Recortada la discrecionalidad de los jueces en materia de prisi¨®n provisional
La Comisi¨®n de Justicia del Congreso de los Diputados aprob¨® ayer la reforma de los art¨ªculos 503 y 504 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, referentes a la prisi¨®n provisional, en virtud de la cual se reduce el margen de discrecionalidad de los jueces en esta materia.Tras la reforma aprobada, el art¨ªculo 503 de la ley de Enjuiciamiento Criminal ha quedado redactado de la siguiente manera: ?El juez decretar¨¢ prisi¨®n provisional cuando concurran las siguientes circunstancias: 1. Que conste en la causa la existencia de un hecho que presente caracteres de delito. 2. Que tenga se?alada pena superior a la de arresto mayor.
3. Que aparezcan en la causa motivos bastantes para creer responsable criminal del delito a la persona contra la que se haya de dictar el auto de prisi¨®n.?
Los grupos socialista, comunista y andalucista, se opusieron a esta redacci¨®n, por entender que establece la prisi¨®n provisional casi autom¨¢tica para los presuntos autores de los delitos que lleven aparejada, al menos, la pena de seis meses y un d¨ªa a seis a?os, y la de un mes y un d¨ªa a seis meses, cuando el delincuente sea reincidente o los hechos hayan producido especial alarma p¨²blica. Los socialistas, a trav¨¦s del diputado Joaqu¨ªn Navarro, insistieron en que decir ?decretar¨¢? es tanto como reducir el margen de discrecionalidad judicial, a la vez que se muestra una clara desconfianza hacia los jueces. Asimismo, los socialistas manifestaron que el objeto de la reforma (intentar frenar la inseguridad ciudadana debida al incremento de la delincuencia com¨²n) es compartido por el Grupo Socialista, pero que no puede compartir ?la pretensi¨®n pol¨ªtica de presentar a los jueces como responsables de la situaci¨®n de inseguridad, intentando obligarles a decretar, casi autom¨¢ticamente, la prisi¨®n provisional?.
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