El impuesto religioso
EL BORRADOR de acuerdo econ¨®mico entre la Santa Sede y Espa?a est¨¢ siendo ya ultimado. Con ello se completar¨¢ el cuadro de los cuatro tratados espec¨ªficos que van a sustituir al actual Concordato todav¨ªa vigente, aunque obsoleto y desfasado, entre Espa?a y el Vaticano. El momento es oportuno. Un nuevo Papa, de peculiares caracter¨ªsticas y personalidad indiscutible, ha subido al solio pontificio, y Espa?a se prepara para refrendar su primera Constituci¨®n democr¨¢tica en m¨¢s de cuarenta a?os.Aunque la Constituci¨®n vaya a proclamar el car¨¢cter no confesional del Estado espa?ol, lo cierto es que, asimismo, reconocer¨¢ el peso espec¨ªfico de la Iglesia cat¨®lica dentro de la sociedad espa?ola. El elevado porcentaje de poblaci¨®n cat¨®lica en nuestro pa¨ªs es indiscutible: lo que resulta ya extra?o es que se privilegie con una menci¨®n literal a una confesi¨®n religiosa de entre todas las que existen en el pa¨ªs. De hecho, se sabe que el n¨²mero de cat¨®licos practicantes espa?oles es muy superior al del resto de las confesiones; por lo menos diez millones de ciudadanos se re¨²nen en 6.000 iglesias cat¨®licas todas las semanas para testimoniar su fe. Su n¨²mero y su fe les concede su verdadera fuerza, mucho m¨¢s que la infeliz menci¨®n constitucional.
Actualmente, la Iglesia espa?ola vive de sus propios recursos, de los donativos de los creyentes y de una subvenci¨®n estatal -6.000 millones de pesetas- que proviene, por tanto, indiscriminadamente del bolsillo de todos los contribuyentes, sean o no cat¨®licos. Pero en Espa?a existe la libertad religiosa, y la no confesionalidad va a ser un principio constitucional. De ah¨ª que en un principio de justicia objetiva sea un estimable paso adelante la soluci¨®n que parece arbitrada en el borrador citado para instituir un impuesto religioso en el seno del sistema fiscal general del pa¨ªs.
La otra soluci¨®n posible, en estricta justicia te¨®rica,ser¨ªa que la Iglesia constituyera su propio sistema fiscal; pero ello no parece precisamente demasiado viable. Y ser¨ªa inimaginable que cada confesi¨®n religiosa existente en nuestro pa¨ªs, por minoritaria que sea, pretendiera similar autonom¨ªa fiscal. La soluci¨®n arbitrada parece, pues, la m¨¢s correcta y factible.
Pero ?qu¨¦ es el impuesto religioso? No se trata, como pudiera pensarse, de un impuesto espec¨ªfico que el Estado se encargar¨ªa de recaudar. Mucho nos tememos que en dicho caso la mayor¨ªa de los contribuyentes se declarar¨ªan agn¨®sticos, por grande que fuera su fe en Cristo o en los Testigos de Jehov¨¢. No. Se trata simplemente de que un pequeno porcentaje de los impuestos que cada ciudadano pague, id¨¦nticos y equitativamente proporcionales para todos, vaya a parar a las arcas de la organizaci¨®n religiosa que represente su creencia. Esto es que, en cada declaraci¨®n del impuesto sobre la renta, que al integrar en su seno al actual impuesto sobre rendimientos del trabajo personal ser¨¢ pagado por la inmensa mayor¨ªa de los espa?oles, el contribuyente haga constar a qu¨¦, Iglesia o confesi¨®n religiosa desea que sea vertido el porcentaje que se decida. Y en el caso de que el contribuyente sea agn¨®stico no por ello dejar¨¢ de pagar el citado porcentaje, sino que ir¨¢ a parar a las arcas del Tesoro p¨²blico, quiz¨¢ para obras asistenciales o para cualquier destino ulterior que se determine tras la correspondiente aprobaci¨®n parlamentaria.
Quedan tres puntos todav¨ªa por decidir, o al menos se desconoce hasta el momento si se ha llegado a un acuerdo sobre ellos. El porcentaje de este denominado impuesto religioso, que sin duda ser¨¢ determinado cada a?o seg¨²n los respectivos presupuestos, y tras el debate. parlamentario de rigor, es el primero. Los otros dos, las exenciones fiscales y el patrimonio art¨ªstico de la Iglesia espa?ola, pues el resto de las confesiones religiosas no parecen gozar de similares situaciones de privilegio f¨¢ctico. Pero estamos en la recta final, y es de esperar que muy pronto se despejar¨¢n estas ¨²ltimas inc¨®gnitas. Por ¨²ltimo, cabe a?adir que el establecimiento del impuesto religioso aclarar¨¢ finalmente muchas dudas y pondr¨¢ las cosas en su sitio, para conocer en profundidad la realidad exacta del fen¨®meno religioso en Espa?a.
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