Denegada la responsabilidad civil subsidiaria del Estado y de la AISS en el sumario del atentado de Atocha
La Audiencia Nacional ha denegado la responsabilidad civil subsidiaria del Estado y de la AISS en el pago de la indemnizaci¨®n de 65 millones de pesetas solicitada por la acusaci¨®n particular a los tres principales procesados en el sumario por el atentado del despacho laboralista de la calle de Atocha de Madrid, Francisco Albadalejo Jos¨¦ Fern¨¢ndez Cerr¨¢ y Carlos Garc¨ªa Juli¨¢.Dicha cantidad se solicita en concepto de indemnizaci¨®n a favor de los herederos de las cinco v¨ªctimas habidas en el atentado, as¨ª como de las cuatro personas gravemente heridas en el mismo y a favor del Colegio de Abogados de Madrid. Los letrados de la acusaci¨®n particular han recurrido en s¨²plica la resoluci¨®n de la Audiencia Nacional, estando actualmente pendiente de la decisi¨®n definitiva del citado tribunal.
Los argumentos aducidos por la Audiencia Nacional para rechazar la pretensi¨®n de la acusacion particular de que el Estado y la AISS sean declarados responsables civiles subsidiarios de las indemnizaciones que correspondan a los herederos de las v¨ªctimas y a los lesionados en el atentado de Atocha se resumen en que dichos organismos ni han figurado en el sumario como partes acusadoras o acusadas, ni est¨¢n comprendidos en relaci¨®n con los procesados en ninguno de los supuestos contemplados en el C¨®digo Penal, ni, finalmente, tampoco consta que se hayan beneficiado por t¨ªtulo lucrativo de los efectos del delito.
Respecto al Estado la Audiencia Nacional reconoce que el art¨ªculo 7 del real decreto-ley de 29 de enero de 1979, sobre protecci¨®n de la seguridad ciudadana, legitima el resarcimiento estatal por los da?os y perjuicios causados a las personas con ocasi¨®n de los delitos de car¨¢cter terrorista, pero no por la v¨ªa penal, sino mediante la reclamaci¨®n contencioso-administrativa.
Los abogados de la acusaci¨®n particular, en el recurso interpuesto, alegan que la declaraci¨®n como responsables civiles subsidiarios del Estado y de la AISS ha sido solicitada en el momento procesal oportuno, que es cuando se concluye el sumario y se procede a la calificaci¨®n provisional de la causa. En lo que se refiere al caso concreto de la AISS, la acusaci¨®n particular insiste en que el crimen se concert¨® en los locales del antiguo sindicato vertical de Transportes de Madrid, en que los presuntos autores percibieron cantidades de los fondos sindicales y en que el presunto inductor del atentado fue el secretario de dicho sindicato.
Los abogados de la acusaci¨®n particular tambi¨¦n alegan que en el ¨¢mbito jur¨ªdico privado cualquier persona, por el hecho de ser demandada, debe asumir las molestias impuestas a su defensa y no puede el juzgador rechazar de plano la demanda.
El sumario por la matanza de Atocha, que fue iniciado a ra¨ªz de producirse el atentado en enero de 1977, s¨®lo est¨¢ pendiente actualmente de su calificaci¨®n por parte de la defensa de los procesados. El ministerio fiscal y los abogados de la acusaci¨®n particular ya elevaron al tribunal sus respectivos escritos de calificaci¨®n.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.