El capit¨¢n Dom¨ªnguez, ex miembro de la UMD, condenado en consejo de guerra a siete a?os de prisi¨®n
Siete a?os de prisi¨®n, con las accesorias de separaci¨®n del servicio y suspensi¨®n de todo cargo p¨²blico, profesi¨®n, oficio y derecho de sufragio durante este tiempo es la condena que por delito de conspiraci¨®n para la rebeli¨®n ha sentenciado el consejo de guerra seguido ayer contra el capit¨¢n de Aviaci¨®n Jos¨¦ Ignacio Dom¨ªnguez, acusado de pertenecer a la ya voluntariamente disuelta Uni¨®n Militar Democr¨¢tica (UDM). El fiscal solicitaba quince a?os de reclusi¨®n; el abogado defensor, la libre absoluci¨®n del acusado. El capit¨¢n Dom¨ªnguez recurrir¨¢ contra la sentencia.
El consejo de guerra se inici¨® alrededor de las nueve de la ma?ana en la sala de consejos de guerra del Gobierno Civil de Madrid. Presidi¨® el tribunal el general de divisi¨®n Ricardo Arozamena, director de Personal de la Jefatura Superior de Personal del Ej¨¦rcito, y actuaron como vocales el general de brigada Antonio Arias, jefe de Estado Mayor de la Primera Regi¨®n A¨¦rea; el general de brigada Jos¨¦ Alvarez Arenas, jefe de la XII Brigada Acorazada de Infanter¨ªa; el general de brigada Luis Torres Rojas, jefe de la Brigada Paracaidista, y, como vocal ponente, el coronel auditor Pedro Fern¨¢ndez Somoza.Como fiscal jur¨ªdico-militar actu¨® el teniente coronel de Artiller¨ªa Enrique Ugarte, y como defensor, el tambi¨¦n teniente coronel de Artiller¨ªa Juan Barja de Quiroga, abogado en ejercicio y actualmente en expectativa de destino dentro del Ej¨¦rcito.
El capit¨¢n Dom¨ªnguez compareci¨® ante el consejo de guerra con uniforme de capit¨¢n de Aviaci¨®n, como es preceptivo, aunque se encuentra en la actualidad en situaci¨®n de baja administrativa dentro del Ej¨¦rcito por el sumario que se le sigue como presunto autor de abandono de destino. Asistieron alrededor de un centenar de personas, una buena parte de ellas militares del Ej¨¦rcito de Tierra y del Aire, algunas de ellas vestidas de uniforme.
El consejo d¨¦ guerra se inici¨® con la lectura del apuntamiento, en el que se invirti¨® cerca de una hora. Fueron le¨ªdos, a petici¨®n del fiscal y del abogado defensor, algunos folios del sumario y unas p¨¢ginas del libro del acusado Cuando yo era un exiliado. Posteriormente, y tras un breve descanso, se procedi¨® al interrogatorio del capit¨¢n Dom¨ªnguez. Este reconoci¨® haber pertenecido a la UMD hasta su desaparici¨®n, y haber sido portavoz de la misma en el extranjero durante los catorce meses en que permaneci¨® voluntariamente exiliado. Se ratific¨® en las declaraciones que efectu¨® fuera de Espa?a, ?salvo errores de transcripci¨®n o traducci¨®n? (que fueron desmenuzados ante el tribunal por el abogado defensor en la sesi¨®n de la tarde), y tambi¨¦n en el contenido del aludido libro.
Cuatrocientos militares en la UNID
Dijo que unos cuatrocientos militares de los tres Ej¨¦rcitos pertenecieron a la autodisuelta UMD, y afirm¨® que mantuvo contactos con militares de otros pa¨ªses, y que viaj¨® por algunas provincias espa?olas con fines de captaci¨®n en nombre de la UMD. Asegur¨® no tener filiaci¨®n pol¨ªtica, y que, como sus compa?eros, era partidario de un cambio democr¨¢tico pac¨ªfico. ?Una vez instituida la democracia en Espa?a -dijo- la Uni¨®n no ten¨ªa raz¨®n de ser y, por eso, la disolvimos.?
