La televisi¨®n, pendiente
Parece decidido que uno de los primeros cometidos del Parlamento que acaba de constituirse formalmente sea la discusi¨®n del estatuto que regule la Televisi¨®n en Espa?a. Al barruntar su inminencia, cada cual se apresta a obtener la mejor tajada posible de su texto, en un notable alarde de desinter¨¦s hacia el telespectador. Porque de todos los lados surgen ideas y opiniones que favorecen los intereses de grupos o partidos antag¨®nicos, sin que en ning¨²n momento se plantee la televisi¨®n que los espectadores espa?oles quieren y merecen.En el almac¨¦n de los rumores se guardan desde hace semanas los nuevos nombres con los que se piensa denominar a los altos cargos y los retratos-robot de las personas que deben ocuparlos. Se duda a¨²n sobre si debe dejarse escrito que la televisi¨®n es un monopolio del Estado o si ser¨ªa m¨¢s adecuado dejar una espita por la que pudieran colarse las emisoras privadas. En el balance entran las presiones econ¨®micas, las conveniencias pol¨ªticas y los intereses personales. Nadie se ha planteado la oportunidad de realizar encuestas entre los profesionales que deben llevar a cabo diariamente la puesta en marcha de las emisiones y tampoco parece importar demasiado conocer los deseos del espa?ol medio a quien se destinan los programas. La impresi¨®n general es de pasteleo, al que conviene m¨¢s la confusi¨®n de enunciados te¨®ricos que el desarrollo de esquemas y propuestas pr¨¢cticas.
Si es cierto aquello de que ?explicaci¨®n no solicitada, culpabilidad reconocida?, comenzar¨¦ por declararme culpable, ya que nadie fuera del entorno familiar me ha pedido opini¨®n sobre c¨®mo estructurar la televisi¨®n en Espa?a. Pienso, no obstante, que las discusiones parlamentarias deben contar con alg¨²n punto de partida diferente de los esquemas doctrinales hechos p¨²blicos por los partidos. Con voluntad constructiva y sujeto a todas las cr¨ªticas, he preparado el m¨ªo.
Dos cadenas estatales
Dirigidas por profesionales distintos a los que se dotar¨ªa de ?plena capacidad ejecutiva?, las dos cadenas deben entrar en una abierta competencia. Las reglas del juego ser¨ªan id¨¦nticas para ambas cadenas y deber¨ªa quedar reflejado que su objetivo primordial ser¨ªa ganarse la atenci¨®n del telespectador.
Para subsanar el actual desequilibrio se arbitrar¨ªa un presupuesto especial, destinado a lograr una completa equiparaci¨®n en la cobertura del programa en UHF, cuya ejecuci¨®n s¨®lo plantea dificultades econ¨®micas.
Cada director de cadena elegir¨ªa su equipo directivo y plantear¨ªa su programaci¨®n. La Direcci¨®n General marcar¨ªa, de acuerdo con el Parlamento, unos porcentajes fijos mensuales de emisiones culturales, emisiones infantiles y juveniles, emisiones especiales y espacios ofrecidos a cada partido pol¨ªtico para la exposici¨®n de sus planteamientos. Por la Direcci¨®n General se dictar¨ªan igualmente las horas tope para la apertura y cierre de las emisiones. Dentro de esos l¨ªmites, cada cadena emitir¨ªa la programaci¨®n que estimase m¨¢s oportuna durante el n¨²mero de horas que creyera adecuados para satisfacer a la audiencia.
El presupuesto semestral para cada una de las dos cadenas se fijar¨ªa por la Direcci¨®n General conforme al ¨¦xito de sus programas entre los telespectadores. Durante el primer a?o los presupuestos ser¨ªan id¨¦nticos para equilibrar las posibilidades de ambas cadenas; pero a partir de entonces se distribuir¨ªan por un sistema de proporcionalidad a la audiencia demostrada. Con ello no s¨®lo se premiar¨ªa la calidad de los espacios de una cadena en detrimento de la otra, sino que adem¨¢s se elevar¨ªa a primer plano la importancia del telespectador.
Obviamente, los precios de los bloques publicitarios se arbitrar¨ªan por la gerencia de publicidad, en proporci¨®n a esa misma audiencia. La responsabilidad empresarial de hacer la televisi¨®n con un presupuesto cerrado semestralmente avivar¨ªa el ingenio de los equipos directivos, ya que por el Ministerio de Hacienda se nombrar¨ªan inspectores que vigilaran el desarrollo administrativo de cada cadena tanto para evitar la comisi¨®n de posibles abusos como para certificar que las partidas globales se ajustaban a los presupuestos otorgados.
