La Corte IDH condena a Colombia por no haber consultado al pueblo U¡¯wa en decenas de proyectos
En una sentencia que protege los derechos de los ind¨ªgenas del centro y nororiente del pa¨ªs, el tribunal internacional ordena cancelar tres t¨ªtulos mineros, entre otras decisiones
Han pasado casi dos a?os desde que el pueblo ind¨ªgena U¡¯wa llev¨® sus reclamos contra el Estado colombiano hasta el tribunal internacional m¨¢s importante de Am¨¦rica. Este viernes, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) le ha dado la raz¨®n y ha declarado que el Estado colombiano viol¨® sus derechos a la propiedad colectiva, la participaci¨®n pol¨ªtica, el acceso a la informaci¨®n, el medio ambiente sano, la libertad de expresi¨®n, la propiedad colectiva, el acceso a la informaci¨®n, la vida cultural, la ni?ez, la protecci¨®n judicial y la libre determinaci¨®n de los pueblos ind¨ªgenas. El pueblo hist¨®ricamente asentado en la falda del Nevado del Cocuy, en el centro oriente del pa¨ªs, ha ganado una batalla contra el Estado y tambi¨¦n contra las multinacionales petroleras que trabajan en su territorio.
La victoria es hist¨®rica. La lider¨®, desde la d¨¦cada de los 90, Evaristo Tegr¨ªa, el primer abogado U¡¯wa de Colombia y quien llev¨® el caso hasta la Comisi¨®n Interamericana de Derechos Humanos el 28 de abril de 1998. Y fue apenas en 2015 que la CIDH admiti¨® esa petici¨®n. Una demora que no pas¨® desapercibida para la Corte: ¡°El Tribunal nota con preocupaci¨®n que, entre la presentaci¨®n de la petici¨®n inicial ante la Comisi¨®n y el sometimiento del caso ante la Corte, transcurrieron 22 a?os y 6 meses¡±, dice al comienzo del fallo.
En esas dos d¨¦cadas, desde que los ind¨ªgenas elevaron la demanda hasta el fallo de este viernes, el Estado colombiano s¨ª se ha pronunciado sobre los derechos colectivos. En 2015, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca suspendi¨® uno de los t¨ªtulos mineros hasta que se adelantara la consulta previa. Durante los cinco a?os siguientes, la minera DDI Mining y la Agencia Nacional de Miner¨ªa se opusieron a la decisi¨®n judicial. Seg¨²n la Corte, ¡°no hay informaci¨®n adicional sobre lo resuelto en la segunda instancia¡±.
Ante la condena, la Agencia de Defensa Jur¨ªdica del Estado emiti¨® un comunicado en el que rese?a los avances en la protecci¨®n al pueblo U¡¯wa en las dos d¨¦cadas que estuvo el caso en el sistema interamericano. Se refirieron a sentencias de la Corte Constitucional que hablan sobre la protecci¨®n de las minor¨ªas ¨¦tnicas, la protecci¨®n de los territorios ind¨ªgenas, el reconocimiento del riesgo del pueblo U¡¯wa en el conflicto armado, entre otras. ¡°La Agencia acata la decisi¨®n tomada por la Corte IDH y reitera su compromiso con el cumplimiento de las ¨®rdenes proferidas¡±, se lee.
La sentencia internacional es la primera de la Corte IDH que protege los derechos colectivos de todo un pueblo ind¨ªgena colombiano, no de una o varias de sus comunidades espec¨ªficas. Los U¡¯wa, uno de los 102 pueblos ind¨ªgenas que hay en Colombia, est¨¢n asentados en cuatro departamentos: Arauca, Norte de Santander, Santander y Boyac¨¢. En esos territorios, hay al menos 6.825 personas de esa etnia.
