objeto de com¨²n disfrute o atiendan a demandas populares. ?Un campo de golf, con sus otros complementos deportivos, en una de las parcelas de la hist¨®rica Herrer¨ªa? Perfecto. ?Por qu¨¦ han de darnos fama universal los San tana y Orantes a base de recoger las pelotas de los se?oritos? ?Por qu¨¦ Severiano Ballesteros ha de divulgar el nombre de Espa?a por los cinco continentes tras haber cargado una y otra vez con los palos del amateur de turno, por qu¨¦ no fomentar indiscriminadamente y en suelo de todos,aquellas especialidades del deporte en que parecen sobrepujar los valores de la raza?No. No son ¨¦stos, a lo que se ve, los prop¨®sitos del digamos furtivo club escurialense, aunque lo relativo de su raz¨®n social bien pudiera hacer factible en su propio terreno la pr¨¢ctica democr¨¢tica del aristocr¨¢tico deporte. Con las pertinentes reformas legales, la hoy dudosa instituci¨®n debe seguir adelante. Ser¨ªa absurdo dar al traste con un tinglado que no pocos dispendios ha acarreado y sigue acarreando, del Patrimonio Nacional. De probarse anomal¨ªas jur¨ªdicas en la entidad usufructuaria, que se arbitren otras f¨®rmulas de disfrute o que se convierta, por ejemplo, en escuela nacional de golf. Y si su actual situaci¨®n se ajusta a derecho, que se le provea del adecuado estatuto, que hoy dista mucho, me creo, de poseer.
Dependiente de un Patronato de espec¨ªfica encomienda (y no precisamente gol¨ªistica) y propiedad, en todo caso, del com¨²n Patrimonio Nacional, dif¨ªcilmente puede ostentar plena personalidad jur¨ªdica el Complejo Deportivo de La Herrer¨ªa. Ocurre, en efecto, que ni sus normas privadas constituyen reglamento propiamente dicho, ni sus socios lo son en estricto sentido. Su misma normativa interna as¨ª lo reconoce, textualmente y con may¨²sculas, en el primero de sus apartados: ?Los usuarios de este compie.jo son ¨²nicamente ABON?DOS.? Y por si cupiera alguna duda o hubiese pie a diversidad de interpretaci¨®n, m¨¢s adelante agrega: ?No tienen derecho a retrotraer su cuota de entrada si solicitan su baja como abonados.?
Dr¨¢sticas medidas que en el cap¨ªtulo de atribuciones, que al presidente competen, llegan a adquirir rango poco menos que dictatorial: ?La hoja de inscripci¨®n se presenta en la presidencia, y una vez examinada por el presidente-y es admitido (enti¨¦ndase el solicitante) se le comunica tal admisi¨®n y se le piden fotografias por duplicado.? Este texto, que no puede desmentir una cierta remembranza surrelalista, se ve corroborado, junto con el anterior, por este mazazo final: ?Todas las modificaciones, reducciones y ampliaciones de las normas que rigen el club son dictadas por la presidencia, sin que ning¨²n abonado pueda dar opini¨®n alguna al respecto. Por ello, al fundarse el club, se dio la nominaci¨®n de abonados y no de socios.?
Esta es, en s¨ªntesis, la historia del Club de La Herrer¨ªa, y tales son sus cartas. credenciales, sostenidas por las anchas espaldas de todo un Patrimonio Nacional y de un Patronato que deb¨ªa haber estado un tanto m¨¢s atento a los asuntos hist¨®rico-art¨ªsticos de su espec¨ªfica competencia. No creo que sea abusiva petici¨®n el que losjardineros del monasterio vuelvan a ocuparse del abandonado Jard¨ªn de los frailes y de las Casitas de arriba.y de abajo; que los eventuales ba?eros del club vuelvan a cumplir su originario oficio de pintores del Real Sitio; que se repare el muro abierto en las dependencias de la Casa del infante don Gabriel; que las praderas de La Herrer¨ªa pasen a ser del com¨²n (tal como est¨¢n y con la cuota pertinente); que el arte y la historia retornen al lugar que mejor les cuadra... y que haya, en fin, agua para todos.
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