Aumentan las muertes por alcoholismo en Espa?a: 8.800 personas al a?o
En t¨¦rminos generales se puede decir que una persona que bebe diariamente un litro de vino de unos diez grados, despu¨¦s de dos o tres a?os ya es un alcoh¨®lico. El 80% de los alcoh¨®licos espa?oles son bebedores de vino; se consumen de sesenta a 65 litros por habitante y a?o y hay que tener en cuenta que el 20% de la poblaci¨®n es abstemia.Los m¨¦dicos advierten que existe una relaci¨®n directa entre el consumo medio de alcohol y los problemas sanitarios que presenta un determinado grupo social. El alcohol, droga legal de la civilizaci¨®n occidental, origina trastornos en el aparato digestivo (gastritis, hepatitis, hemorroides, etc¨¦tera), puede provocar infartos, hipertensi¨®n, arterioesclerosis y problemas de nutrici¨®n. Adem¨¢s de los da?os som¨¢ticos da lugar, en el terreno ps¨ªquico, a la dependencia o alcoholismo y a las psicosis alcoh¨®licas. Espa?a ocupa el primer lugar del mundo en cuanto al n¨²mero de enfermos ps¨ªquicos a consecuencia del alcoholismo y este n¨²mero tiende a aumentar.
Tambi¨¦n hay que se?alar los mecanismos pat¨®genos que desencadena la ingesti¨®n de bebidas alcoh¨®licas que degradan temporalmente los sistemas funcionales del organismo y modifican la conducta, las percepciones, los reflejos. Los accidentes de tr¨¢fico o las agresiones violentas son muchas veces resultado de tales mecanismos.
C¨¢ncer, coraz¨®n y "copas"
?Se habla de las tres C -c¨¢ncer, coraz¨®n y carretera- como de las principales causas de mortalidad, pero esto es err¨®neo?, dijo Ram¨®n Navarro, jefe del Servicio de Acci¨®n Sanitaria Asistencial. ?Tras las enfermedades de coraz¨®n siguen en importancia la neumon¨ªa bronquitis y cirrosis hep¨¢tica -¨ªndice fiel del alcoholismo- En los ¨²ltimos a?os han experimentado un alarmante incremento los casos de muerte por cirrosis y es de esperar que ¨¦sta se sit¨²e en el tercer lugar de la lista, y cuando se hable de las tres C se deba entender c¨¢ncer, coraz¨®n y copas.?En cuanto a la incidencia del consumo de alcohol en la seguridad y orden del tr¨¢fico, el se?or Alonso-Mart¨ªnez, jefe del Servicio de Seguridad Vial, anunci¨® que se intenta ampliar la normativa legal existente con el fin de ejercer un mayor control sobre el volumen de alcohol ingerido por los conductores y llevar un registro con los nombres de quienes dan tasas muy elevadas para poder establecer las causas de futuros accidentes.
?Seg¨²n la legislaci¨®n actual, la prueba o test alcoh¨®lico s¨®lo se aplica en caso de accidente o de infracci¨®n grave?, dijo el se?or Alonso-Mart¨ªnez. ?Adem¨¢s, el conductor puede evitarla si paga la multa correspondiente o pide una toma de sangre. Esta situaci¨®n dificulta la cuantificaci¨®n de la incidencia real del alcoholismo en el n¨²mero de accidentes y da a las medidas de control un car¨¢cter m¨¢s represivo que preventivo.
La ley de 1973 que regula esta cuesti¨®n fija como tasa legal un 0,8%. A partir de ese nivel la degradaci¨®n de la actitud del conductor a efectos del alcohol se hace patente y la conducci¨®n se vuelve peligrosa. En el casco urbano de Barcelona se han detectado tasas de hasta m¨¢s del 3%, y en carretera del 1,5% y del 1,9%, pero como las pruebas s¨®lo se hacen en caso de accidente o infracci¨®n, estas cifras s¨®lo reflejan parcialmente la realidad.
