Treinta y dos art¨ªculos aprobados en una ma?ana
El consenso Uni¨®n de Centro Democr¨¢tico-Partido Socialista Obrero Espa?ol funcion¨® ayer con eficacia durante la sesi¨®n del debate constitucional del Pleno del Senado, haciendo que s¨®lo en tres horas se aprobasen 32 art¨ªculos del proyecto de Constituci¨®n (del 91 al 123. ambos inclusive).
Los escasos votos particulares que grupos minoritarios o senadores individuales decidieron defender a lo largo de la sesi¨®n se estrellaron irremediablemente contra el muro del consenso de los dos grandes partidos, sin que nada pudieran hacer contra esta realidad pol¨ªtica las puyas ir¨®nicas unas veces, hirientes otras, que los peque?os David del Senado lanzaron una y otra vez contra el Goliat representado por el binomio UCD-PSOE.La desesperanza se hizo patente, sobre todo, en las intervenciones de los senadores Satr¨²stegui, Ollero y Villar Arregui, quienes en varias ocasiones retiraron sus votos particulares a varios art¨ªculos por razones de consenso, seg¨²n calificaron con intencionado sentido ir¨®nico.
Apenas iniciada la sesi¨®n, la defensa de un voto particular al art¨ªculo 92 presentado por el senador socialista Fernando Mor¨¢n dio ocasi¨®n a un intercambio de puntos de vista no exactamente coincidentes entre el Interpelante y UCD sobre la pol¨ªtica espa?ola respecto al Mercado Com¨²n. El se?or Mor¨¢n pretend¨ªa con su voto constitucionalizar la obligatoriedad de someter a refer¨¦ndum los tratados o convenios internacionales firmados por Espa?a, con especial referencia al que ratifique en su d¨ªa la posible adhesi¨®n espa?ola a la CEE
La actitud contraria de UCD, que se declar¨® por boca de Alberto Bailar¨ªn, ?partido europe¨ªsta?, hizo que el voto particular del se?or Mor¨¢n no prosperase, en base a que el art¨ªculo anterior del texto constitucional ya establece la posibilidad de que las decisiones pol¨ªticas de especial trascendencia sean sometidas a refer¨¦ndum consultivo de todos los ciudadanos.
Los restantes art¨ªculos, hasta el 95 inclusive. del cap¨ªtulo De los tratados internacionales, y los correspondientes al t¨ªtulo Del Gobierno y de la Administraci¨®n (del 96 al 106) y al t¨ªtulo De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes generales (del art¨ªculo 107 al 115), fueron aprobados con rapidez de acuerdo con el texto del dictamen por virtud del consenso entre ucedistas y socialistas.
S¨®lo los senadores Ollero y Gamboa protagonizaron peque?as escaramuzas al pretender el primero que la moci¨®n de censura al Gobierno, reconocida en el art¨ªculo 112 del texto constitucional, fuese motivada, y el segundo, que el Rey pudiese decretar por s¨ª mismo la disoluci¨®n de las Cortes generales en circunstancias excepcionales o por motivos de especial gravedad. El art¨ªculo 114, al que el almirante Gamboa present¨® su voto particular, establece que el Rey decretar¨¢ la disoluci¨®n del Congreso, del Senado o de las Cortes generales cuando as¨ª se lo proponga el presidente del Gobierno, previa deliberaci¨®n del Consejo de Ministros, y bajo su exclusiva responsabilidad.
Fiscal general del Estado
Mayor debate hubo en la discusi¨®n de los art¨ªculos 116 al 123, comprendidos en el t¨ªtulo Del poder judicial, en donde se produjeron dos modificaciones en relaci¨®n con el texto del dictamen. Un voto particular del Grupo de Progresistas y Socialistas Independientes, defendido por el senador Villar Arregui, logr¨® ser aceptado por ucedistas y socialistas. En virtud de este voto particular desaparece del p¨¢rrafo segundo del art¨ªculo 121 la frase ?y duraci¨®n de su mandato?. Ahora, este p¨¢rrafo, referente al Consejo General del Poder Judicial, queda as¨ª: ?La ley org¨¢nica establecer¨¢ su estatuto y el r¨¦gimen de incompatibilidades de sus miernbros y sus funciones, en particular en materia de nombramientos, ascensos, inspecci¨®n y r¨¦gimen disciplinario.?
Otro voto particular, presentado por el senador real se?or Guti¨¦rrez Rubio al apartado 4.? del art¨ªculo 123, con la finalidad de cambiar la denominaci¨®n de fiscal del Tribunal Supremo por la de fiscal del Reino, origin¨®, aunque dicho voto no prosperase, que UCD patrocinase el cambio de la primera denominaci¨®n por la de fiscal general del Estado. La iniciativa de UCD, apoyada por los socialistas, tuvo ¨¦xito, despu¨¦s de que el grupo del partido del Gobierno se convenciese de que la denominaci¨®n de fiscal del Reino no obtendr¨ªa el consenso de los senadores del Grupo Socialista.
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