Tras la prueba testifical, consistente en el testimonio de dos personas llamadas por el fiscal y otras dos (el ex comandante Otero y el ex capit¨¢n Valero, los dos juzgados y separados del Ej¨¦rcito por haber pertenecido a la UMD) por la defensa, el presidente del tribunal dio por levantada la sesi¨®n.
La sesi¨®n de la tarde, que dur¨® algo m¨¢s de dos horas, la consumieron en varias intervenciones el fiscal y el abogado defensor se?ores Ugarte y Barja de Quiroga.
La tesis del fiscal militar, que vincul¨® la sentencia del consejo de guerra de marzo de 1976 seguido contra los nueve militares de la UMD a la causa seguida contra el capit¨¢n Dom¨ªnguez, fue, en s¨ªntesis, la siguiente:
La UMD fue constituida en 1974 como organizaci¨®n clandestina, ilegal y de matiz subversivo, y sus objetivos eran la intervenci¨®n militar contra el r¨¦gimen legalmente establecido en Espa?a e impedir un cambio evolutivo. ?El hecho de que los objetivos que persegu¨ªa la UMD -dijo el fiscal- se hayan convertido en realidad, o est¨¦n a punto de convertirse, no justifica en ning¨²n caso los medios que la UMD utiliz¨®.? No es permisible, argument¨® igualmente, que un grupo de oficiales pretenda variar el orden vigente en un Estado legalmente establecido.
El fiscal relacion¨® igualmente el deseo de los militares de la UMD de mandar unidades militares como un factor de ayuda para un hipot¨¦tico golpe d¨¦ estado. Calific¨® el ideario y la actuaci¨®n de la UMD como un peligroso atentado contra el orden institucional de la naci¨®n, que ning¨²n Estado puede consentir. Dijo que el capit¨¢n Dom¨ªnguez, al igual que sus compa?eros, actu¨® como elemento activo de captaci¨®n y en campa?as de desprestigio y cr¨ªtica negativa en el extranjero contra el R¨¦gimen y las Fuerzas Armadas, y que actu¨® en contra de la disciplina y cohesi¨®n del Ej¨¦rcito y de las Fuerzas Armadas. Solicit¨® para el capit¨¢n Dom¨ªnguez, la pena de quince a?os de reclusi¨®n.
Por su parte, el abogado defensor rechaz¨® la vinculaci¨®n del proceso de ayer con la sentencia de marzo de 1976 ?porque la UMD ha sido autodisuelta el 28 de junio pasado y no tiene capacidad jur¨ªdica para ser condenada?. ?Si se tuviese en cuenta la sentencia, podr¨ªa haberse planteado una causa de incompatibilidad, ya que el presidente de aquel consejo de guerra es el actual capit¨¢n general de la I Regi¨®n Militar, que es quien habr¨ªa de firmar la sentencia del consejo de guerra de hoy.?
La UMD persegu¨ªa entre otros -argument¨® el abogado defensor- una evoluci¨®n pol¨ªtica pac¨ªfica, sin intervenci¨®n militar ni golpismo, reconocimiento de los derechos humanos, concesi¨®n de amnist¨ªa, legalizaci¨®n de los partidos pol¨ªticos, lucha contra la corrupci¨®n, apertura de un per¨ªodo constitucional, etc¨¦tera...
Rechaz¨® la acusaci¨®n del fiscal de provocaci¨®n para la rebeli¨®n militar, ya que la acusaci¨®n no hab¨ªa probado los hechso, y termin¨® diciendo que las actividades de la UMD, en todo caso, est¨¢n tipificadas en el C¨®digo de Justicia Militar y no podr¨ªa condenarse al acusado a m¨¢s de seis meses de arresto. Finalmente solicit¨® la libre absoluci¨®n del capit¨¢n.
El delito correspondiente a la causa 250/75, abierta a ra¨ªz de la detenci¨®n de un jefe y ocho oficiales en julio de 1975, se encuentra ya amnistiado, por-lo que en cualquier caso el capit¨¢n Dom¨ªnguez no tendr¨ªa que cumplir pena de reclusi¨®n.
Dado que la pena dictada es superior a tres a?os, lleva aparejada consigo la separaci¨®n del Ej¨¦rcito.
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