No est¨¢ claro que Su¨¢rez tenga que dimitir tras la Constitucion .
Seg¨²n se aproxima el ¨²ltimo tr¨¢mite en la elaboraci¨®n de la Constituci¨®n, que deber¨¢ consistir en su refrendo por el electorado, las fuerzas pol¨ªticas comienzan a tomar posiciones respecto al pol¨¦mico tema de la continuidad o dimisi¨®n del actual Gobierno y de su presidente, Adolfo Su¨¢rez, una vez producida la aprobaci¨®n ?del texto constitucional.
Santiago Carrillo, secretario general del Partido Comunista de Espa?a, sac¨® el tema -sobre todo trasfondo pol¨ªtico- hace algunas semanas en el ¨®rgano de su partido Mundo Obrero, al exponer p¨²blicamente los posibles Gobiernos que podr¨ªan formarse tras la aprobaci¨®n de la Constituci¨®n. M¨¢s recientemente, Manuel Fraga, l¨ªder de Alianza Popular, ha levantado la pol¨¦mica propiamente dicha tras tomar posici¨®n a favor de la tesis de que el actual Gobierno y su presidente deber¨¢n cesar autom¨¢ticamente en sus funciones una vez aprobada la Constituci¨®n. La consecuencia de ello ser¨ªa la propuesta por el Rey de un candidato la Presidencia del Gobierno para que el Congreso proceda a invertirle, en los t¨¦rminos del art¨ªculo 9 de la Constituci¨®n. Sin embargo, el tema no parece claro. Tras la envoltura jur¨ªdica que cubre el razonamiento a favor o no de la dimisi¨®n, se esconden le distintos intereses pol¨ªticos de los partidos o grupos sociales EL PAIS ha querido saber qu¨¦ es lo que piensan al respecto los ponentes que elaboraron el anteproyecto de Constituci¨®n, por entender que son los m¨¢s indicados para interpretar la letra y el esp¨ªritu de la misma. Esta interpretaci¨®n, como puede observarse en las respuestas dadas, no es un¨¢nime, siendo evidente la disparidad de criterios entre el que fue ponente socialista. Gregorio Peces-Barba, y los ponentes de UCD, Jos¨¦ Pedro P¨¦rez-Llorca; del Partido Comunista de Espa?a, Jord¨ª Sol¨¦-Tur¨¢, y de la Minor¨ªa Catalana, Miguel Roca Junyent. EL PAIS les ha planteado la siguiente pregunta: una vez aprobada La Constituci¨®n, ?cree usted que el Gobierno estar¨¢ legalmente obligado a presentar su dimisi¨®n?
JOSE PEDRO PEREZ LLORCA (UCD)
La dimisi¨®n no es obligatoria
?Desde un punto de vista estrictamente jur¨ªdico nada hay en la Constituci¨®n que obligue a, hacer un nuevo tr¨¢mite en lo que se refiere al Gobierno tras la aprobaci¨®n de aqu¨¦lla. Sin embargo, desde eI punto de vista pol¨ªtico, el Gobierno puede considerar oportuno utilizar alguna de las t¨¦cnicas propuestas, como el voto de confianza, y, por supuesto, los grupos parlamentarios pueden interponer una moci¨®n de censura. Todo ello, por supuesto, de acuerdo con la conveniencia pol¨ªtica de cada grupo.?
JORDI SOLE TURA
(PC[-j 1 1
Por ley no est¨¢
obIflurado a dimitir
?Por ley no est¨¢ obligado a di,mitir el Gobierno tras la aprobaci¨®n de la Constituci¨®n. La disposici¨®n transitoria octava establece que las actuales C¨¢maras contin¨²en en sus funciones. Lo que va a cambiar tras la aprobaci¨®n de la Constituci¨®n es el modo de relacionarse el Gobierno con las C¨¢maras, que se desarrollar¨¢ a trav¨¦s de la moci¨®n d e censura y la cuesti¨®n de confianza.
Pol¨ªticamente, sin embargo, el Gobierno deber¨¢ presentar su dimisi¨®n. Est¨¢ claro que con la aprobaci¨®n de la Constituci¨®n se cierra un per¨ªodo pol¨ªtico y se abre otro. Se deroga la ley de Reforma Pol¨ªtica. Entonces, esa nueva situaci¨®n har¨ªa pol¨ªticamente conveniente que el Gobierno se sometiese a la ratificaci¨®n del Congreso.?M IG U EL ROCA J U NYENT
(Minoria Catalana) La Constituci¨®n no contempla esta circunstancia
?Desde un punto de vista estrictamente jur¨ªdico no es ¨ªmprescindible que el Gobierno dimita, porque la Constituci¨®n no contempla esta circunstancia. La Constituci¨®n es un texto solemne que no rige situaciones de presente, sino de futuro. Por tanto, lo que es de aplicaci¨®n al Gobierno es la forma en que debe gobernat, c¨®mo debe disolver lasCortes, c¨®mo debe controlarle el Parlamento, pero en modo alguno ser¨ªa de estricta aplicaci¨®n jur¨ªdica una investidura que la Constituci¨®n establece para cuando exista vacante en la cabeza del Gobierno.
Sin embargo, desde un punto de vista pol¨ªtico e incluso de imagen, para dotar al Gobierno de un car¨¢cter constitucional, resulta casi forzoso que el Gobierno sea de una manera u otra ratificado por el Congreso. De la misma manera que la Constituci¨®n inicia la Monarqu¨ªa parlamentaria deber¨ªa tambi¨¦n iniciar un Gobierno constitucional _?GREGORIO PECES-BARBA (PSOE) El Gobiemo ha de dimitir
?Est¨¢ obligado por la l¨¦gitimidad que se deroga y que no era democr¨¢tica. El Gobierno tiene que ajustarse en su nombramiento a lo que dispone la Constituci¨®n, concretamente a la necesidad del,voto de aceptaci¨®n del programa para el -candidato que proponga-el Rey y, previamente, a las consultas de los representantes de los grupos parlamentarios. la pr¨®rroga de la actual legislatura, que establece una de las disposiciones transitorias de la Constituci¨®n, s¨®lo implica la continuaci¨®n de las actuales C¨¢maras y no tiene ninguna relaci¨®n con el nombramiento del actual Gobierno y de su presidente, que depende de una propuesta de terna'del antiguo Consejo del Reino, felizmente desaparecido.?
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