Asociaciones del personal civil en la Administraci¨®n militar
El personal civil al servicio de la Administraci¨®n militar podr¨¢ constituir asociaciones para la defensa de sus intereses profesionales y participar en la determinaci¨®n de las condiciones de empleo, si bien no podr¨¢ acudir, en ning¨²n caso, a la huelga. Estas normas se contienen en un decreto publicado ayer por el Bolet¨ªn Oficial del Estado.Las citadas asociaciones establecer¨¢n sus propios estatutos y se constituir¨¢n mediante acta fundacional suscrita, como m¨ªnimo, por un centenar de personas. Todas ellas tendr¨¢n ¨¢mbito nacional.
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