Liberalizaci¨®n de la Caja Postal de Ahorros
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones publica un real decreto en el Bolet¨ªn Oficial del Estado por el que reglamenta determinados aspectos de la Caja Postal de Ahorros y se especifica que dicha entidad actuar¨¢ con autonom¨ªa respecto a la Administraci¨®n central del Estado, y que las operaciones mercantiles y bancarias que realice se regir¨¢n por el derecho privado y, en cuanto le sean aplicables, por las normas reguladoras de las entidades privadas de cr¨¦dito y ahorro.El real decreto especifica que los fines de la Caja Postal ser¨¢n la captaci¨®n de ahorro nacional, su administraci¨®n, la prestaci¨®n de servicios bancarios y de asesoramiento financiero a sectores crecientes de la poblaci¨®n espa?ola y la cooperaci¨®n en realizaciones econ¨®micas de inter¨¦s p¨²blico o sentido social, utilizando los medios de la administraci¨®n postal.
La disposici¨®n legal publicada en el BOE contempla la situaci¨®n de los funcionarios que prestan sus servicios en la Caja, y fija una escala profesional. Referente al tema de la intervenci¨®n, la disposici¨®n concreta que, en sustituci¨®n del r¨¦gimen de intervenci¨®n previa, las dotaciones estimativas del presupuesto de la Caja ser¨¢n de comprobaciones peri¨®dicas o procedimiento de auditor¨ªa por parte de la intervenci¨®n general de la Administraci¨®n del Estado.
Igualmente, se precisa que los departamentos competentes determinar¨¢n en el plazo de seis meses la implantaci¨®n del cheque postal, adopt¨¢ndose las medidas oportunas para su utilizaci¨®n como uno de los medios de pago y de transferencia por la Administraci¨®n del Estado.
El real decreto termina se?alando el inicio de elaboraci¨®n de un plan de ampliaci¨®n de la red de oficinas y de promoci¨®n comercial de la Caja Postal de Ahorros, cuya financiaci¨®n se acordar¨¢ por el Ministerio de Hacienda.
La Caja Postal dispone de unos recursos de m¨¢s de 130.000 millones de pesetas de depositantes.
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