La puesta en marcha de la autonom¨ªa catalana
La Generalidad de Catalu?a est¨¢ a punto de terminar su etapa provisional para adentrarse, despu¨¦s de las elecciones al Parlamento de Catalu?a, en la puesta en marcha de su autonom¨ªa definitiva. Se han superado muchos escollos antes de llegar hasta este momento. Ello deber¨ªa bastar para descartar todo pesimismo. No podemos ignorar, sin embargo, que los pasos que se avecinan son trascendentales, que requerir¨¢n tes¨®n y decisi¨®n, la programaci¨®n certera de los objetivos y mucha capacidad de comunicaci¨®n para hacerse comprender sin malentendidos.La coalici¨®n formada por Convergencia i Uni¨®, que no es una pasajera alianza electoral, sino un acuerdo permanente de estrecha colaboraci¨®n entre los dos partidos, se dispone a proyectarse en la nueva etapa, bajo el liderazgo de Jordi Pujol, con aut¨¦ntica mentalidad de Gobierno. Sean cuales fueren los re sultados electorales -nadie en Convergencia i Uni¨®, y los son deos de opini¨®n lo confirman, pone en duda que se producir¨¢ un avance importante-, la coalici¨®n est¨¢ dispuesta a asumir las responsabilidades que hagan falta para llevar a la Generalidad a buen fin en esta nueva etapa. A continuaci¨®n s¨®lo intentar¨¦ hacer un breve e incompleto bosquejo de los temas objetivos que necesariamente habr¨¢n de conformar esa etapa.
Uno de los objetivos primordiales ser¨¢ el desarrollo de las normas reguladoras de la propia Generalidad y de los entes p¨²blicos que de ella hayan de depender. El Estatuto de Autonom¨ªa establece que una ley de Catalu?a determinar¨¢ la forma de elecci¨®n del presidente, su estatuto personal y sus atribuciones. Igualmente, una ley de Catalu?a habr¨¢ de determinar la composici¨®n, el estatuto, la forma de nombramiento y las atribuciones del consejo ejecutivo o gobierno. La forma de elecci¨®n del presidente de la Generalidad y el nombramiento de su equipo de gobierno inicialmente habr¨¢ de realizarse en la forma establecida por una disposici¨®n transitoria. Pero la determinaci¨®n de las normas definitivas relativas a dichos ¨®rganos, as¨ª como de las que han de regular en el futuro las elecciones al Parlamento catal¨¢n -en particular, el tema pol¨¦mico de las circunscripciones-, habr¨¢ de dar lugar, sin dudas, a un debate y a unas decisiones de singular importancia.
Otro de los objetivos primordiales ser¨¢ el establecimiento de los ¨®rganos territoriales intermedios: las comarcas y las veguer¨ªas. La Generalidad republicana realiz¨® sobre el mapa una divisi¨®n territorial en hubo tiempo de dar vida a las instituciones, correspondientes; dicha divisi¨®n territorial estuvo precedida por muchos a?os de estudios comarcales y por una bibliograf¨ªa de notable nivel. En esta cuesti¨®n se entrar¨¢ en conflicto con la actual divisi¨®n provincial de Catalu?a, dado que las veguer¨ªas, e incluso varias comarcas, no coinciden con los l¨ªmites provinciales. Ser¨¢ muy conveniente recurrir al procedimiento previsto en la Constituci¨®n para la modificaci¨®n de las provincias, mediante ley aprobada por las Cortes con la mayor¨ªa requerida para las leyes org¨¢nicas. Ser¨¢, por tanto, un proceso laborioso, con la natural carga, obviamente poderosa, de sentimiento localista.
