El d¨ªa 25, primer paso hacia la definici¨®n de Euskadi como pueblo
A partir de la primavera de 1980, el pueblo vasco va a tener acaso su m¨¢s clara oportunidad de llenar de contenido real el concepto de Pa¨ªs Vasco o Euskal Herr¨ªa, de concretar el proyecto de naci¨®n vasca, hasta ahora concebido en abstracto, de construir a partir de los territorios hist¨®ricos de Alava, Guip¨²zcoa, Vizcaya y Navarra -si lo desea- una verdadera comunidad aut¨®noma capaz de autogobernarse. Escribe .
Por primera vez, a trav¨¦s del Estatuto de Guernica, se abre la posibilidad de crear un ente aut¨®nomo vasco que aglutine las similitudes ¨¦tnicas, socioecon¨®micas, culturales y hasta geogr¨¢ficas de los territorios hist¨®ricos vascos y de sus propias peculiaridades (basadas fundamentalmente en la existencia secular de instituciones forales): un proyecto de sociedad moderna ligada, sin embargo, al pasado a trav¨¦s de la revitalizaci¨®n de esas instituciones provinciales tradicionales, que, aun manteniendo un grado de autonom¨ªa, se articular¨ªan en una estructura pol¨ªtica superior basada en la existencia de un Parlamento y un Gobierno vascos.Si finalmente el Estatuto supera todos los tr¨¢mites hasta la definitiva sanci¨®n real y si se cumplen los plazos previstos, el pr¨®ximo a?o, Euskadi quedar¨¢ convertida en una comunidad aut¨®noma con sus leyes propias (el Estatuto y la Constituci¨®n), un poder legislativo (el Parlamento), un poder ejecutivo y administrativo (el Gobierno) y un poder judicial, concretado en un Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco.
Todas estas instituciones van a nacer con un grave handicap: la falta de tradici¨®n, de puntos de referencia en el pasado; son instituciones que, pese a haber sido proyectadas por primera vez en 1931 (Estatuto de Estella), nunca han sido experimentadas hasta hoy.
El Estatuto de 1936 no sirve de ejemplo a seguir. Aprobado en plena guerra civil por el Gobierno para asegurarse la fidelidad de los vascos a la Rep¨²blica, no pudo aplicarse m¨¢s que a las provincias de Vizcaya y Guip¨²zcoa, que conoc¨ªan ya los bombardeos. de los militares sublevados. Alava est¨¢ ya entonces en poder de aqu¨¦llos, y Navarra queda fuera del alcance del Estatuto porque la disposici¨®n adicional que preve¨ªa su futura incorporaci¨®n en el texto estatutario, refrendado popularmente en 1933, no aparece en el Estatuto aprobado por las Cortes en 1936.
El car¨¢cter que han de tener las instituciones vascas dentro del nuevo Estatuto de Autonom¨ªa, que se elabor¨® en un tiempo r¨¦cord de veintis¨¦is d¨ªas (28 de noviembre a 24 de diciembre de 1978) fue uno de los principales puntos de fricci¨®n y discrepancia dentro de la ponencia redactora del anteproyecto del Estatuto, en la que no participaron las fuerzas hoy integradas en Herri Batasuna, as¨ª como MC-OIC y LKI (que no aceptaban el marco de la Constituci¨®n), partidos todos ellos que rechazan hoy el Estatuto que ha de someterse a refrendo.
En la discusi¨®n del t¨ªtulo segundo, que se refiere a los poderes del Pa¨ªs Vasco, la citada ponencia qued¨® dividida en la dif¨ªcil tarea de articular en un ente pol¨ªtico com¨²n las instituciones de car¨¢cter comunitario -Parlamento y Gobierno- con las instituciones forales de car¨¢cter provincial (juntas generales -legislativo- y diputaciones -ejecutivo-). Se discut¨ªa, en definitiva, un problema de soberan¨ªas. De una parte, se situaban el PNV, UCD y EKA, que, en base a un respeto a las instituciones tradicionales forales, situaban el centro de poder pol¨ªtico en cada uno de los territorios hist¨®ricos vascos, en detrimento de un poder central (Parlamento y Gobierno), que ver¨ªa limitadas sus funciones y adquirir¨ªa, de alg¨²n modo, un papel de coordinador y orientador de las pol¨ªticas provinciales que emanaban de las juntas generales y las diputaciones. La comunidad se configuraba as¨ª con un cierto car¨¢cter confederativo.
El otro bloque de la ponencia, integrado por PSOE, Euskadiko Ezkerra, ESEI y el PC de Euskadi, se mostraban partidarios de la concentraci¨®n de poderes en el Parlamento y Gobierno vascos. La soberan¨ªa en materia legislativa, administrativa y ejecutiva quedaba, pues, en manos de estas dos instituciones, que gozar¨ªan del mayor n¨²mero de competencias, sin perjuicio de los poderes que hoy ostentan Alava y Navarra.
La pugna entre las dos posturas se resolvi¨® finalmente con una f¨®rmula de s¨ªntesis.
