Herrero de Mi?¨®n y la libertad de ense?anza
Alg¨²n titular de EL PA?S relativo a mi conferencia en el Club Siglo XXI sobre la libertad de ense?anza, m¨¢s la nota de CCOO, recientemente publicada, en la que se expresa el ?m¨¢s absoluto desacuerdo y repulsa? hacia la tesis, por m¨ª defendida, de que no puede privarse a los centros privados de ense?anza de la potestad de despedir a los profesores que te¨®rica o pr¨¢cticamente ense?en valores contrarios a los que el centro profesa (v. gr.: las ventajas de la libre empresa en un colegio comunista, las excelencias de la carne en un centro costeado por padres vegetarianos, el materialismo ateo en un centro cat¨®lico, etc¨¦tera) requiere de mi parte, las siguientes puntualizaciones:1. A mi juicio, los profesores de
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centros docentes privados son trabajadores de la ense?anza y, como tales, sus relaciones con la empresa docente deben ser de ¨ªndole estrictamente laboral. No creo que CCOO, aun llevada de su habitual moderaci¨®n, pueda poner esto en tela de juicio.
2. Una de las principales obligaciones del trabajador, tanto en nuestro pa¨ªs como en cualquier otro, es la fidelidad, no al empresario, sino a la empresa (art¨ªculo 70 LCT) y tampoco creo que CCOO vaya a impugnar este deber inherente a la buena fe de toda relaci¨®n contractual (art¨ªculo 1.258 CC). ?O acaso s¨ª?
3. Aplicando la categor¨ªa gen¨¦rica de fidelidad al campo de la empresa docente no puede significar otra cosa que la leal colaboraci¨®n en el proyecto pedag¨®gico al que el centro responde ?Qu¨¦ puede significar si no?
4. Una consecuencia del deber de fidelidad es la prohibici¨®n de concurrencia. El trabajador -y ?por qu¨¦ exceptuar al trabajador de la ense?anza?- est¨¢ obligado a no hacer la concurrencia a su empresario o a colaborar con quienes se la hacen (art¨ªculo 73 LCT). Ahora bien, es claro que en el campo docente no hay mayor concurrencia que ense?ar valores contrarios a los que inspiran el centro docente en el cual se ense?a.
5. La deslealtad grave, y tal es el caso de la concurrencia, justifican el despido en cualquier pa¨ªs libre.... e incluso en la URSS. Pero como este ¨²ltimo ejemplo no es grato a CCOO, me remito simplemente al sentido com¨²n. ?No es absurdo que el profesor contratado pueda impunemente traicionar a la empresa donde trabaja y a la familia que env¨ªa su hijo en busca de unos valores contrarios a los que el profesor en cuesti¨®n ense?a?
Diputado
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