Primer juicio en Madrid contra los ocupantes de una vivienda
El juicio contra Marcelino Castillo, padre de una familia que ocup¨® ilegalmente una vivienda en mayo del pasado a?o, y contra Jos¨¦ Carlos Al¨ªa, presidente de la Asociaci¨®n de Vecinos de La Ventilla, barrio en el que se efectu¨® la ocupaci¨®n, se celebr¨® ayer en el Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero, 16, con la presencia de m¨¢s de trescientas personas, entre las que se encontraban numerosos representantes de partidos pol¨ªticos, centrales sindicales y movimiento vecinal madrile?o.
El delito de allanamiento de morada por supuesta ocupaci¨®n ilegal que ayer se juzg¨® se realiz¨®, junto con otros quince casos m¨¢s, en mayo de 1977. La denuncia de este caso habla sido realizada por una sobrina de la adjudicataria, Mar¨ªa del Rosario Cantero, quien falleci¨®, a los 83 a?os, en un centro de beneficiencia en marzo de 1977 tras llevar varios meses internada.Tras se?alar el secretario que la condena pedida para los acusados de allanamiento de morada era dos meses de arresto mayor y una multa de 15.000 pesetas, el primero en declarar fue Marcelino Castillo. Este, ante las preguntas del fiscal, explic¨® que ¨¦l no hab¨ªa forzado la puerta en ning¨²n momento y que el d¨ªa de la ocupaci¨®n lleg¨® cuando la puerta ya estaba abierta, limit¨¢ndose a poner un nuevo cerrojo. ?Al llegar al piso, estaba abierto, los muebles que habla en la casa los recogimos -a?adi¨®- y los metimos todos en una habitaci¨®n que despu¨¦s no ha sido utilizada.?
La defensa pidi¨® posteriormente al se?or Castillo que expusiera las condiciones de vida de la familia. ?Nosotros, mi mujer y mis seis hijos, viv¨ªamos en una casa situada en la calle Yerros, en el poblado de El Ventorrillo, a cien metros del Canal de Isabel Il. La casa s¨®lo tiene dos habitaciones y en ella viv¨ªamos ocho personas. Las humedades, falta de ventilaci¨®n y luz la hab¨ªan convertido en un r¨ªo sin ventilaci¨®n.? Al ser preguntado por su situaci¨®n econ¨®mica, respondi¨® que llevaba dos a?os sin trabajo y que estaba acogido al seguro de desempleo. ?Mi ¨²ltimo trabajo fue con Huarte y C¨ªa pero al terminarse las obras, me volv¨ª a quedar de m¨¢s.? Las siguientes preguntas hechas por la defensa estaban todas encaminadas a mostrar que el se?or Castillo hab¨ªa evitado un mal mayor a toda la familia al decidirse por la ocupaci¨®n y que los responsables de ¨¦sta eran, por igual, todos los miembros de la asociaci¨®n.
Jos¨¦ Carlos Al¨ªa, segundo de los acusados, manifest¨® que su complicidad no era mayor que la de los dem¨¢s vecinos del barrio y que consideraba un hecho totalmente justo el que una familia necesitada, como la que se estaba juzgando, hubiera utilizado una vivienda del Ministerio que estaba sin utilizar.
La denunciante, Mar¨ªa del Carmen P¨¦rez Cantero, insisti¨® en que hab¨ªa habido allanamiento de morada, porque su t¨ªa hab¨ªa sido trasladada al centro hospitalario hac¨ªa pocos meses y que cuando se enter¨® de los ocurrido, tras denunciar el hecho en la comisar¨ªa de Tetu¨¢n, acompa?ada de dos polic¨ªas entr¨® en la casa y comprob¨® que los muebles estaban amontonados y, parte de ellos, destrozados. Seg¨²n declar¨® despu¨¦s a preguntas de Francisca Sauquillo, en la casa no hab¨ªa luz y todo estaba a oscuras, por lo que no pudo comprobar el supuesto deterioro de los muebles.
Otros testigos aportados por la defensa -el fiscal no present¨® ninguno- fueron dos vecinas del barrio y una monja del centro de beneficiencia en el que estuvo internada la adjudicataria de la vivienda, quien asegur¨® que Mar¨ªa del Rosario Cantero, cuando fue internada, era incapaz de vivir sola, y aport¨® el dato de que la sobrina hab¨ªa prometido al centro que ceder¨ªa el piso para una familia necesitada.
Previamente a las conclusiones, los defensores, Francisca Sauquillo e Ignacio Luz¨¢rraga, manifestaron su protesta por la negativa del juez a aceptar como testigos de la defensa al director general y al delegado provincial de la Vivienda.
Como pruebas a favor de los juzgados, presentaron un escrito en el que se recog¨ªan 182 firmas de vecinos que se declaraban responsables de la ocupaci¨®n, una orden de la Delegaci¨®n Provincial de la Vivienda a la sobrina de la adjudicataria en la que se dec¨ªa a ¨¦sta que antes del d¨ªa 21 de este mes ten¨ªa que sacar los muebles de la vivienda, un certificado m¨¦dico con el historial de las enfermedades de tipo respiratorio que a causa de la humedad hab¨ªa sufrido la familia, las peticiones hechas al Ministerio solicitando una vivienda social y pruebas documentales sobre la situaci¨®n de la anterior vivienda.
En el cap¨ªtulo de conclusiones, el fiscal se lament¨® de la situaci¨®n general de la vivienda y de las malas condiciones que ten¨ªan que soportar muchas familias, pero insisti¨® en que se hab¨ªa cometido delito de violar el derecho de propiedad de la adjudicataria y que hab¨ªa habido violencia. ? Es violencia romper una puerta, y no es verdad -concluy¨®- que fuera una acci¨®n masiva. ?
La defensa respondi¨® al fiscal que no hab¨ªa entrado en el temario y volvi¨® a insistir en que no hab¨ªa habido allanamiento de morada porque al no vivir nadie ?no se perturbaba la santidad del hogar" y finaliz¨® diciendo que la ocupaci¨®n se hab¨ªa producido por la imprudente actuaci¨®n del Ministerio de la Vivienda?.
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