La renovaci¨®n del convenio de ense?anza privada, en punto muerto
Con el tel¨®n de fondo del art¨ªculo 27 de la Constituci¨®n y toda una important¨ªsima legislaci¨®n pendiente (ley de Financiaci¨®n de la Ense?anza Obligatoria, estatuto de centros docentes, estatuto del profesorado ... ) el desentendimiento entre patronos y trabajadores supone una grave amenaza para el futuro de un sector que representa casi la mitad del aparato educativo del pa¨ªs. Aparentemente, las dificultades para negociar el convenio no residen en una negativa radical al di¨¢logo por parte de la patronal. Esta manifiesta en todo momento su disposici¨®n, y culpa a las centrales sindicales de no saber ponerse de acuerdo. Este supuesto desacuerdo entre los representantes de los trabajadores, que ser¨ªa coherente, por otra parte, con el principio de pluralismo sindical, no ha impedido que seis centrales sindicales hayan sabido dejar a un lado las diferencias derivadas de sus peculiaridades, para poder presentar un proyecto conjunto en la mesa de las negociaciones. En ning¨²n otro sector laboral se produce ni con facilidad ni con frecuencia la capacidad de entendimiento de que, hasta la fecha, vienen dando muestras las federaciones de ense?anza de CCOO, CSUT, SU, UGT y USO, a quienes se une tambi¨¦n la Uni¨®n Confederal de Sindicatos de Trabajadores de la Ense?anza (UCSTE). El verdadero desentendimiento se produce entre esta coalici¨®n de centrales y la formada por FESIE y FESITE, las dos federaciones de sindicatos independientes de la ense?anza. Cuando en la pasada primavera las centrales sindicales hab¨ªan convencido a las asociaciones patronales para iniciar las conversaciones encaminadas a la mencionada revisi¨®n del convenio, el di¨¢logo hubo de interrumpirse en sucesivas ocasiones por la irrupci¨®n de los independientes, que no hab¨ªan sido invitados al mismo. FETE-UGT denunci¨® p¨²blicamente la ?Invasi¨®n? de su sede por parte de los representantes de los sindicatos independientes que se presentaron en sus locales con la intenci¨®n de intervenir en una reuni¨®n que all¨ª se celebraba entre las centrales y la patronal. La reuni¨®n hab¨ªa sido convocada casi en secreto y te¨®ricamente los sindicatos independientes, que no hab¨ªan sido invitados, deb¨ªan ignorar su celebraci¨®n. El incidente sirvi¨® de pretexto a la patronal para interrumpir las conversaciones e invitar a los representantes de los trabajadores a que se pusieran de acuerdo entre ellos, todo lo cual determin¨® el laudo arbitral de las autoridades laborales.
Representatividad sindical
En el presente curso, antes de que llegase a su t¨¦rmino la vigencia del actual convenio, los sindicatos independientes manifestaron su voluntad de llegar a un planteamiento unitario con las centrales sindicales con vistas a las negociaciones. La invitaci¨®n no fue aceptada por ¨¦stas porque la suya es una ?coalici¨®n entre sindicales "de clase" que responde a una coherencia de planteamientos que no pueden improvisarse?.La coalici¨®n de centrales-, que apela al principio del pluralismo sindical, argument¨® que nada impide a cada grupo llevar a la mesa sus proyectos de convenio. Entre tanto, solicitaron que las autoridades de Trabajo designaran a un moderador, nombramiento que recay¨® en el magistrado Arturo Fern¨¢ndez. A partir de este momento, las federaciones de los sindicatos independientes, tras rechazar esta designaci¨®n por no haber intervenido en ella, ponen sobre el tapete el problema de la representatividad. Su criterio es que antes de iniciarse las negociaciones es preciso que cada grupo sindical acredite su verdadero nivel de representatividad. De otra parte, los independientes plantean otra cuesti¨®n de procedimiento: el convenio ha de ser discutido y votado art¨ªculo por art¨ªculo.
La acreditaci¨®n de la representatividad en teor¨ªa debiera corresponder al Ministerio de Trabajo pero ¨¦ste, en reiteradas ocasiones ha manifestado su incapacidad para ello. En este sentido, el director general de Trabajo manifest¨® en escrito reciente, en respuesta a solicitud del representante de CCOO, que ?los datos electorales obrantes en la actualidad en este Ministerio no reflejan el resultado global del sector ense?anza?.
