Preocupaci¨®n en la RFA ante el aumento de peticiones de asilo
Las seiscientas peticiones de asilo pol¨ªtico registradas en Berl¨ªn occidental durante la primera quincena de agosto han encendido de nuevo las se?ales de alarma en los Ministerios del Interior y de la Vivienda en la Rep¨²blica Federal de Alemania. Para los ¨²ltimos d¨ªas de este mes est¨¢ prevista la reuni¨®n de la conferencia de los ministros correspondientes con objeto de acelerar la puesta a punto legal de un procedimiento para la tramitaci¨®n de las peticiones de asilo.
Con ¨¦l desaparecen algunas de las instancias de recurso previstas para el fugitivo, al que ha sido negado en principio el car¨¢cter de refugiado. Por otro lado, se restringir¨¢ el reconocimiento de este car¨¢cter para los casos de persecuci¨®n colectiva, sea de tipo pol¨ªtico, religioso o racial.
Berl¨ªn occidental es una puerta abierta en la RFA. Como resultado de su estatuto de ocupaci¨®n, cualquier viajante de procedencia oriental entra incontrolado en la ciudad. Esta circunstancia es aprovechada por mercaderes de hombres y abogados para hacer fortuna. Grupos de paquistan¨ªes llegan por el aeropuerto de Berl¨ªn. Este, previo pago de fortunas y con las m¨¢s fantasiosas esperanzas. En la parte occidental, tras entrega de su petici¨®n de asilo, son conducidos seg¨²n un criterio proporcional a los diferentes campos de internamiento en los laender de la Rep¨²blica Federal, hasta que la ¨²ltima instancia haya resuelto, frecuentemente tras a?os, su petici¨®n. El a?o pasado se registraron 16.400 peticiones, pero s¨®lo un 40% conducen al reconocimiento como refugiado.
Garantizado en la Constituci¨®n
El derecho de asilo est¨¢ garantizado por la Constituci¨®n: ?Los perseguidos pol¨ªticos gozan del derecho de asilo?, dice el art¨ªculo 16. Miles de personas procedentes de los pa¨ªses del Este han gozado de este derecho. Cincuenta mil refugiados viven hoy en el territorio de la RFA. Pero desde hace un a?o, la procedencia de los fugitivos ha cambiado: m¨¢s del 80 % son extraeuropeos. Desde entonces el problema del asilo es objeto del debate p¨²blico, y el reconocimiento del Derecho constitucional es cada vez m¨¢s restrictivo. La aparici¨®n del fen¨®meno ?paquistan¨ª? est¨¢ sirviendo como detonante para situaciones muy conflictivas. En Berl¨ªn occidental, por ejemplo, una liga de comerciantes ha logrado impedir la apertura de un centro social en su barrio utilizando argumentos de un racismo inhabitual en la Rep¨²blica Federal, denunciado incluso por la Administraci¨®n berlinesa.El problema de los refugiados en la RFA no es, sin embargo, m¨¢s grave que en otros pa¨ªses del ¨¢rea europea. Suiza, por ejemplo, ha reconocido en 1977 casi tantos refugiados como la RFA: 1.100, por los 1.800 de Alemania.
Utilizando el probablemente claro caso de abuso de los paquistan¨ªes, se puede llegar al no reconocimiento de causas de persecuci¨®n colectivas, es decir, dif¨ªcilmente demostrables para cada uno de los fugitivos: libaneses, kurdos y objetores de conciencia turcos, por ejemplo, se ver¨ªan privados, al igual que el jud¨ªo sovi¨¦tico, de un derecho constitucional.
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