El alcohol en el C¨®digo Penal: un eximente
?El alcohol tiene una influencia extraordinaria en la peligrosidad social y en la criminalidad?, afirm¨® el se?or L¨®pez-Mu?iz, juez de Peligrosidad Social. El C¨®digo Penal considera como circunstancia atenuante y hasta eximente el haber actuado bajo los efectos del alcohol siempre que no sea intencionada la embriaguez. En el C¨®digo de Justicia Militar, por el contrario, el alcohol es un agravante.El se?or L¨®pez-Mu?iz mencion¨® el art¨ªculo 584 del C¨®digo Penal, que castiga con arresto menor o multa de mil a 10.000 pesetas a quienes venden bebidas alcoh¨®licas o fomentan su consumo entre los menores de edad. Asimismo, se castiga a los padres o tutores cuando la embriaguez del menor sea debida a su estado de abandono.
?Curiosamente -dijo L¨®pez Mu?iz-, ¨¦ste es un art¨ªculo olvidado. No hay ninguna sentencia de las audiencias provinciales que conozco que se refiera al tema.?
Cualquier medida legal orientada a limitar el consumo de alcohol debe considerar el aspecto econ¨®mico, fundamental en un pa¨ªs como Espa?a, uno de los principales pa¨ªses productores de vinos del mundo, con un mill¨®n y medio de vi?edos -muchos de ellos dif¨ªcilmente sustituibles por otros cultivos- y m¨¢s de 200.000 personas implicadas en el sector de producci¨®n vitivin¨ªcola. Esta es, en resumen, la idea que expuso el se?or Miranda de Larra, jefe del Servicio de Defensa contra Fraudes del Ministerio de Agricultura.
El director del Instituto Nacional de Publicidad, se?or Feijoo, insisti¨® en la realidad de ese mercado de producci¨®n del cual la publicidad es mero reflejo.
?A veces se utiliza la publicidad como chivo expiatorio de una serie de comportamientos sociales -dijo-, pero hay pruebas de que la publicidad no es la ¨²nica responsable por ejemplo, el incremento del consumo de drogas no legales, de las que no se hace ninguna publicidad. Por otra parte -a?adi¨®-, mientras el alcoholismo aumenta, la publicidad en televisi¨®n de bebidas alcoh¨®licas ha decrecido notablemente de 4.300 anuncios en 1973 a 2.203 en 1978.?
Uno de los motivos de este fen¨®meno es la nueva regulaci¨®n de anuncios de tabaco y bebidas alcoh¨®licas en TVE (29 de mayo de 1978), que limita su emisi¨®n a determinadas horas y espacios y los grava con un recargo del 100% sobre su importe normal. Otra disposici¨®n que afecta a la publicidad de bebidas alcoh¨®licas (y tambi¨¦n al tabaco) son los dos art¨ªculos del Estatuto del Menor que establecen la prohibici¨®n de utilizar menores como modelos en los anuncios de estos productos.
?La norma existe -termin¨® el se?or Feijoo-, pero no se podr¨¢ llegar nunca a la prohibici¨®n absoluta en un pa¨ªs donde la producci¨®n de alcohol tiene tal importancia como en Espa?a.?
Por ¨²ltimo, intervino el se?or L¨®pez Vivi¨¦, director de Autocontrol de la Publicidad, una entidad de reciente creaci¨®n que agrupa a empresas, agencias de publicidad y medios de comunicaci¨®n, con el prop¨®sito de velar por una mayor ¨¦tica de las publicaciones publicitarias y establecer normativas sectoriales que cubran las lagunas que se encuentran en la legislaci¨®n actual en lo que respecta a materia publicitaria. El se?or L¨®pez Vivi¨¦s expuso los principales puntos de la normativa ¨¦tica elaborada por dicha entidad para la publicidad de bebidas alcoh¨®licas.
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