Coincidencia entre centrales y Ministerio de Trabajo
La misma autoridad ministerial confirma en otro oficio que no es de aplicaci¨®n en la actualidad la legislaci¨®n sobre convenios colectivos, (en la que parecen estar basa dos los argumentos de los inde pendientes en lo que respecta a la representatividad), entre otras razones porque ya no existen la uniones de trabajadores y t¨¦cnicos a las que hac¨ªa referencia la citada legislaci¨®n. ?Son las partes -a?ade el director general- las que inu tuamente se legitiman y reconocen capacidad negociadora, como ya es criterio reiterado de esta Direcci¨® General, sin que exista norma legal alguna que establezca porcentajes de representaci¨®n para participar en las deliberaciones.? En cuanto a los argumentos de los independientes sobre la cuesti¨®n de procedimiento, una vez m¨¢s, el director general de Trabajo parece coincidir con los criterios de las centrales: ?Las partes se obligan, en el momento de la firma del convenio y para la totalidad del mismo, sin que los acuerdos parciales que se consigan a lo largo de la deliberaci¨®n vinculen hasta su firma.?La disparidad de criterios entre centrales, independientes y patronos se ha sometido al juicio y an¨¢lisis de tres expertos en Derecho Laboral, quienes habr¨¢n de ponerse de acuerdo sobre estas cuestiones de procedimiento.
Es conveniente no perder de vista el hecho de que este convenio afecta a casi 200.000 trabajadores y a millones de familias, y que en ¨¦l entran en juego aspectos que van a poner a prueba la interpretaci¨®n de lo que las diversas fuerzas pol¨ªticas quisieron decir en los diez puntos del art¨ªculo, 27 de la Constituci¨®n recientemente refrendada.
En este sentido son significativos dos art¨ªculos, en Concreto, del proyecto de convenio elaborado por la coalici¨®n de centrales: el 42 (?Ning¨²n trabajador podr¨¢ ser discriminado en ning¨²n momento en raz¨®n de su afiliaci¨®n sindical y todos podr¨¢n exponer en el centro libremente sus op¨ªn¨ªones?), y el 46, que hace referencia al consejo de centro.
Por lo que respecta a esta petici¨®n de garant¨ªas para la libertad de opini¨®n y de sindicaci¨®n, que parecen gratuitas en el contexto de una sociedad que se ha definido como democr¨¢tica, se justifica seg¨²n las centrales, en la ?amarga experiencia vivida en los ¨²ltimos a?os por numerosos trabajadores despedidos ¨²nicamente por pertenecer a una central determinada?.
Portavoces de estas centrales han declarado a EL PAIS que ?todav¨ªa, en estos precisos momentos, a punto de ser promulgada la Constituci¨®n, hay muchos trabajadores que no se atreven a confesar su militancia sindical?.
En el proyecto de FESITE y en el documento de trabajo del SIE, de Madrid, en torno a este segundo convenio estatal, no aparece esta petici¨®n de garant¨ªas sobre la libertad de sindicaci¨®n y de opini¨®n.
Por lo que respecta al consejo de centro, en el proyecto de la coalici¨®n de centrales se asignan al mismo, entre otras, ?funciones de decisi¨®n sobre el establecimiento, organizaci¨®n, desarrollo o modificaci¨®n de las ense?anzas y asuntos que conciernen a la formaci¨®n del alumnado y se asigna tambi¨¦n a este consejo la funci¨®n de supervisar la situaci¨®n econ¨®mica y controlarla cuando se trate de centros subvencionados. Asimismo, el consejo de centro intervendr¨¢ en el nombramiento de director y subdirector y en centros subvencionados al ciento por ciento elegir¨¢ estos cargos?.
El SIE, por su parte, pone en relaci¨®n al consejo escolar con el ?ldeario? y asigna a aqu¨¦l la misi¨®n de ?equilibrar todas las actuaciones de ¨®rganos y personas en las escuelas con pluralismo ideol¨®gico para ofrecer una coherencia m¨ªnima, sobre todo a los alumnos m¨¢s peque?os?.
No hay, al menos en el documento estudiado por EL PAIS del proyecto de FESITE, alusi¨®n alguna a la participaci¨®n en la gesti¨®n de los centros.
Las centrales sindicales denunciaron en un comunicado reciente ?la actitud de deliberado retraso del inicio de las negociaciones del convenio por parte de la patronal, que se apoya en los sindicatos FESIE y FESITE para cumplir las recomendaciones de la CEOE?.
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