El traspaso de competencias del Estado
Habr¨¢ de continuar la cuesti¨®n batallona de los traspasos de competencias del Estado, que ya se ha venido arrastrando durante la Generalidad provisional. En este punto se chocar¨¢ con la inmensa inercia del centralismo burocr¨¢tico, tan enraizado. Todos los vicios de este sistema fueron agudamente denunciados por el profesor Garc¨ªa de Enterr¨ªa, que ya en 1960 propuso que la Administraci¨®n perif¨¦rica del Estado fuera transferida a las diputaciones provinciales, que es lo normal en el conjunto de Europa, y que el Estado s¨®lo se reservara la inspecci¨®n de los servicios delegados. Por el momento, el Gobierno de Su¨¢rez no parece haberse convencido todav¨ªa -en una Espa?a en la que excepto dos provincias (Madrid y Logro?o) est¨¢ totalmente bajo r¨¦gimen auton¨®mico o preauton¨®mico- de la necesidad de acometer sistem¨¢ticamente el traspaso de los servicios perif¨¦ricos a los entes auton¨®micos y, en su defecto, a las diputaciones provinciales. Tal vez ello sea debido a que no ha descartado la posibilidad de potenciar a las provincias frente a los entes auton¨®micos. De todos modos, los retrasos en este punto, o el condicionarlos a la finalizaci¨®n de largos procesos auton¨®micos, est¨¢ distorsionando ya el clima de opini¨®n. Las ansias de renovaci¨®n administrativa que desde hace muchos decenios se sienten en todos los rincones de la piel de toro forzosamente han de convertirse en la reivindicaci¨®n de una identidad territorial ofendida o han de sumarse a ella.
Tambi¨¦n como objetivo prioritario la Generalidad ha de poner no s¨®lo su contribuci¨®n para paliar la crisis econ¨®mica y el desempleo, sino de plantearse planes para la reestructuraci¨®n racional y el futuro desarrollo de, los diversos sectores de la actividad econ¨®mica. Aunque en una importante y reciente obra, dirigida precisamente por el profesor Eduardo Garc¨ªa de Enterr¨ªa, se cuestionan las facultades de los entes auton¨®micos en materia de actuaci¨®n ante la coyuntura econ¨®mica, e incluso de direcci¨®n econ¨®mica tout court, es indudable que es mucho lo que la Generalidad puede y debe hacer en este ¨¢mbito. Aunque s¨®lo sea por la fuerza de su prestigio, la Generalidad puede ejercer una influencia decisiva en la creaci¨®n de un clima de confianza que propicie la inversi¨®n y que abra nuevas perspectivas de futuro.
En el ¨¢mbito de la cultura y la ense?anza hay que recuperar el valioso legado constituido por la obra que se realiz¨® en Catalu?a en tiempos de la Mancomunitat y de la Generalidad republicana. Por otra parte, desde que la cultura fue objeto de especial atenci¨®n estatal con la V Rep¨²blica francesa, que para su cuidado constituy¨® una cartera ministerial, hay que incorporar los nuevos planteamientos de la pol¨ªtica cultural. Andre Marraux, al ocupar el cargo de ministro de Cultura, declar¨® que si el siglo XIX hab¨ªa destacado por la revoluci¨®n de la ense?anza (aqu¨ª hay todav¨ªa verdaderamente pendiente esta revoluci¨®n de la ense?anza al alcance de todos), el siglo XX ten¨ªa que ser el de la revoluci¨®n cultural, o sea, el de la cultura al alcance de todos. Ello ha de comportar una especial atenci¨®n no s¨®lo a lo que tradicionalmente se ha entendido por pol¨ªtica cultural, sino a cuestiones nuevas tales como el m¨ªnimo cultural, entendido como nivel que se pretende garantizar para todos, y la inserci¨®n cultural.
Por ¨²ltimo, y desde luego no lo menos importante, estriba en la necesidad de dotar a la Generalidad de un cuerpo de funcionarios realmente eficientes. Se ha dicho que el principal defecto de la Administraci¨®n del Estado est¨¢ en que se ha prestado poco cuidado a los funcionarios del cuerpo de Administraci¨®n general y que en cambio se han desarrollado y mimado unos prepotentes cuerpos de funcionarios especializados. La Generalidad habr¨¢ de evitar esto y mediante su escuela de Administraci¨®n p¨²blica ha de promover con gran exigencia la formaci¨®n de sus cuerpos de funcionarios, en especial del cuerpo general.
De la buena puesta en marcha de la autonom¨ªa catalana depende no solamente el futuro de Catalu?a, sino tambi¨¦n el ¨¦xito y la consolidaci¨®n de las nuevas estructuras del Estado que deben resultar de la Constituci¨®n de 1978.
Jaume Casajoana es miembro del comit¨¦ ejecutivo de Convergencia Democr¨¢tica de Catalu?a (CDC).
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