La legalizaci¨®n de la venta ambulante puede retrasarse hasta marzo
La ordenanza reguladora de la venta ambulante no podr¨¢ aplicarse posiblemente hasta el mes de marzo o abril, a pesar de que el anteproyecto definitivo fue estudiado ayer, martes, por una comisi¨®n mixta formada por miembros de UCD, PSOE y PCE. El nuevo anteproyecto recoge algunas de las enmiendas presentadas por los organismos que se consideran afectados, aunque la mayor parte de las recibidas en el Ayuntamiento no han sido tenidas en cuenta por ser enmiendas a la totalidad de un texto que legaliza por primera vez una venta considerada desde siempre por muchos sectores como prohibida.
El anteproyecto, una vez recogidas algunas de las enmiendas presentadas, ha variado poco con respecto al texto que les fue entregado para su estudio a los comerciantes y a los vendedores ambulantes. Por consiguiente, si el texto es ratificado en el Pleno ordinario que se celebrar¨¢ a finales de mes es posible que sean permitidos los mercadillos y los puestos aislados en los lugares que determine cada junta de distrito.Sin embargo, este permiso puede a¨²n retrasarse hasta el mes de marzo o abril en virtud del per¨ªodo de informaci¨®n p¨²blica y las enmiendas que, esta vez oficialmente, hagan comerciantes y otros grupos que consideran esta venta lesiva para sus intereses y que incluso pueden motivar la intervenci¨®n del Ministerio de Administraci¨®n Territorial sobre el tema.
Prueba de la presi¨®n que se espera realicen los comerciantes para impedir el desarrollo de esta ordenanza son las enmiendas a la totalidad presentadas por asociaciones de comerciantes, que van desde los peleteros hasta los joyeros.
Regulaci¨®n provisional
Entretanto, los vendedores ambulantes, a quienes se les ha prohibido su actividad en la zona centro y en las estaciones de Metro, pueden acogerse a unas normas provisionales aprobadas el pasado 25 de junio y firmadas por el entonces alcalde en funciones, Ram¨®n Tamames, as¨ª como por Jos¨¦ Barrionuevo y Luis Rufilanchas, en sus calidades de tercer teniente de alcalde y el concejal responsable de la delegaci¨®n de Abastos y Mercados, respectivamente. Estas normas, desconocidas casi totalmente por los vendedores ambulantes, permiten a las juntas municipales elegir solares para la instalaci¨®n de mercadillos, determinar el n¨²mero de puestos y el horario de venta.Seg¨²n la normativa entonces dada, tras la petici¨®n a la junta municipal, en la que los interesados tienen que hacer constar sus datos y su situaci¨®n laboral, el expediente es enviado a la delegaci¨®n de Abastos, que se encarga de conceder la autorizaci¨®n personal e intransferible, aunque provisional, hasta que la definitiva ordenanza entre en vigor. Como consecuencia de este desconocimiento, se calcula que el n¨²mero de licencias concedidas en estos cuatro ¨²ltimos meses no pasa de las cincuenta.
La nueva ordenanza diferencia la venta ambulante por el g¨¦nero vendido y su situaci¨®n geogr¨¢fica, ya que establece la existencia de mercadillos de frutas y verduras y situados o puestos aislados en la v¨ªa p¨²blica de art¨ªculos de artesan¨ªa y ornato de peque?o volumen. Para la elecci¨®n del lugar donde tendr¨¢n que ser instalados ambos, la junta ?tendr¨¢ en cuenta los leg¨ªtirnos intereses del comercio regularmente establecido, el grado de abastecimiento de la zona, las demandas del vecindario y las facilidades de instalaci¨®n y acceso de vendedores y compradores?.
Mientras los mercadillos ser¨¢n autorizados hasta dos d¨ªas por semana, desde las ocho de la ma?ana hasta las dos de la tarde, los situados, o puestos aislados, podr¨¢n instalarse todos los d¨ªas de la semana en un horario determinado por la junta del distrito y comprendido entre las ocho de la ma?ana y las diez de la noche.
Para la otorgaci¨®n de autorizaci¨®n ser¨¢ criterio preferente la situaci¨®n de desempleo del peticionario y el carecer de otros medios de subsistencia, ?quedando expresamente excluidos aquellos que est¨¦n disfrutando del subsidio de desempleo?. Las autorizaciones ser¨¢n recogidas en la delegaci¨®n de Hacienda una vez sea satisfecha la tasa correspondiente justificado el alta en la licencia fiscal.
La delegaci¨®n de Sanidad y Asistencia Social, por su parte, inspeccionar¨¢ los art¨ªculos y la delegaci¨®n de Seguridad y Polic¨ªa Municipal se ocupar¨¢ del mantenimiento del orden p¨²blico y del cumplimiento de las normas de la ordenanza. En caso de incumplirse ¨¦stas, existir¨¢n unas sanciones que ir¨¢n desde cien pesetas a 10.000, seg¨²n sean las faltas leves, graves y muy graves; como consecuencia de la comisi¨®n de estas ¨²ltimas, puede revocarse la autorizaci¨®n y decomisar la mercanc¨ªa.
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