"La indisolubilidad cristiana del matrimonio es un ideal, no una norma jur¨ªdica"
La doctrina de la Iglesia cat¨®lica sobre el matrimonio, con sus diversas matizaciones a lo largo de la historia, fue expuesta ayer por el padre Miguel Benzo, profesor de Teolog¨ªa y consiliario de la Asociaci¨®n Nacional de Propagandistas, y por Manuel Villar Arregui, diputado de UCD, en la jornada de clausura del coloquio sobre el divorcio organizado por el Colegio de Abogados de Madrid. El tema abordado en esta jornada fueron los aspectos ¨¦tico-jur¨ªdicos del divorcio, y junto con el padre Benzo y el se?or Villar Arregui intervino el notario Enrique Fosar, quien realiz¨® una s¨ªntesis hist¨®rica y sociol¨®gica de la introducci¨®n del principio de indisolubilidad.El padre Benzo expuso la doctrina evang¨¦lica sobre el matrimonio y manifest¨® que para Jes¨²s la indisolubilidad matrimonial es un ideal que Jes¨²s propone a sus seguidores, sin que pretendiese nunca que fuese una norma que debe funcionar siempre. Por otra parte, el padre Benzo puso de manifiesto que la indisolubilidad cristiana del matrimonio no deriva de su aspecto sacramental, sino de la realidad amorosa que exige el matrimonio. ?Lo que Jes¨²s pretende en el matrimonio es un ideal, al que el cristiano debe tender, pero no pretende establecer una sanci¨®n jur¨ªdica para quienes no sigan ese ideal.? Por otra parte, el padre Miguel Benzo se refiri¨® al magisterio de la Iglesia sobre el matrimonio y record¨® que la indisolubilidad se abre camino en la alta Edad Media, siendo a partir de esa fecha tradici¨®n oral de la Iglesia, aunque nunca dogma. A este respecto, a?adi¨® que la Iglesia ha mantenido tambi¨¦n casos de disolubilidad del matrimonio, sin que hasta el momento exista una teor¨ªa teol¨®gica que compagine adecuadamente estos casos de disolubilidad con la doctrina de la indisolubilidad. El padre Benzo concluy¨® afirmando que es inadmisible identificar el ¨¢mbito de la moral con el orden jur¨ªdico, y a?adi¨® que, seg¨²n la Iglesia, el mejor camino para establecer normas jur¨ªdicas es tener en cuenta la decisi¨®n mayoritaria.
Manuel Villar Arregui hizo hincapi¨¦ en que, desde una ¨®ptica jur¨ªdica, no es cierto que la Iglesia sea radicalmente contraria a la disoluci¨®n del v¨ªnculo matrimonial, y, a este respecto, se refiri¨® a la jurisprudencia can¨®nica sobre el matrimonio, seg¨²n la cual se favorece en algunos casos actitudes divorcistas. El notario Enrique Fosar resalt¨® la tard¨ªa introducci¨®n en el Derecho espa?ol del principio de indisolubilidad del matrimonio, que, seg¨²n ¨¦l, empieza a funcionar cuando la Inquisici¨®n persigue la bigamia. Con anterioridad hab¨ªan existido de hecho en Espa?a numerosas formas de matrimonios disolubles.
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