El¨ªas D¨ªaz y el esp¨ªritu de la Constituci¨®n
La definici¨®n de Espa?a como ¡°Estado social y democr¨¢tico de Derecho¡± es el principal legado de uno de los grandes juristas del siglo XX, y tambi¨¦n del XXI

En el Ateneo de Madrid, en el acto inaugural de las celebraciones de Espa?a en libertad. 50 a?os, uno de los asistentes, muy joven en comparaci¨®n con la media de edad, sorprendi¨® a todo el auditorio al lanzar su pregunta: ¡°?Qu¨¦ es la democracia?¡±. Probablemente, la mejor respuesta posible podemos encontrarla en el art¨ªculo primero de la Constituci¨®n de 1978, que determina que ¡°Espa?a se constituye en un Estado social y democr¨¢tico de Derecho¡±.
As¨ª, en primer lugar, nuestro pa¨ªs se define como un Estado democr¨¢tico, porque la din¨¢mica pol¨ªtica est¨¢ basada en la existencia de un sistema de partidos, garant¨ªa del pluralismo ideol¨®gico de la sociedad. Para su buen funcionamiento, es necesario que dichos partidos no se consideren como enemigos, sino como adversarios, por lo que contraponen regularmente sus programas y propuestas en elecciones libres ¡ªcelebradas por sufragio universal¡ª, reconocen todos ellos la legitimidad del resto para gobernar y aceptan, por tanto, la alternancia pac¨ªfica en el poder.
Como un Estado social, en segundo lugar, ya que se reconoce el derecho de toda la ciudadan¨ªa, sin discriminaci¨®n de ning¨²n g¨¦nero, a disfrutar de unas condiciones dignas de existencia. A este respecto, la Constituci¨®n hace especial hincapi¨¦ en el derecho a la vivienda (art¨ªculo 47), la asistencia sanitaria (art¨ªculo 43) y la educaci¨®n p¨²blica gratuita y universal (art¨ªculo 27). Todo ello sostenido por un sistema tributario articulado en torno a los ¡°principios de igualdad y progresividad¡± (art¨ªculo 31).

Y, en tercer y ¨²ltimo lugar, aunque no por ello menos importante, un Estado de Derecho, es decir, aquel en el que toda actividad se encuentra bajo el imperio de la Ley. Pero no cualquier clase de ley, sino ¨²nicamente aquellas surgidas de un parlamento elegido democr¨¢ticamente, seg¨²n las condiciones anteriormente expuestas. Y es que ¡°no todo Estado es Estado de Derecho; la existencia de un orden jur¨ªdico, de un sistema de legalidad, no autoriza a hablar sin m¨¢s de Estado de Derecho. Desig?nar como tal a todo Estado, por el simple hecho de que se sirve de un sistema normativo jur¨ªdico, constituye una imprecisi¨®n conceptual y real que solo lle?va ¡ªa veces intencionadamente¡ª al confusionismo¡±.
Esta definici¨®n constitucional de Espa?a es, en buena medida, el principal legado de uno de nuestros grandes juristas del siglo XX, y tambi¨¦n del XXI, el profesor El¨ªas D¨ªaz Garc¨ªa, que falleci¨® en Madrid el pasado lunes 3 de febrero de 2025, a los 90 a?os.
Nacido en Santiago de la Puebla (Salamanca), a El¨ªas D¨ªaz le debemos un libro fundamental, del que procede la cita anterior, para comprender la transici¨®n pol¨ªtica y el aprendizaje del lenguaje de la convivencia por parte de toda una generaci¨®n: Estado de derecho y sociedad democr¨¢tica. Publicado por Cuadernos para el di¨¢logo en octubre de 1966, fueron varias las ediciones agotadas tras superar los intentos del Ministerio de Informaci¨®n y Turismo para bloquear su aparici¨®n, dada la cercan¨ªa con el refer¨¦ndum fake que la dictadura franquista estaba organizando para ratificar la Ley Org¨¢nica del Estado. M¨¢s all¨¢ de esta coincidencia, nada casual, se trata de una obra que mantiene intacta toda su vigencia, como su noci¨®n de que estos tres pilares, democr¨¢tico, social y de Derecho, resultan indisociables, de tal manera que si uno est¨¢ en riesgo, todos lo est¨¢n.
Lejos de limitarse al ¨¢mbito jur¨ªdico, El¨ªas D¨ªaz ampli¨® r¨¢pidamente su espectro intelectual hacia otras disciplinas, como puso de manifiesto en su estudio sobre La filosof¨ªa social del krausismo espa?ol (1973), as¨ª como en otro trabajo de honda influencia entre los historiadores de la cultura: Pensamiento espa?ol en la era de Franco (1939-1975), redactado entre 1969 y 1974 con ocasi¨®n de una oportuna estancia en la Universidad de Pittsburgh tras un periodo de confinamiento derivado de su militancia socialista, una circunstancia que nunca consider¨® incompatible con el rigor debido al an¨¢lisis acad¨¦mico, como ¨¦l mismo reflexionaba en Socialismo en Espa?a: el partido y el Estado (1982).
Siempre fiel al t¨ªtulo de uno de sus libros, De la Instituci¨®n a la Constituci¨®n (Trotta, 2009), El¨ªas D¨ªaz era por a?adidura una persona de una modestia y una amabilidad extraordinarias. Refractario a toda autocomplacencia, nunca dejaba pasar la oportunidad de escuchar lo que tuvieran que decirle las nuevas generaciones ¡ª¡±Los mayores aprendemos de esos odiosos j¨®venes¡±, como dec¨ªa divertido en una entrevista en la revista DOXA¨C, cuyas interpretaciones promocionaba y con cuyas dudas y dificultades era capaz de empatizar. Hasta la vista, viejo maestro, y sigue reconstruyendo la raz¨®n all¨¢ donde est¨¦s.
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