Cada cadena soportar¨ªa a su cargo el mantenimiento y renovaci¨®n de su red, y ser¨ªa competencia de la Direcci¨®n General la vigilancia constante de las mismas para que el mantenimiento y las renovaciones se cumplieran escrupulosamente.
Con unas bases, aparentemente tan sencillas, el telespectador podr¨ªa comprobar que ni el ingenio est¨¢ agotado en nuestro pa¨ªs ni sus gustos en materia de televisi¨®n resultan tan inalcanzables. Sustituir el actual enmara?amiento de disposiciones legales y trabas administrativas por la agilidad y la din¨¢mica empresariales de dos cadenas en abierta competencia bastar¨ªa para demostrarlo.
La Direcci¨®n General
Eslab¨®n entre el Parlamento, la Administraci¨®n y las dos cadenas, la Direcci¨®n General cobrar¨ªa capital importancia en este esquema. Su funci¨®n principal ser¨ªa la de comprobar que la televisi¨®n que se hiciera era la que se deb¨ªa hacer, vigilando los intereses de los telespectadores en todos los campos.
Junto a la Direcci¨®n General, dependientes de elIa y separadas de la guerra profesional entre las cadenas, se encontrar¨ªa la Jefatura T¨¦cnica, garante de la calidad formal de las emisiones. La Direcci¨®n Administrativa, encargada del ajuste presupuestario y la distribuci¨®n de las partidas a cada cadena, tendr¨ªa igualmente a su cargo la m¨¢quina burocr¨¢tica de toda la Direcci¨®n General. Cobrar¨ªa relieve el Gabinete de Audiencia, que se convertir¨ªa en el autorizado baremo del raiting de cada espacio. La Gerencia de Publicidad centralizar¨ªa las peticiones de los anunciantes y establecer¨ªa los precios de cada bloque de acuerdo con la audiencia demostrada. Y, por ¨²ltimo, junto a otros servicios centrales, se establecer¨ªa una Direcci¨®n de Medios T¨¦cnicos, destinada a la explotaci¨®n de estudios, m¨¢quinas e instalaciones que para entendernos ser¨ªan de la Direcci¨®n General y se alquilar¨ªan a cada cadena cuando los solicitasen. Los precios que se establecieran atender¨ªan a sus costos reales y permitir¨ªan la constante renovaci¨®n del material y una explotaci¨®n racional y rentable de las instalaciones.
El director general tendr¨ªa asimismo la facultad del nombramiento y cese de los directores de las cadenas, conforme a una normativa que establecer¨ªa el Parlamento. Podr¨ªa desprenderse de unas responsabilidades de programaci¨®n que, hoy por hoy, le siguen incumbiendo y dedicarse plenamente al cometido gerencial.
La cadena de "las autonom¨ªas"
Como opci¨®n diferenciada de esos dos programas competitivos, se proceder¨ªa a la instalaci¨®n en el plazo m¨¢ximo de dos a?os, de una tercera cadena, compuesta por tantas emisoras como entidades aut¨®nomas quedasen formalmente establecidas en Espa?a. Su programaci¨®n y su gesti¨®n econ¨®mico-administrativa ser¨ªan totalmente ajenas a las dos cadenas estatales.
La cobertura de cada una de esas emisoras vendr¨ªa delimitada por su propio contorno auton¨®mico, pudiendo asociarse libremente entre s¨ª para acometer proyectos comunes o para la producci¨®n de programas de elevado coste. Todas ellas formar¨ªan una tercera cadena. Al frente de su ¨®rgano rector se encontrar¨ªa el director general de Radiodifusi¨®n y Televisi¨®n, como ¨¢rbitro de las diferencias que entre ellas pudieran surgir y a fin de facilitar y garantizar las frecuencias en que cada una deber¨ªa emitir.
Estas emisoras de la cadena de las autonom¨ªas se formar¨ªan como sociedades de capital mixto. El 51% de las acciones corresponder¨ªa al propio organismo auton¨®mico y el 49% restante se licitar¨ªa proporcionalmente entre las entidades y empresas que con justicia pueden sentirse perjudicadas por la publicidad y los programas de la televisi¨®n: empresas period¨ªsticas, cines, teatros y salas de espect¨¢culos en general. Ser¨ªa condici¨®n inexcusable el que las empresas estuvieran radicadas dentro de los l¨ªmites del organismo aut¨®nomo. S¨®lo en el caso de que la emisi¨®n de acciones de ese 49% no fuese totalmente cubierta saldr¨ªa a p¨²blica subasta el porcentaje restante en las condiciones que el consejo auton¨®mico estableciera y sobre la base de que nadie podr¨ªa adquirir por ese procedimiento m¨¢s del 2% del total del capital social.
