El obispo de Ibiza cr¨ªtica las medidas oficiales de conservaci¨®n de arte sacro
Dos nuevos robos en la catedral y una iglesia de Oviedo
Las medidas que ha tomado el Ministerio de Cultura para la conservaci¨®n de las obras de arte de la Iglesia, o no han sido todav¨ªa entendidas, o no est¨¢n encontrando una aplicaci¨®n correcta, porque se siguen sucediendo los robos (los dos ¨²ltimos conocidos son los de dos im¨¢genes de la catedral y de la iglesia de San Isidoro, de Oviedo), o porque son contestadas por algunas autoridades eclesi¨¢sticas, como el obispo de Ibiza, monse?or Jos¨¦ Gea, quien ha afirmado que est¨¢ fuera de lugar la medida tomada por el Ministerio de Cultura sobre incautaciones de obras de arte de? patrimonio eclesi¨¢stico cuando ¨¦stas no se encuentran seguras.
En Oviedo, seg¨²n informa nuestro corresponsal Jos¨¦ Manuel Vaquero, una talla del siglo XVII de la catedral, y una imagen de la iglesia de San Isidoro, que representan a santa Apolonia, fueron robadas recientemente, sin que exista certeza del d¨ªa de la sustracci¨®n ni pista alguna de los ladrones. Se cree que el robo de la catedral fue realizado el pasado 31 de diciembre. El vac¨ªo de la hornacina donde se encontraba la talla fue advertido hace pocos d¨ªas.Este nuevo robo viene a sumarse al espectacular saqueo de las joyas de la c¨¢mara santa de la catedral, llevado a cabo por Jos¨¦ Rodr¨ªguez Saavedra, hoy en prisi¨®n, en el mes de agosto de 1977. En aquella ocasi¨®n, la Cruz de los Angeles y la Cruz de la Victoria, y la Caja de las A gatas, que representan los s¨ªmbolos de la monarqu¨ªa asturiana, fueron destruidas para arrancarlas el oro y las piedras preciosas.
La imagen sustra¨ªda de la iglesia de San Isidoro representa tambi¨¦n a santa Apolonia (siglo XVII) y se encontraba en la sacrist¨ªa del templo. La imagen, de 54 cent¨ªmetros de alto, fue restaurada en 1896.
Por su parte, el obispo de Ibiza, monse?or Jos¨¦ Gea, ha criticado, en unas declaraciones que publica el bolet¨ªn de su di¨®cesis, las ¨²ltimas medidas adoptadas por el Ministerio de Cultura sobre la conservaci¨®n de obras de arte sacro. ?Reconocernos?, dice el obispo, ?que es un peligro tener expuestas sin medidas de seguridad ciertas obras de arte. No obstante, hay que tener en cuenta tambi¨¦n que algunas de estas obras del patrimonio eclesi¨¢stico no tienen simplemente un valor material o art¨ªstico, sino religioso. ?
?En este caso?, a?ade monse?or Gea, ?l¨®gicamente no se pueden trasladar a un museo o a la caja fuerte de un banco, puesto que pertenecen al pueblo, y es ¨¦ste quien mantiene su presencia. La soluci¨®n no est¨¢ tampoco en que estas obras pasen a un museo, sencillamente porque los ladrones tambi¨¦n roban en los museos. Tambi¨¦n vemos que existen peligros evidentes, pero otras soluciones habr¨¢. ?
El obispo de Ibiza critica al Ministerio, al que acusa de ?haber tomado esta medida unilateralmente, sin contar con la Iglesia, resucitando una ley de mil novecientos treinta y pico, que, por ende. estaba abolida?. Monse?or Gea se muestra en contra de la medida, a la que considera ?fuera de lugar?.
En fuentes de la Direcci¨®n General del Patrimonio Art¨ªstico se ha informado a EL PAIS que la interpretaci¨®n que hace el obispo de Ibiza de estas medidas es completamente incorrecta, ya que lo ¨²nico que ha hecho el Ministerio es aplicar el art¨ªculo 58 de la vigente ley del Patrimonio, de 1933, que faculta al Estado para custodiar, y en su caso incautarse, de las obras de arte sacro cuando corran peligro o no est¨¦n seguras en manos de la Iglesia. Por otra parte, y en relaci¨®n con ?la unilateralidad de la medida?, la Direcci¨®n General envi¨® a todos los obispos espa?oles el pasado mes de octubre un comunicado en el que se explicaba el alcance y las razones de las medidas que no eran nuevas, sino la simple aplicaci¨®n de normas que durante casi treinta a?os no se hab¨ªan aplicado.
Por otra parte, pero tambi¨¦n en relaci¨®n con los robos de las obras de arte sacro, la Direcci¨®n General del Patrimonio Art¨ªstico, Archivos y Museos ha recordado a los anticuarios las limitaciones que tienen en el comercio de obras de arte de la Iglesia y que figuran en el art¨ªculo 41 de la misma ley de 1933. Dicho art¨ªculo dice que los objetos muebles en posesi¨®n de la Iglesia, en cualquiera de sus establecimientos o dependencias, no se podr¨¢n ceder por cambio, venta y donaci¨®n a particulares ni entidades mercantiles.
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