El estatuto del trabajador
?El estatuto del trabajador, que pr¨®ximamente ser¨¢ remitido a las Cortes, es una de las grandes piezas que, junto con la ley que regule el derecho a la libertad sindical, constituir¨¢ la ordenaci¨®n de las relaciones de trabajo y del derecho colectivo del trabajo en desarrollo de la Constituci¨®n. ( ... )Del hilo de la anunciada regulaci¨®n de este derecho de participaci¨®n nos asalta la, primera duda respecto al procedimiento que va a ser empleado en la tramitaci¨®n del propio estatuto. Ser¨¢ tramitado como un proyecto de ley m¨¢s, sin atender a la conveniencia de una nueva posici¨®n de la Administraci¨®n del Estado en el fen¨®meno de las relaciones laborales. Nosotros ser¨ªamos partidarios de que antes de llegar al Parlamento los agentes sociales, principales destinatarios de su eficacia, tuvieran ocasi¨®n de debatir un acuerdo general del que el Estado, una vez incorporada una ¨®ptica que responda a necesidades e intereses de toda la comunidad, si; hace garante al promulgarlo. El Estado ha sido en exceso paternalista e intervencionista, demasiado precautorio y burocr¨¢tico. Si ha de propiciarse la participaci¨®n, que se comienze dando el protagonismo debido a las organizaciones empresariales y sindicales. Si no llegaran a convenir un acuerdo m¨ªnimo, la intervenci¨®n administrativa ser¨ªa obligada, porque es mejor vivir con normas deficientes a vivir sin normas. Pero no puede considerarse como una presunci¨®n certera la imposibilidad de que empresarios y trabajadores aproximen con realismo sus criterios en el nuevo clima pol¨ªtico y social del pa¨ªs.?
21 abril
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