La Corte IDH ordena al Estado que, en el menor tiempo posible, restituya la propiedad colectiva de las tierras a los ind¨ªgenas, que avance en la titulaci¨®n de su territorio y que termine ese saneamiento en un plazo m¨¢ximo de tres a?os. Una de las ¨®rdenes m¨¢s contundentes es la cancelaci¨®n de todos los t¨ªtulos mineros y petroleros que ha otorgado el Estado en el territorio ancestral de los U¡¯wa. La sentencia recoge varios testimonios de habitantes y l¨ªderes de la regi¨®n en los que denuncian que desde entonces se contaminaron las aguas de los r¨ªos y se afect¨® su estilo de vida, pesquero por tradici¨®n.
En su defensa, el Estado aleg¨® que, de tener que cancelar los t¨ªtulos petroleros y mineros de la regi¨®n, ¡°se pondr¨ªa en grave peligro la totalidad de la producci¨®n energ¨¦tica del pa¨ªs, y amenazar¨ªa el sistema econ¨®mico como un todo y la finalidad leg¨ªtima que debe alcanzar el Estado de promover el desarrollo¡±. Por el territorio U¡¯wa cruza el oleoducto Ca?o Lim¨®n - Cove?as, una de las principales infraestructuras petroleras de Colombia y blanco de innumerables ataques de la guerrilla del ELN desde su construcci¨®n. Sobre esto, la sentencia ha ordenado al Estado que mitigue los da?os ambientales ocasionados en marzo de 2014, en uno de los derrames de crudo que afect¨® a los ind¨ªgenas.
Laura Posada, abogada de Earth Rights International y una de las apoderadas del caso, dice v¨ªa telef¨®nica que otro de los puntos clave en la decisi¨®n es que la Corte no solo busca proteger los territorios ind¨ªgenas, sino tambi¨¦n las zonas adyacentes ¡°donde la implementaci¨®n de los proyectos mineros pueda tener un impacto en los pueblos ind¨ªgenas¡±. La Corte IDH tambi¨¦n determin¨® que el Estado deber¨¢ cumplir con la consulta previa y respetar la decisi¨®n, as¨ª los proyectos mineros est¨¦n andando en esa zona hace m¨¢s de 20 a?os.
Una de las organizaciones que celebr¨® la decisi¨®n es Amazon Watch, la oeneg¨¦ internacional para la protecci¨®n de comunidades ind¨ªgenas en la Amazonia. Frente a la decisi¨®n, Andrew Miller, el director de defensa de la organizaci¨®n, dijo v¨ªa WhatsApp que ¡°ahora la administraci¨®n del Presidente Petro tiene que actuar con urgencia para cumplir cabalmente con la sentencia en 2025. La sentencia tambi¨¦n reafirma el concepto de que los gobiernos, en Colombia u otros pa¨ªses de la regi¨®n, no deben imponer industrias extractivas en territorios ancestrales ind¨ªgenas en violaci¨®n de sus culturas y cosmovisiones que casi siempre se oponen a la destrucci¨®n de la Madre Tierra¡±.
El fallo, de 120 p¨¢ginas, resuelve una lucha judicial de casi tres d¨¦cadas. Juliana Bravo, otra de las abogadas del caso, sostiene que el an¨¢lisis que hizo la Corte IDH de este caso se podr¨ªa casi calcar para explicar lo que viven otros ind¨ªgenas de Colombia. A su juicio, la decisi¨®n es importante no solo porque reitera que el derecho a la consulta previa es inviolable y reivindica el derecho a la propiedad de la tierra de los pueblos ¨¦tnicos, sino porque muestra la importancia de la participaci¨®n activa de la comunidad en un caso. ¡°En este caso hubo varios abogados U¡¯wa interviniendo desde el comienzo. M¨¢s que ser un asunto jur¨ªdico, esto ha estado acompa?ado de procesos ancestrales que representan a las comunidades. Adem¨¢s de Evaristo Tegr¨ªa, que estructur¨® el proceso desde los a?os 90, Aura Tegr¨ªa acompa?¨® el caso hasta sus instancias en la Corte¡±.
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