La CEE exigir¨¢ a Espa?a, desde el momento de la adhesi¨®n, el libre movimiento de capitales
Espa?a deber¨¢ liberalizar a¨²n m¨¢s de lo que est¨¢n en la actualidad las inversiones de capital extranjero en nuestro pa¨ªs, as¨ª como las inversiones espa?olas en el extranjero. Esta es la principal conclusi¨®n del documento sobre movimiento de capital elaborado por los expertos de la Comunidad Econ¨®mica Europea (CEE), que fue entregado a la delegaci¨®n espa?ola que negocia la adhesi¨®n, y que ser¨¢ contestado por ¨¦sta en la reuni¨®n que se celebrar¨¢ el pr¨®ximo d¨ªa 1 de febrero.
Contando las inversiones directas de unos y otros -CEE y resto del mundo-, resulta que, entre 1960 v 1979. entraron en nuestro pa¨ªs 276.668 millones de pesetas procedentes del extranjero.
Siempre seg¨²n las mismas fuentes, las empresas espa?olas invirtieron, en 1978, 12.897 millones de pesetas fuera de nuestras fronteras. Esta cifra supone una ligera baja con respecto al a?o anterior, en el que se alcanzaron los 13.494 millones,,con un incremento poco menos que fabuloso con respecto a 1976, en el quejas inversiones directas espa?olas en el extranjero superaron escasamente los 4.252 millones de pesetas.
Variaciones en las inversiones
Siempre seg¨²n las mismas fuentes, 1977 contempl¨® un crecimiento espectacular de las inversiones espa?olas en el extranjero. Curiosamente, ese a?o disminuyeron las inversiones en Suiza (34 millones de pesetas frente a los 118 de 1976 y los 183 de 1978). mientras se disparaban las inversiones en Estados Unidos: 1.208 millones de pesetas, casi diecis¨¦is veces m¨¢s que en 1976, en que s¨®lo supusieron 77 millones. Los resultados no debieron ser muy buenos para los empresarios espa?oles, porque al a?o siguiente, 1978. las inversiones espa?olas en EEUU volvieron a caer en picado: 183 millones.
Las inversiones de capital espa?ol en los pa¨ªses miembros de la CEE siguen un ritmo creciente sostenido: 1.190 millones de pesetas en 1976. 1.786 en 1977 y 1.923 en 1978, mientras que parecen haberse disparado definitivamente las inversiones directas espa?olas en Am¨¦rica Latina: 1.748 millones en 1976, frente a los 8.856 de 1977 y los 8.670 de 1978.
El documento comunitario se?ala que, seg¨²n la legislaci¨®n espa?ola, las inversiones directas de extranjeros no residentes en Espa?a, que supongan menos del 50%, del capital de la sociedad espa?ola en cuesti¨®n, se conceden autom¨¢ticamente, si se trata de compra de acciones contra divisas, y despu¨¦s de un per¨ªodo de noventa d¨ªas, cuando se trata de otros casos. En cuanto a las inversiones directas que supongan m¨¢s del 50% del capital de la empresa, se exige una previa autorizaci¨®n del Gobierno. Resalta tambi¨¦n que el sector bancario est¨¢ sometido a una reglamentaci¨®n particular de forma que las filiales de bancos extranjeros se someten a condiciones precisas y a un control muy estricto.
?Es fundamental que Espa?a acepte, desde su adhesi¨®n a la Comunidad, la autorizaci¨®n autom¨¢tica de cada inversi¨®n directa procedente de la Comunidad?, afirma tajantemente el documento, que solicita tambi¨¦n que las sociedades espa?olas filiales de empresas de la CEE reciban exactamente el mismo trato que las dem¨¢s empresas espa?olas.
En resumen, la postura comunitaria es la siguiente: en el caso de inversiones extranjeras en nuestro pa¨ªs, Espa?a debe eliminar las cuentas extranjeras con pesetas interiores, as¨ª como toda discriminaci¨®n en contra de las operaciones de sociedad procedentes de los nueve. Respecto a las operaciones de espa?oles en la CEE, debe suprimir el derecho de suspensi¨®n en materia de inversiones directas, y el principio de autorizaci¨®n previa, en el caso de inversiones inmobiliarias liberalizar la utilizaci¨®n del producto de la liquidaci¨®n de las inversiones directas efectuadas en los Estados miembros de la CEE y ampliar la liberalizaci¨®n de las operaciones sobre t¨ªtulos, de forma no discriminatoria con respecto al conjunto de los residentes espa?oles. Deber¨¢, igualmente, dejar libres los pagos corrientes y las transferencias invisibles.
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