Aunque en el Estatuto de Guernica se afirma tajantemente que los poderes del Pa¨ªs Vasco se ejercer¨¢n a trav¨¦s del Parlamento y del Gobierno vascos, sin embargo, se reconoce el poder pol¨ªtico de los territorios hist¨®ricos, que podr¨¢n, de acuerdo con el texto, conservar, restablecer en su caso y actualizar su organizaci¨®n e instituciones privatizas de autogobierno (juntas generales y diputaciones). En el art¨ªculo 25 se afirma que ?el Parlamento vasco ejerce potestad legislativa, aprueba sus presupuestos e impulsa y controla la acci¨®n del Gobierno vasco, todo ello sin perjuicio de las competencias de las instituciones forales de los territorios hist¨®ricos?.
Es significativo que, previendo la posibilidad de conflictos de competencias que puedan surgir entre las instituciones de la comunidad aut¨®noma y las de los territorios hist¨®ricos, el Estatuto fija que los mismos se someter¨¢n a la decisi¨®n de una comisi¨®n arbitral presidida por el presidente del Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco e integrada por un igual n¨²mero de representantes designados libremente por el Gobierno vasco y por la Diputaci¨®n Foral del territorio interesado.
Hablan los partidos
A pesar de mantener una postura de apoyo al Estatuto, tanto PSOE como Euskadiko Ezkerra y ESEI consideran que el texto negociado en Madrid por el PNV es m¨¢s propicio a la postura que mantuvo este partido en la ponencia redactora del Estatuto, en torno al grado de poder de las instituciones comunitarias y provinciales. Consideran estas fuerzas que un dato determinante en este aspecto es el hecho de que la representaci¨®n provincial en el Parlamento vasco ser¨¢ igualitaria y no proporcional a la poblaci¨®n.
Concretamente Goyo Monreal, de ESEI (Convergencia Socialista Vasca) considera que el Estatuto de Guernica deja la puerta abierta a la resurrecci¨®n de la foralidad territorial desaparecida y no vigente. ?El problema?, afirma el se?or Monreal, ?se plantea respecto de futuras restauraciones forales, puesto que, como es sabido, no disponemos de descripciones m¨ªnimamente satisfactorias acerca del contenido material de los reg¨ªmenes forales hist¨®ricos. La restauraci¨®n de muchas parcelas de poder provincial, apoyado en la periclitada legalidad foral, encontrar¨¢ dificultades para fuindamentarse positivamente, faltos como estamos de sistematizaciones historiogr¨¢ficamente v¨¢lidas. ?
Para Mario Onaind¨ªa, de Euskadiko Ezkerra, no cabe duda sobre la necesidad de que la soberan¨ªa legislativa y ejecutiva residan en el Parlamento y Gobierno vasco. ?Lucharemos para que la concreci¨®n del Estatuto se oriente de esta manera. No se puede permitir que el Estatuto institucionalice un r¨¦gimen provincialista por encima del comunitario, del unitario. El PNV tiene inter¨¦s en el reforzamiento al m¨¢ximo de las juntas generales como ¨®rganos legislativos, entre otras cosas porque son ¨¦stos los que van a regular las elecciones municipales. Hemos aceptado la f¨®rmula del Estatuto porque sabemos que, si no es as¨ª, Navarra, que teme perder su especificidad foral, no va a entrar nunca en la comunidad vasca.?
En opini¨®n de uno de los dirigentes de Herri Batasuna, Francisco Letamend¨ªa, el Estatuto de Guernica institucionaliza el ?provincialismo?, ?que tiene sus ra¨ªces?, afirma Letamend¨ªa, ?en el foralismo de las anteiglesias del PNV, herencia carlista de la que Sabino Arana no reneg¨® cuando teoriz¨® sobre el primer nacionalismo vasco?.
Marcos Vizcaya se defiende de las acusaciones que se hacen al PNV de haber logrado un Estatuto que, de acuerdo con sus planteamientos, consagra una comunidad confederada con una profunda autonom¨ªa de las provincias vascas, en detrimento de las instituciones comunes. ?Nuestra posici¨®n?, afirma, ?es la de lograr una f¨®rmula que permita el funcionamiento de la comunidad, a trav¨¦s del Parlamento y Gobierno vascos, para dotar al Pa¨ªs Vasco de la suficiente cohesi¨®n administrativa, socioecon¨®mica y cultural, superando provincialismos, pero sin detrimento de la mayor autonom¨ªa posible de los territorios hist¨®ricos. No podemos caer en el centralismo vasco.
Espacio para Herri Batasuna en TVE
La coalici¨®n abertzale Herri Batasuna podr¨¢ utilizar los espacios gratuitos de televisi¨®n que le corresponden en atenci¨®n a los ¨²ltimos resultados electorales, seg¨²n han acordado los partidos representados en la Asamblea de Parlamentarios Vascos. Se pone fin de esta manera a la pol¨¦mica surgida en Euskadi a ra¨ªz de las protestas de HB por una supuesta impresi¨®n de esta coalici¨®n de que iba a quedar marginada en la propaganda televisiva.
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