El presidente de cada una de esas emisoras ser¨ªa designado por la autonom¨ªa correspondiente, mientras que el director ejecutivo de la sociedad lo elegir¨ªan los poseedores del resto del capital, por un per¨ªodo de cuatro a?os. De esta manera se garantizar¨ªa una gesti¨®n empresarial competitiva con las cadenas estatales, al tiempo que se mantendr¨ªa el control auton¨®mico, para que los deseos de sus espectadores no resultasen alterados.
Ni que decir tiene que estas emisoras tendr¨ªan car¨¢cter publicitario, cuyos beneficios representar¨ªan una eficaz ayuda para el Gobierno auton¨®mico y una justa compensaci¨®n para las empresas privadas que participaran en ellas. El establecimiento de estas emisoras traer¨ªa consigo el fomento de las agrupaciones art¨ªsticas regionales de todo g¨¦nero y los alumnos del conservatorio de cada zona tendr¨ªan insospechadas ocasiones de confrontar p¨²blicamente su val¨ªa. Todo ello traer¨ªa consigo la creaci¨®n de miles de nuevos puestos de trabajo directa o indirectamente relacionados con la implantaci¨®n de las emisoras.
Emisoras universitarias
Las exigencias de nuevos profesionales perfectamente capacitados, que este esquema representar¨ªa, llevar¨ªa a la conveniencia de conceder a cada distrito universitario la licencia pertinente de instalaci¨®n de emisoras universitarias. Tendr¨ªan una peque?a potencia y carecer¨ªan de publicidad en sus emisiones. Habituar¨ªan a los, estudiantes a la pr¨¢ctica de los diferentes cometidos profesionales y su beneficioso resultado no se tardar¨ªa en recoger. Dirigidos por competentes profesionales, deber¨ªan poner diariamente en antena una programaci¨®n cuyos l¨ªmites de contenido quedar¨ªan fijados por el Parlamento.
El rector de cada Universidad ser¨ªa el responsable m¨¢ximo de la emisora de su distrito y la Direcci¨®n General de Radiodifusi¨®n y Televisi¨®n prestar¨ªa gratuitamente la apoyatura t¨¦cnica necesaria para la puesta en marcha de sus instalaciones.
Una televisi¨®n definitiva
Con este esquema, en s¨®lo dos anos los espectadores espa?oles contar¨ªan con una variedad de programas suficiente para sentirse informados, formados y entretenidos.
1. No se lesionar¨ªan los intereses de las empresas period¨ªsticas ni del mundo del espect¨¢culo, ya que su participaci¨®n en el tercer programa ser¨ªa activa.
2. Surgir¨ªan miles de nuevos puestos de trabajo, creados directa o indirectamente.
3. Se satisfar¨ªan los deseos expresados por muchas comunidades aut¨®nomas de contar con una programaci¨®n espec¨ªfica, y si as¨ª lo decidieran, en su lengua vern¨¢cula.
4. Se evitar¨ªa el desequilibrio que la libre instalaci¨®n de emisoras privadas producir¨ªa entre unas zonas y otras del pa¨ªs, ya que en buena l¨®gica el capital privado s¨®lo atender¨ªa a los grandes n¨²cleos de poblaci¨®n en los que se hiciera rentable su empresa.
5. Permitir¨ªa la renovaci¨®n de los programas de una cadena mediante el simple cambio de su director, sin que toda la Direcci¨®n General se viera afectada con el fracaso parcial de uno de sus elementos.
6. Y, sobre todo, no repercutir¨ªa en los Presupuestos Generales del Estado, ya que la din¨¢mica de cada una de las empresas as¨ª formadas obligar¨ªa a la adecuaci¨®n de sus programas a los l¨ªmites presupuestarios buscando su inmediata autofinanciaci¨®n.
En definitiva, se evitar¨ªa la proliferaci¨®n de peque?as emisoras de incontrolable calidad y se dar¨ªa al espectador la mejor televisi¨®n que los profesionales son capaces de hacer. Pensando decididamente en el hecho de que ?el telespectador es la finalidad ¨²ltima de la televisi¨®n?, este esquema, sujeto a todas las cr¨ªticas y perfeccionamientos, podr¨ªa servir de alguna ayuda para que, tras aprobarse el Estatuto por el Parlamento, no sigamos con una Televisi¨®n pendiente, sino con una Televisi¨®n definitiva.
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