Radiotelevisi¨®n y monopolio estatal
EL PROYECTO de ley para regular el Estatuto de la Radio y la Televisi¨®n ha sido ya enviado a las Cortes. Se inicia, as¨ª, el tr¨¢mite parlamentario ordinario, cuyo desarrollo puede, en teor¨ªa, alterar la propuesta gubernamental en funci¨®n de las enmiendas que se presenten y aprueben. Sin embargo, no conviene hacerse demasiadas ilusiones al respecto la televisi¨®n es, en s¨ª misma, un centro de poder demasiado importante para que ning¨²n Gobierno afloje el f¨¦rreo control que ejerce sobre su organizaci¨®n y actividad. Pero en Espa?a se da el factor a?adido de la intensa fijaci¨®n en su dominio que ha mostrado un partido en el poder, familiarizado desde dentro con sus secretos (no hay que olvidar que el se?or Su¨¢rez fue director de RTVE con el anterior r¨¦gimen), fabricado, en gran medida, por la peque?a pantalla.El cuadro de los s¨ªntomas no puede sino conducir a un diagn¨®stico desalentador y pesimista respecto a las posibilidades de recuperaci¨®n, para la sociedad, la cultura y la libertad, de un medio de comunicaci¨®n de masas que los detentadores del poder no quieren soltar de la mano. Tal vez cedan a los ciudadanos otros campos y acepten limitaciones en otros terrenos. Pero tendr¨ªa que suceder un milagro para que se desprendieran de su juguete peferido, al que se agarran compulsivamente por miedo a perder un instrumento fetichizado corno talism¨¢n para ganar las elecciones y como detente para conservar el poder.
Tiempo habr¨¢, a medida que se sucedan el dictamen de la ponencia y los debates en la Comisi¨®n y en el Pleno del Congreso, para analizar los detalles y examinar cuestiones aparentemente t¨¦cnicas que esconden, sin embargo, decisiones pol¨ªticas. Lo que ahora resulta obligado es se?alar que el Estatuto de Radio y Televisi¨®n enviado a las Cortes no tiene el ?car¨¢cter aut¨®nomo? que sus redactores le atribuyen en la exposici¨®n de motivos, ni tampoco establece mecanismos para ese ?control parlamentario representativo upuestamente destinado a garantizar la correcta utilizaci¨®n de esos ?trascendentales medios de comunicaci¨®n?. Es, simplemente, la remodelaci¨®n jur¨ªdico-t¨¦cnica de un contenido que no cambia y que incluso se consolida: el completo dominio por el Gobierno del monopolio de la televisi¨®n y de las emisoras estatales de radio.
En lo que al control parlamentario se refiere, el proyecto de Estatuto ni siquiera se molesta en guardar las formas. Se limita a establecer, invadiendo la soberan¨ªa de la C¨¢mara de Diputados, la creaci¨®n de una Comisi¨®n Parlamentaria del Congreso, a la que se asigna casi burlonamente el ?control a posteriori? de la actuaci¨®n de la televisi¨®n y de las radios estatales, con el a?adido de que el ejercicio de tal control no puede ?impedir el normal funcionamiento de los medios?. El mismo tono se puede percibir en la fijaci¨®n de competencias -emitir ?opini¨®n o dictamen? cuando se lo pidan- a un consejo asesor en el que el Gobierno se asegura de antemano una mayor¨ªa de dos tercios y que s¨®lo podr¨¢ ser convocado por el consejo de administraci¨®n.
Este ¨²ltimo ¨®rgano de alta direcci¨®n estar¨¢ compuesto por ocho vocales elegidos por el Congreso de los Diputados, y por mayor¨ªa de dos tercios, ?entre personas de relevantes m¨¦ritos profesionales?. Se dir¨ªa, al examinar este procedimiento de selecci¨®n, que el partido del Gobierno opta por renunciar al copo total del consejo de administraci¨®n (lo que es elogiable) y a la proporcionalidad estricta (lo que resulta ya m¨¢s sospechoso), para inclinarse por un acuerdo consensual cuya llave, en todo caso, guardar¨¢ siempre en el bolsillo, precisamente por el peso de su grupo parlamentario. Pero el misterio de la relativa continencia gubernamental en este terreno queda claro al leer que entre las competencias del consejo de administraci¨®n no figura aquella que es b¨¢sica y elemental en todos los ¨®rganos de este tipo que en el mundo han sido: nombrar y destituir al director.
Tampoco en esta cuesti¨®n el proyecto de ley se preocupa demasiado de guardar las formas Mientras el consejo, de administraci¨®n es elegido para cada legislatura, lo que significa un m¨¢ximo de cuatro a?os, por el Congreso, el director general es nombrado por cinco a?os por el Gobierno. Un consejo de administraci¨®n cuya duraci¨®n es inferior al plazo del mandato del director y cuya composici¨®n depende del visto bueno del grupo parlamentario gubernamental dif¨ªcilmente podr¨¢ utilizar las competencias que el estatuto le atribuye para controlar a un director al que no ha nombrado ni puede destituir y que dispone de m¨¢s recursos de poder, entre otros la confianza del poder ejecutivo, que el ¨®rgano encargado de aprobar los planes generales, la memoria anual, las plantillas el anteproyecto de presupuestos y la distribuci¨®n de espacios entre los partidos.
Si el estatuto de radio y televisi¨®n es aprobado por las Cortes sin alteraciones sustanciales se habr¨¢ cerrado definitivamente el c¨ªrculo de la conspiraci¨®n contra el eventual uso de los medios de comunicaci¨®n estatal para ofrecer una informaci¨®n transparente y no manipulada y suministrar bienes culturales y entretenimientos dignos para el ocio. Probablemente la batalla que plantear¨¢ la oposici¨®n, a fin de lograr una mayor participaci¨®n en el control y el uso del monopolio televisivo y de las radios estatales, terminar¨¢ en una derrota. Ahora bien, la victoria de los hombres del Gobierno puede ser s¨®lo temporal. Porque si dentro de cuatro a?os perdieran las elecciones, se ver¨ªan condenados a padecer las consecuencias de haber legitimado la utilizaci¨®n partidista del monopolio televisivo, posibilidad que sus adversarios seguramente tomar¨¢n en consideraci¨®n en los debates parlamentarios.
Televisi¨®n parece condenada a ser propiedad exclusiva del Gobierno -de cualquier Gobierno- y a mutilar sus enormes posibilidades culturales y educativas en beneficio exclusivo de los intereses estrechamente partidistas y electoralistas del grupo pol¨ªtico que disponga de su control. Hasta ahora, el monopolio estatal de los canales televisivos ha sido un tab¨² para la opini¨®n democr¨¢tica. Dada la incorregible tendencia de los profesionales de la pol¨ªtica a utilizar los instrumentos del Estado como bienes propios y a olvidar los derechos y las necesidades de los ciudadanos que los financian con sus impuestos, hora es ya de preguntarse cu¨¢les son los argumentos racionales y las razones morales con los que los partidarios de la autonom¨ªa de la sociedad civil pueden defender coherente y convincentemente el monopolio del medio televisivo.
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